viernes, febrero 6, 2026

SAT: La renovación de la e.firma será obligatoria a partir de enero de 2025

La e.firma, conocida como firma electrónica avanzada, es una herramienta digital emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para autenticar la identidad de los contribuyentes. Esta permite realizar trámites electrónicos como la presentación de declaraciones, emisión de facturas y solicitudes de devoluciones de impuestos.

Con una vigencia de cuatro años, esta herramienta es esencial para los contribuyentes. A partir de enero de 2025, quienes no renueven su e.firma estarán en riesgo de enfrentar problemas fiscales al no poder acceder a servicios clave del SAT.


¿Quiénes deben renovar su e.firma?

El SAT ha establecido que deberán renovar la e.firma:

  • Personas físicas y morales: cuyo certificado expire en 2025.
  • Contribuyentes inactivos: con certificados vencidos desde hace más de un año.
  • Contribuyentes activos: quienes realizan declaraciones anuales, solicitan devoluciones de impuestos o necesitan actualizar datos en su RFC.

Incluso quienes no hayan realizado trámites recientes deben considerar este proceso si su situación fiscal podría requerir el uso del Buzón Tributario.


¿Cómo renovar la e.firma?

Renovación en línea

El trámite puede realizarse desde el portal del SAT, siempre que el certificado no haya expirado por más de 12 meses. Los pasos incluyen:

  1. Acceso al portal del SAT.
  2. Ingreso de datos actuales del RFC.
  3. Confirmación de datos y descarga del nuevo certificado.

Renovación presencial

Aquellos con más de un año de vencimiento deberán acudir personalmente a una oficina del SAT. Este trámite requiere una cita previa, además de documentos como:

  • Identificación oficial.
  • RFC actualizado.
  • Clave privada y archivo de la e.firma anterior (si aplica).

¿Qué pasa si no renuevo la e.firma?

No renovar la e.firma podría ocasionar:

  • Impedimentos fiscales: como la imposibilidad de presentar declaraciones o emitir facturas.
  • Multas o sanciones: al incumplir con las obligaciones tributarias.
  • Problemas administrativos: especialmente para empresas o personas físicas con actividad económica activa.

¿Existen excepciones?

Algunas personas no necesitarán renovar la e.firma:

  • Contribuyentes con ingresos menores a $400 mil pesos anuales por sueldos y salarios.
  • Quienes no tienen actividad económica registrada o se encuentran en suspensión fiscal.
  • Aquellos que hayan emitido facturas electrónicas en los últimos 12 meses.

No obstante, si estas personas necesitan utilizar el Buzón Tributario, el trámite será obligatorio.


Recomendaciones para cumplir con este trámite

El SAT sugiere a los contribuyentes renovar su e.firma con anticipación para evitar contratiempos, considerando que las fechas cercanas a 2025 podrían saturar los sistemas. Además, recuerde verificar su situación fiscal a través del portal oficial del SAT y actualizar su información en el RFC si es necesario.

Con esta renovación, estará listo para cumplir con todas sus obligaciones fiscales y evitar complicaciones futuras.

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