La SCJN anuló el impuesto del 2% a apps de reparto, creando un hueco en las finanzas de la CDMX y sentando un precedente para la economía digital. Analizamos el impacto.
La anulación del impuesto del 2% a las aplicaciones de reparto por parte de la Suprema Corte no solo es una victoria para las empresas de tecnología, sino también un golpe financiero para el Gobierno de la Ciudad de México y un punto de inflexión en la regulación de la economía digital.
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar inconstitucional el impuesto del 2% a las aplicaciones de reparto tiene profundas implicaciones económicas tanto para el sector público como para el privado. Este fallo genera un escenario de incertidumbre financiera para el gobierno capitalino y redefine las reglas del juego para la creciente economía digital en México.
El gobierno de la CDMX, que había diseñado este cobro como una fuente de ingresos para el mantenimiento de la infraestructura vial, ahora enfrenta un vacío en sus proyecciones presupuestarias. La anulación de este gravamen obliga a la administración local a buscar nuevas fórmulas para financiar los costos asociados al auge del comercio electrónico y los servicios de entrega.
Incertidumbre para las finanzas públicas
Cuando el Congreso de la CDMX aprobó esta medida en 2021, lo hizo con la expectativa de generar un nuevo flujo de ingresos. La lógica era que las empresas que se benefician del uso intensivo de las calles de la ciudad debían contribuir a su mantenimiento. Ahora, con el fallo de la SCJN, esa fuente de financiamiento ha desaparecido, dejando sin respuesta la pregunta de cómo se cubrirán esos costos.
Este revés judicial pone de manifiesto la enorme dificultad que enfrentan los gobiernos locales para adaptar sus sistemas fiscales a los nuevos modelos de negocio de la economía digital. La decisión de la Corte, basada en que el comercio electrónico es de competencia federal, limita la capacidad de las ciudades para responder fiscalmente a los fenómenos económicos que ocurren dentro de sus propios territorios.
Un respiro para las plataformas y los repartidores
Desde la perspectiva del sector privado, el fallo es una victoria contundente. Las plataformas de reparto como Uber Eats, Rappi y Didi Food, que operan con márgenes ajustados en un mercado altamente competitivo, se libran de una carga fiscal que, según la propia Corte, podría haber afectado su operatividad.
«La decisión protege el principio de legalidad y evita que los gobiernos locales impongan cobros fuera de lo que les permite la Constitución.» – Conclusión de la Segunda Sala de la SCJN.
Indirectamente, la decisión también representa un alivio para los miles de repartidores que forman la base de este modelo de negocio. La Corte reconoció en sus argumentos que un impuesto de esta naturaleza podría haber incidido negativamente en «la economía de miles de familias». Es una práctica común que las empresas trasladen los nuevos costos a los consumidores o a sus socios trabajadores, por lo que los repartidores eran los más vulnerables a ver reducidas sus ganancias.
Aunque el debate legal sobre la jurisdicción del impuesto ha concluido, la discusión económica y social sobre quién debe asumir los costos del impacto urbano de la gig economy apenas comienza.


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