Acta de nacimiento: así puedes poner primero el apellido de la mamá

¿Quieres poner primero el apellido de la mamá en el acta de nacimiento? Conoce en qué estados se puede elegir el orden y qué debes hacer al registrar a un bebé.

Cuando nace un bebé, una de las decisiones que deben tomar sus padres es cómo quedará integrado su nombre en el acta de nacimiento. Aunque durante años fue habitual colocar primero el apellido paterno y después el materno, el orden de los apellidos puede elegirse en determinadas entidades de México, de acuerdo con la legislación local.

Esto significa que una familia puede registrar a su hijo o hija con el apellido materno primero y el paterno después en el acta de nacimiento, siempre que las reglas del estado donde se realiza el registro lo permitan.

La posibilidad tiene como antecedente una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de octubre de 2016. La Primera Sala declaró inconstitucional la disposición del entonces Código Civil del Distrito Federal que obligaba a colocar primero el apellido paterno, al considerar que esa restricción limitaba injustificadamente el derecho de los padres a decidir el nombre de sus hijos.

¿Se puede poner primero el apellido de la mamá en el acta de nacimiento?

Sí, pero depende de la legislación de la entidad donde se registre al bebé. No existe una disposición federal que establezca un único procedimiento para los 32 estados.

En las entidades donde la legislación permite que los progenitores acuerden el orden, pueden decidir, por ejemplo, que el nombre quede integrado con el apellido materno del padre y después el apellido paterno de la madre, o viceversa, según lo que establezca la norma local. La SCJN determinó que el derecho a elegir el nombre de los hijos también comprende decidir el orden de sus apellidos y que esa decisión no puede limitarse por razones de género.

¿En qué estados se puede elegir el orden de los apellidos en el acta de nacimiento?

Las reglas han cambiado de manera distinta en cada entidad y algunas legislaciones no utilizan exactamente la misma medida. Entre los estados cuya legislación contempla la posibilidad de que los progenitores acuerden el orden se encuentran Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Ciudad de México, Colima, Durango, Estado de México, Nuevo León, Hidalgo, Morelos, Nayarit, San Luis Potosí, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Esto no significa que el trámite del acta de nacimiento sea idéntico en todos esos lugares. Algunas leyes establecen qué ocurre cuando los padres no llegan a un acuerdo, mientras que otras contienen reglas específicas para los demás hijos del mismo vínculo.

¿Qué pasa si los padres no se ponen de acuerdo con el orden?

La respuesta también depende de la legislación estatal. En Yucatán, por ejemplo, la ley establece que si no existe acuerdo, la persona titular de la Oficialía del Registro Civil determina el orden conforme a las reglas previstas por la legislación.

Por eso, si los padres quieren que el apellido de la mamá aparezca primero, lo recomendable es manifestar el acuerdo desde el momento del registro, antes de que se expida el acta de nacimiento.

¿El orden de los apellidos debe mantenerse para los demás hijos?

En los estados cuya legislación establece esta regla, sí. El objetivo es evitar que hermanos del mismo vínculo tengan diferentes criterios en el orden de sus apellidos.

Por ejemplo, en Yucatán, el acuerdo realizado para el primer hijo debe aplicarse a los demás descendientes del mismo vínculo.

¿Qué documentos piden para registrar a un bebé?

Los requisitos pueden cambiar entre entidades y oficinas del Registro Civil, pero generalmente se solicita el certificado de nacimiento del bebé, así como los documentos de identidad y actas de nacimiento de los padres.

También pueden solicitar identificaciones oficiales, comprobante de domicilio, acta de matrimonio cuando corresponda y la presencia de testigos, dependiendo de las reglas locales.

Por ello, antes de acudir es importante consultar los requisitos de la oficialía donde se realizará el registro, especialmente si los padres quieren ejercer la opción de elegir el orden de los apellidos.

Por eso, si vas a registrar a un recién nacido, la pregunta no es solamente si la SCJN reconoció ese derecho, sino qué establece actualmente la legislación del estado donde se hará el registro. Si quieres que el apellido de la mamá aparezca primero en el acta de nacimiento, conviene solicitarlo expresamente durante el trámite y verificar previamente las reglas del Registro Civil local.

Paloma Franco
Paloma Franco
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