El ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca Velázquez, presentó un recurso de revisión contra la decisión de una juez federal que anuló el juicio de amparo con el que buscaba acceder a atención médica especializada dentro del sistema penitenciario. El caso vuelve a colocar al ex funcionario, vinculado al caso Ayotzinapa y a presuntos nexos con el grupo criminal Guerreros Unidos, en el centro del debate jurídico y mediático.
La defensa de Abarca sostiene que la negativa de los centros penitenciarios a proporcionarle especialistas en áreas como gastroenterología, nefrología, oncología y psiquiatría, entre otras, vulnera sus derechos fundamentales a la salud.
El origen del amparo y la resolución de la juez
En abril de 2025, Abarca fue trasladado del Centro Federal de Reinserción Social Número 1 «Altiplano», en el Estado de México, al Centro Federal de Reinserción Social Número 18 (CPS Coahuila). Antes de ese movimiento, promovió un juicio de amparo para que se le garantizara atención médica en distintas especialidades, argumentando que existía una omisión grave por parte de las autoridades penitenciarias.
Sin embargo, en mayo pasado, la jueza Raquel Ivette Duarte Cedillo, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal, determinó sobreseer el amparo al considerar que el traslado modificó la situación jurídica del ex funcionario. Según la resolución, el cambio de centro penitenciario hacía imposible reparar la omisión reclamada, pues el Altiplano ya no tenía competencia sobre la atención de Abarca.
La juzgadora explicó que, aun si se declarara inconstitucional la omisión de atención médica, la sentencia perdería sentido porque el solicitante ya no se encontraba bajo custodia de las autoridades responsables señaladas en el juicio.
Argumentos de la defensa de Abarca
Los abogados de José Luis Abarca alegan que el problema de falta de atención médica especializada persiste en el penal de Coahuila, lo que mantiene en riesgo la salud de su cliente. De acuerdo con el recurso presentado, la negativa de conceder el amparo vulnera derechos humanos básicos, entre ellos el acceso a servicios médicos adecuados.
La defensa insiste en que la revisión del caso debe considerar la continuidad del derecho a la salud de los internos, independientemente de los traslados administrativos entre centros penitenciarios. Según esta postura, la decisión inicial deja en estado de indefensión al ex alcalde de Iguala, quien enfrenta procesos penales relacionados con la desaparición forzada de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
El papel del tribunal colegiado
Tras la impugnación, el caso fue turnado a un tribunal colegiado, que en los próximos días deberá resolver si confirma, modifica o revoca el fallo de la jueza Duarte Cedillo.
La decisión del tribunal es clave porque podría sentar un precedente sobre cómo se deben atender los reclamos de atención médica de reclusos que son trasladados de un penal a otro. En este contexto, se abriría la discusión sobre si los derechos a la salud y a la integridad física deben ser garantizados de manera continua, sin importar el centro en el que se encuentre el detenido.
Un caso marcado por la controversia
José Luis Abarca Velázquez permanece en prisión desde 2014, cuando fue detenido junto con su esposa, María de los Ángeles Pineda, señalado por sus presuntos vínculos con el crimen organizado y su relación con los hechos ocurridos en Iguala en septiembre de ese mismo año.
Aunque ha enfrentado múltiples procesos judiciales, su figura sigue generando polémica tanto en el ámbito político como en el judicial. Ahora, su reclamo por atención médica pone nuevamente en discusión el alcance de los derechos humanos en los centros penitenciarios federales de México.
El debate sobre la atención médica en prisión
El caso de Abarca se suma a una larga lista de reclamos presentados por personas privadas de la libertad en torno a su derecho a la atención médica adecuada. Diversas organizaciones de derechos humanos han señalado que el sistema penitenciario mexicano enfrenta deficiencias en la provisión de servicios médicos especializados, lo que vulnera el derecho a la salud de los internos.
En este contexto, la resolución que emita el tribunal colegiado podría tener repercusiones más allá del caso particular de Abarca, al definir criterios sobre la obligación del Estado en garantizar atención médica, incluso cuando los internos son trasladados de un centro a otro.
Un fallo que podría sentar precedente
El recurso interpuesto por José Luis Abarca no solo busca asegurar su atención médica en prisión, sino que también pone sobre la mesa un debate mayor: la obligación del Estado mexicano de garantizar derechos humanos básicos en sus centros penitenciarios.
La decisión del tribunal colegiado podría marcar un precedente en la manera en que se procesan las demandas de salud de los reclusos y abrir una nueva discusión sobre la responsabilidad de las autoridades penitenciarias frente a las necesidades médicas de quienes permanecen bajo su custodia.


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