domingo, diciembre 21, 2025

¿SAT va por dueños de tienditas, cafeterías y salones de belleza? Esto se sabe

La Miscelánea Fiscal que entró en vigor desde 2022 trajo consigo importantes reformas que han llamado la atención de los pequeños empresarios, especialmente de tienditas, cafeterías, papelerías, salones de belleza, y otros comercios locales. El objetivo: aumentar la recaudación tributaria a través de un nuevo régimen fiscal que favorezca a los pequeños contribuyentes pero también los haga más responsables con sus impuestos.

Con el propósito de simplificar y modernizar la manera en que los miniempresarios cumplen con sus obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el Régimen Simplificado de Confianza (Resico). ¿Qué implica este nuevo régimen? ¿Cómo afecta a los dueños de pequeñas empresas? A continuación, te explicamos los detalles de esta reforma y lo que debes saber para estar al día con el SAT.

¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (Resico)?

El Resico es un régimen fiscal creado para personas físicas que generen ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos, y cuyo objetivo es hacer más sencillo el cumplimiento del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esto se traduce en una mayor accesibilidad para pequeños empresarios como los dueños de tienditas, cafeterías, papelerías y salones de belleza, quienes ahora pueden realizar el pago de impuestos de forma simplificada y con tasas impositivas más bajas.

Tasas de ISR en el Resico: A partir de la implementación del Resico, las tasas del Impuesto Sobre la Renta para los pequeños contribuyentes han bajado considerablemente. Los nuevos empresarios deberán pagar entre el 1% y el 2.5% de sus ingresos, lo cual representa una reducción considerable respecto a los 25.4% de tasa que se pagaba antes de la reforma.

Sin embargo, este beneficio tiene un costo. Al contar con tasas más bajas, los contribuyentes que tributen bajo este régimen no podrán deducir gastos, lo que implica que no podrán restar de sus impuestos ciertos gastos de operación como insumos o alquileres.

¿Quiénes pueden tributar bajo el Resico?

El Resico está diseñado para pequeñas empresas que generen ingresos anuales por debajo de los 3.5 millones de pesos. Entre las actividades que entran dentro de este régimen se encuentran:

  • Comercio minorista: tienditas, papelerías, misceláneas, minisúpers, y ferreterías.
  • Restaurantes y cafeterías: bares, cantinas, cocinas económicas, y cafeterías locales.
  • Servicios profesionales: abogados, contadores, médicos, entre otros.
  • Otros servicios: talleres mecánicos, escuelas, guarderías, imprentas, etc.

Es importante señalar que este régimen no aplica para trabajadores asalariados, quienes seguirán tributando bajo el Régimen de Sueldos y Salarios.

¿Cómo impacta a los dueños de pequeños comercios?

El Régimen Simplificado de Confianza busca aliviar la carga administrativa que enfrentan los pequeños empresarios y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Los dueños de cafeterías, tienditas y salones de belleza pueden aprovechar la simplificación de la presentación de declaraciones, evitando trámites complejos y reduciendo el riesgo de errores al momento de hacer los pagos de impuestos.

Este nuevo régimen también está diseñado para fomentar la formalización de negocios, pues los empresarios que operen bajo este esquema podrán acceder a servicios financieros y de crédito de manera más sencilla y sin tantos obstáculos burocráticos.

¿Cuáles son los requisitos para entrar al Resico?

Para que una persona física pueda tributar bajo el Resico, debe cumplir con ciertos requisitos:

  1. Ingresos anuales: No deben exceder los 3.5 millones de pesos.
  2. Actividad económica: La actividad debe estar dentro de las categorías que permite este régimen.
  3. Declaración de ingresos: Deben presentar una declaración simplificada, sin la necesidad de complejos cálculos de deducción.
  4. Cero deducciones: No podrán deducir gastos como arrendamientos, compras de materiales o sueldos.

Este enfoque está orientado a los pequeños empresarios que no cuentan con los recursos para realizar pagos complejos de impuestos y buscan una forma de contribuir al fisco de una manera accesible.

¿Qué beneficios ofrece este régimen?

  • Tasas más bajas de ISR: Los contribuyentes podrán pagar entre el 1% y el 2.5% de sus ingresos, una tasa significativamente más baja que la que se manejaba previamente.
  • Simplicidad en la declaración: La declaración de impuestos es más sencilla y rápida, con menos requisitos administrativos.
  • Menos burocracia: La simplificación en los trámites fiscales reduce los tiempos y costos asociados con el cumplimiento tributario.
  • Acceso a servicios financieros: Los pequeños empresarios formalizados podrán acceder a créditos y financiamientos con menos complicaciones.

Consideraciones finales

Si eres dueño de una tiendita, cafetería o salón de belleza y aún no te has sumado al Régimen Simplificado de Confianza, es importante que lo consideres. A través de este régimen podrás tributar de forma más eficiente, simplificada y, sobre todo, con tasas más bajas. Recuerda que la formalización de tu negocio no solo te ayudará con tus obligaciones fiscales, sino también a acceder a beneficios adicionales como financiamientos y servicios bancarios más accesibles.

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