El pago del aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas del año para millones de trabajadores en México. Sin embargo, no todos lo recibirán y, para quienes sí, el SAT podría aplicar retenciones dependiendo del monto. Por ello, en La Verdad Noticias te exlplicamos lo que debes saber para no llevarte una sorpresa este 2025.
¿Quiénes no recibirán aguinaldo en 2025?
Aunque el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que todos los trabajadores deben recibir esta prestación, existen excepciones importantes:
- Trabajadores por honorarios: freelance, autónomos o quienes emiten factura no tienen derecho.
- Sector informal: vendedores ambulantes u oficios no regulados.
- Trabajadores sin salario fijo: si existe relación formal regulada por la LFT, sí pueden recibirlo; de lo contrario, no.
- Contratos temporales, eventuales o de prueba: sí reciben aguinaldo, pero solo proporcional al tiempo trabajado.
Fecha límite para recibir el aguinaldo en 2025
Las empresas tienen como fecha máxima el 20 de diciembre de 2025 para entregarlo.
La mayoría de los trabajadores lo recibe entre el 15 y el 19 de diciembre.
En caso de incumplimiento del pago del aguinaldo, los empleados pueden acudir a la Profedet, que puede imponer multas de 50 a 500 UMAS a los patrones.
¿Cómo calcularlo?
- Divide tu sueldo mensual bruto entre 30 para obtener tu salario diario.
- Multiplica ese dato por 15 días, que es el mínimo legal.
Si trabajaste menos de un año:
- Divide 15 entre 365.
- Multiplica por los días trabajados.
- El resultado multiplícalo por tu sueldo diario.

¿Tendrás que pagar impuestos por tu aguinaldo?
El artículo 93 de la Ley del ISR indica que solo los primeros 30 UMAs están libres de impuestos, equivalentes a 3,394.20 pesos.
Quien reciba más de esa cantidad deberá pagar ISR sobre todo el excedente.
El fiscalista consultado advierte que uno de los errores más comunes es calcular la exención con salario mínimo, cuando desde 2017 se utiliza la UMA.
¿Cuánto te quita el SAT?
Un trabajador que gana dos salarios mínimos (16,951.04 pesos) calcula un aguinaldo de 8,475.51 pesos.
- Monto exento: 3,394.20
- Monto gravado: 5,081.31
Cálculo del ISR sobre el aguinaldo gravado:
- 5,081.31 / 365 = 13.92
- 13.92 × 30.4 = 423.168
- 423.168 + 16,951.04 = 17,374.20
- Aplicando artículo 96 de la LISR → tasa de 21.36%
ISR a pagar: 2,025.86 pesos
Aguinaldo neto que recibirá: 6,449.87 pesos
¿Pagarías más impuestos si aumentan los días de aguinaldo?
En el Congreso existen propuestas para elevarlo a 30 días y hacer la exención total de ISR. Sin embargo, estas iniciativas no avanzaron y, en caso de aprobarse un cambio futuro, también tendría que ajustarse la Ley del ISR.
Mientras no exista modificación, cualquier pago que exceda el límite de 30 UMAs continuará causando impuestos.


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