Prisión preventiva oficiosa: entre la seguridad y los derechos humanos
El debate sobre la prisión preventiva oficiosa en México ha vuelto al centro de la discusión tras el reciente comunicado de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que defendió esta figura como parte de la estrategia de seguridad pública del país. Sin embargo, esta postura ha generado críticas al contradecir principios básicos del derecho penal y los derechos humanos.
¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?
La prisión preventiva oficiosa implica que ciertas personas sean privadas de su libertad de manera automática, sin una valoración individual del caso. Esto se aplica en delitos considerados graves, como el homicidio, el secuestro y los relacionados con la delincuencia organizada.
- Problema central: Transgrede principios fundamentales como la presunción de inocencia y la excepcionalidad de la privación de libertad, pilares del derecho penal garantista.
- Efecto práctico: Se convierte en un castigo anticipado más que en una medida cautelar orientada a proteger el proceso penal.
Prisión preventiva y derechos humanos: un oxímoron
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sido clara al señalar que la prisión preventiva oficiosa viola derechos humanos. Casos como García Rodríguez y otro vs México demuestran cómo esta medida:
- Criminaliza la pobreza. Las personas en condiciones de vulnerabilidad son las más afectadas.
- Refuerza desigualdades. El sistema penal prioriza el castigo por encima de la justicia social.
- Reproduce exclusión. La cárcel no resuelve las causas estructurales del crimen, como la desigualdad y la corrupción.
La CNDH, en su reciente comunicado, argumentó que esta medida “respeta los derechos humanos”. Sin embargo, esta afirmación es contradictoria: los derechos humanos buscan proteger la dignidad y garantizar la igualdad, mientras que la prisión preventiva oficiosa perpetúa un sistema de control y deshumanización.
¿Es la cárcel la solución a la inseguridad?
Lejos de atender las causas profundas de la violencia, la prisión preventiva oficiosa refuerza una idea simbólica del castigo como solución.
- Falsa seguridad. El encarcelamiento automático no reduce el crimen; genera una sensación temporal de control.
- Desviación de recursos. Los sistemas penitenciarios reciben recursos que podrían destinarse a programas de prevención y acceso a la justicia.
- Desgaste del tejido social. La criminalización de los sectores más vulnerables profundiza la exclusión y perpetúa ciclos de pobreza.
El discurso de la seguridad basada en el castigo
En México, la narrativa de seguridad se ha centrado en la represión más que en la prevención. Esta visión ignora que el castigo sin análisis individualizado no aborda las raíces del delito.
- Efecto simbólico: La prisión preventiva oficiosa responde a la necesidad de control social, no a soluciones reales.
- Dilema ético: Defender esta medida desde una perspectiva de derechos humanos es intentar amalgamar dos lógicas opuestas.
¿Qué podemos hacer? Una apuesta por la justicia y los derechos
Para transformar la narrativa de la seguridad en México, es necesario cambiar el enfoque hacia medidas que respeten los derechos humanos y aborden las causas estructurales del crimen:
- Eliminar la prisión preventiva oficiosa. Apostar por medidas cautelares que respeten la presunción de inocencia.
- Fortalecer programas de prevención. Invertir en educación, empleo y acceso a la justicia como pilares de seguridad.
- Reformar el sistema penitenciario. Priorizar la rehabilitación sobre la exclusión.
Justicia, no castigo automático
La prisión preventiva oficiosa es una medida que, en su diseño, contradice los derechos humanos y perpetúa un sistema de exclusión y desigualdad. México debe replantear su estrategia de seguridad, alejándose de un modelo punitivo y apostando por la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.
La verdadera seguridad no se logra restringiendo derechos, sino garantizándolos.
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