El miércoles 27 de agosto, el Senado de la República se convirtió en escenario de un hecho insólito: una pelea a golpes entre Alejandro “Alito” Moreno Cárdenas, dirigente del PRI, y Gerardo Fernández Noroña, expresidente de la Mesa Directiva y figura política reconocida.
El altercado, ocurrido en plena sesión legislativa, rápidamente se viralizó en redes sociales, donde los videos fueron replicados miles de veces generando indignación, burla y debate.
Lo que comenzó como un intercambio de palabras subió de tono hasta llegar a los empujones y manotazos frente a la mirada atónita de senadores y asistentes. En cuestión de minutos, el recinto se convirtió en el centro de atención nacional. Pero la gran pregunta que surge es: ¿pueden los legisladores ser sancionados por este tipo de actos?
El reglamento interno del Senado: lo que dice sobre respeto y disciplina
El Reglamento del Senado de la República establece desde el primer artículo su objetivo: regular el estatuto de los senadores, el funcionamiento del pleno y garantizar el respeto en el recinto.
En el Artículo 10, fracción V, se precisa que los legisladores deben “conducirse con respeto con los demás legisladores, así como con el personal del Senado y con las personas que participan o concurren a las sesiones”.
Es decir, la confrontación física entre Alito Moreno y Fernández Noroña representa una violación directa a las obligaciones de todo senador.
Además, la fracción VI del mismo artículo señala que los legisladores deben “abstenerse de realizar actos incompatibles con sus funciones”, lo que incluye episodios de violencia que atentan contra la investidura del cargo.
¿Qué sanciones podrían aplicarse a los senadores?
Aunque el reglamento no menciona explícitamente las peleas a golpes, sí contempla un apartado sobre responsabilidades y disciplina parlamentaria.
En el Artículo 21, se especifica que los senadores son responsables de sus actos tanto en materia política como penal, de acuerdo con la Constitución y otras leyes federales. Esto implica que, más allá de la polémica mediática, un altercado físico dentro del pleno podría derivar en sanciones administrativas, legales o incluso políticas.
El Artículo 22 detalla que sanciones como la destitución o inhabilitación de un legislador solo pueden aplicarse bajo los procedimientos del juicio político (artículo 110 constitucional) o la declaración de procedencia (artículo 111 constitucional).
Finalmente, el Artículo 23 puntualiza que, en caso de faltas administrativas, estas serán sancionadas por el órgano interno de control, lo que abre la puerta a medidas disciplinarias.
La reacción en redes y la opinión pública
El pleito entre Alito y Noroña no solo quedó en los muros del Senado. Las redes sociales se inundaron de comentarios, memes y análisis políticos. Mientras algunos ciudadanos condenaron el comportamiento como una falta de respeto a la investidura, otros lo tomaron con ironía, asegurando que la política mexicana parecía más un espectáculo que un ejercicio democrático.
Este episodio también reavivó el debate sobre la credibilidad del Congreso, la necesidad de sanciones ejemplares y la urgencia de reforzar los códigos de ética en la política mexicana.
Una historia de tensiones políticas
No es la primera vez que tanto Moreno como Fernández Noroña protagonizan enfrentamientos verbales en la arena política. Ambos son figuras polémicas y con estilos combativos, lo que los ha colocado en el centro de numerosas discusiones públicas.
Sin embargo, el hecho de que esta vez pasaran de las palabras a los golpes marca un precedente que podría generar consecuencias legales y políticas más severas.


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