SAT 2025: cómo evitar sanciones por depósitos mayores a 15 mil pesos
Los depósitos bancarios suelen pasar desapercibidos… hasta que aparecen en el radar del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para el ejercicio fiscal 2025, el organismo recaudador ha determinado que las personas físicas pueden recibir hasta 15 mil pesos mensuales (180 mil al año) sin necesidad de declararlos, siempre y cuando se trate de ingresos ocasionales y sin fines de lucro.
Sin embargo, rebasar ese límite o recibir depósitos frecuentes sin respaldo fiscal puede derivar en multas, bloqueos de cuentas o auditorías sorpresivas. A continuación, te explicamos qué considera el SAT como ingreso gravable, qué movimientos bancarios están exentos y cómo proteger tu bolsillo ante una eventual revisión.
¿Qué deposita puedes recibir sin declarar ante el SAT?
El SAT permite recibir hasta 15 mil pesos al mes SIN requerir declaración, siempre que los depósitos sean:
- Esporádicos
- No provenientes de actividades comerciales, profesionales o empresariales
- Sin fines de lucro
Es decir, si recibes dinero ocasional por parte de familiares o amigos (por ayuda, regalo, préstamo o herencia) no tendrías problemas… siempre y cuando tengas cómo demostrarlo.
¿Qué tipo de depósitos sí puedes recibir sin generar impuestos?
- Donaciones entre familiares
- Préstamos personales, registrados con contrato o pagaré
- Herencias o legados
- Apoyos familiares ocasionales
En todos los casos es recomendable tener documentación de respaldo, ya que el SAT puede pedir aclaraciones si observa movimientos atípicos en tus cuentas.
¿Cuándo SÍ debes preocuparte?
A partir de depósitos frecuentes o superiores a 15 mil pesos, los bancos deben reportar directamente al SAT, principalmente cuando se trata de:
- Pagos por servicios profesionales sin factura
- Ventas en línea sin RFC activo
- Transferencias vía aplicaciones como PayPal, Mercado Pago o Stripe
- Ingresos por actividades “freelance” sin régimen fiscal
- Depósitos constantes, incluso si son menores al tope, pero repetitivos
En estos escenarios, el SAT presume que se trata de ingresos gravables y puede enviar cartas invitación, requerimientos de información o iniciar auditorías electrónicas.
¡Cuidado! Tu nómina también puede ser cuestionada
Si recibes tu salario vía transferencia bancaria y tu empresa te emite correctamente un recibo de nómina timbrado, no hay riesgo. El problema surge cuando:
- El patrón no timbra los recibos
- Te paga sin cumplir obligaciones laborales
- Usas cuentas personales para gastos del trabajo
En esos casos, el SAT puede interpretar que esos ingresos son no declarados, lo que abre la puerta a sanciones.
Recomendaciones para evitar problemas con el SAT
| Acción | ¿Por qué ayuda? |
|---|---|
| Usa cuentas separadas para ingresos personales y laborales | Facilita comprobar origen del dinero |
| Guarda todos los comprobantes de ingresos | Sirven como defensa ante cualquier requerimiento |
| Conoce tu régimen fiscal adecuado | Inscríbete si realizas actividades económicas recurrentes |
| Contrata un contador o asesor fiscal | Previene multas y permite deducir gastos |
| Revisa tus estados de cuenta mes a mes | Detectas depósitos inusuales y puedes aclararlos a tiempo |
Herramientas del SAT para detectarte
El SAT cruza información utilizando sistemas automáticos que revisan:
- Movimientos “atípicos” en cuentas bancarias
- Pagos recibidos vía apps digitales
- Transferencias entre familiares sin sustento
- Retiro de dinero en efectivo frecuente
Dato clave: el SAT puede iniciar una auditoría aunque NO hayas presentado tu declaración. Basta con detectar movimientos sospechosos.
Declarar a tiempo es mejor que explicar después
El límite de 15 mil pesos al mes no debe confundirse con un “permiso” para manejar dinero sin declarar. La clave está en conocer el origen de tus ingresos, documentarlos correctamente y cumplir con tus obligaciones fiscales.
Si recibes dinero de forma frecuente o por actividades profesionales, lo mejor es registrarte correctamente, emitir facturas y evitar sorpresas desagradables. En fiscalización, el SAT no perdona la improvisación.


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