Existe una oportunidad única en 2025 para ponerte al día. El SAT ha lanzado un programa que permite la condonación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. Te explicamos, sin rodeos, quiénes aplican y cómo hacerlo.
El SAT lanza el Programa de Regularización Fiscal 2025
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto en marcha una medida de gran alcance para contribuyentes con dificultades: el Programa de Regularización Fiscal 2025. Esta iniciativa, establecida en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), representa una oportunidad excepcional para que personas físicas y pequeñas y medianas empresas (PyMEs) liquiden sus adeudos fiscales de ejercicios anteriores, eliminando una carga financiera significativa.
El programa consiste, en esencia, en la disminución del 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución asociados a contribuciones federales no pagadas. El objetivo es claro: facilitar el cumplimiento y permitir que los contribuyentes regularicen su situación fiscal pagando únicamente el monto original de la contribución actualizada.
Esta guía definitiva desglosa, paso a paso, los requisitos, el proceso y los beneficios de este programa para que puedas aprovecharlo.
¿Quiénes pueden beneficiarse de este programa?
El programa está diseñado para ser accesible, enfocándose en contribuyentes individuales y empresas de menor tamaño. Pueden aplicar:
- Personas Físicas: Con cualquier régimen fiscal.
- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Personas Morales): Que cumplan con el criterio de ingresos.
El requisito clave es que los créditos fiscales a regularizar correspondan a ejercicios fiscales en los que los ingresos totales del contribuyente no hayan excedido los 35 millones de pesos.
Requisitos indispensables para la condonación
Para ser elegible, el SAT establece una serie de condiciones claras que buscan asegurar que el beneficio llegue a quienes realmente lo necesitan y han mantenido un historial sin fraudes.
- No haber recibido condonaciones previas: No ser beneficiario de los programas de condonación masivos de 2000, 2007 y 2013.
- Límite de ingresos: Como se mencionó, no haber excedido los 35 millones de pesos en ingresos en el ejercicio que se busca corregir.
- Sin condenas por delitos fiscales: No tener una sentencia firme por delitos fiscales.
- No estar en «listas negras»: No estar publicado en los listados de los artículos 69-B (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas – EFOS) y 69-B bis (transmisión indebida de pérdidas fiscales) del Código Fiscal de la Federación.
¿Qué deudas aplican para la condonación del 100%?
La disminución aplica a los accesorios de adeudos fiscales correspondientes a ejercicios de 2023 o anteriores, determinados por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM). Específicamente, se condona el 100% de:
- Recargos: Los intereses generados por la falta de pago oportuno.
- Gastos de Ejecución: Los costos en los que incurre el SAT al iniciar un procedimiento de cobro.
- Multas: Impuestas por infracciones a las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior, siempre que se hayan determinado junto con las contribuciones omitidas.
Importante: El programa no perdona la contribución original. Se debe pagar el impuesto o derecho omitido, únicamente con su actualización por inflación, pero sin los costosos accesorios.
«En la aplicación de una disminución de 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución, lo cual facilita el pago de los adeudos fiscales y fomenta el cumplimiento.» – Documento oficial del SAT.
Guía paso a paso: ¿Cómo solicitar la condonación?
El proceso varía ligeramente dependiendo de tu situación fiscal. Aquí te presentamos los escenarios más comunes, basados en la información oficial del SAT:
Escenario 1: Autocorrección (presentarás declaraciones omitidas)
Si vas a presentar por tu cuenta una declaración complementaria para corregir tu situación:
- Prepara tus Declaraciones: Elabora las declaraciones donde manifiestes las contribuciones omitidas y sus accesorios.
- Solicita la Línea de Captura (FCF): Mientras el sistema no se actualiza, debes solicitar la línea de captura con el beneficio aplicado a través de «Mi Portal» en la página del SAT.
- Ingresa a sat.gob.mx > Mi Portal > Servicios por internet.
- Selecciona el trámite: APLICACION ESTIMULO LIF DYP.
- En la descripción, manifiesta bajo protesta de decir verdad que cumples los requisitos y detalla la contribución, el monto a pagar (solo el impuesto actualizado) y el monto de la disminución que aplicarás.
- Realiza el Pago: Una vez que el SAT te envíe la línea de captura, realiza el pago en una sola exhibición en cualquier banco autorizado.
- Presenta la Declaración: Con el pago realizado, presenta la declaración correspondiente.
Escenario 2: Adeudos ya determinados por el SAT (con crédito fiscal)
Si el SAT ya te notificó de un adeudo y tienes un crédito fiscal (ya sea que lo estés pagando a plazos o lo hayas impugnado):
- Desistimiento (si aplica): Si el adeudo está en un proceso de impugnación, primero debes presentar el acuse de desistimiento del recurso de defensa.
- Solicita el Beneficio: Ingresa a «Mi Portal» en la página del SAT.
- Selecciona el trámite: ESTIMULO FISCAL LIF 2025.
- Adjunta los documentos necesarios (como el acuse de desistimiento).
- Paga el Formulario: El SAT te entregará un formulario de pago con el monto a liquidar (la contribución actualizada). Tienes 30 días naturales para realizar el pago.
Opción de Pago en Parcialidades: En algunos casos, los contribuyentes pueden solicitar pagar la contribución actualizada hasta en seis parcialidades.
Este programa es una ventana de oportunidad que no se presenta a menudo. Regularizar tu situación fiscal no solo te quita un peso financiero de encima, sino que te permite operar con tranquilidad y tener acceso a un historial fiscal limpio.


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