La pensión de viudez es un derecho fundamental para los beneficiarios de trabajadores asegurados o pensionados fallecidos. Este apoyo económico, otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), busca garantizar la estabilidad financiera de quienes dependían del trabajador fallecido.
A continuación, te explicamos quiénes pueden acceder a este beneficio, los requisitos y los pasos para tramitarlo.
¿Quién puede solicitar la pensión de viudez?
El IMSS establece que la pensión de viudez puede ser otorgada a:
- Cónyuge sobreviviente (esposo o esposa).
- Concubino(a), siempre que haya vivido con el asegurado al menos cinco años antes del fallecimiento o tengan hijos en común.
Importante: Si existen varias concubinas o concubinarios, ninguno podrá acceder a la pensión.
Requisitos para obtener la pensión de viudez
Los requisitos varían según la causa de fallecimiento del asegurado:
Si falleció por causas NO relacionadas con el trabajo:
- Tener al menos 150 semanas de cotización.
- Estar vigente en sus derechos ante el IMSS al momento del fallecimiento.
Si falleció por un accidente o enfermedad de trabajo:
- No se requiere un mínimo de semanas cotizadas.
- Se debe presentar el Dictamen de Incapacidad Permanente o Defunción por Riesgos de Trabajo (ST-3).
Además, el beneficiario deberá demostrar el vínculo matrimonial o de concubinato con documentos oficiales.
Excepciones:
No se otorga la pensión si:
- El asegurado falleció antes de cumplir seis meses de matrimonio.
- El matrimonio se celebró después de los 55 años del asegurado sin cumplir un año de casados.
- El asegurado ya recibía una pensión por invalidez, vejez o cesantía y el matrimonio ocurrió en el último año antes del fallecimiento.
Documentos necesarios para tramitar la pensión de viudez
Si el fallecido era trabajador asegurado:
- Estado de cuenta de la Afore (si cotizó después del 1 de julio de 1997).
- Acta de nacimiento del asegurado.
- Acta de defunción.
Si el fallecido ya era pensionado:
- Acta de defunción.
Si el pensionado está desaparecido y han pasado más de un mes sin noticias, se debe presentar una denuncia ante el Ministerio Público para acceder a una pensión provisional.
Documentos para el cónyuge sobreviviente:
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
- Acta de matrimonio (expedida máximo 90 días antes de la solicitud).
- Estado de cuenta bancario con CLABE para el depósito de la pensión.
Documentos para concubinarios:
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio.
- Acta de nacimiento.
- Prueba de concubinato:
- Resolución judicial que certifique al menos 5 años de convivencia, o
- Acta de nacimiento de hijos en común.
¿Dónde y cómo solicitar la pensión de viudez?
Reunir todos los documentos requeridos.
Acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) del IMSS más cercana.
Presentar la solicitud en las ventanillas de Control de Prestaciones en un horario de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
Esperar la resolución del IMSS sobre la aprobación de la pensión.


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