El Gobierno de México anunció dos nuevas expropiaciones de terrenos en Quintana Roo y Tabasco para continuar con la construcción y operación del Tren Maya, uno de los proyectos de infraestructura más importantes del país. Los decretos, publicados este 15 de agosto en el Diario Oficial de la Federación, suman una superficie total de 1.92 hectáreas.
En Quintana Roo, la expropiación corresponde a 1.90 hectáreas de uso común del ejido X-Hazil y Anexos, ubicado en el municipio de Felipe Carrillo Puerto. Estos terrenos se destinarán a obras de infraestructura ferroviaria, derecho de vía y otras instalaciones complementarias en el Tramo 6, que conecta Tulum con Chetumal
El decreto establece que la empresa Tren Maya, S.A. de C.V. deberá cubrir una indemnización de 1 millón 200 mil 87 pesos al ejido afectado, según el avalúo del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin). El pago será requisito para que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) ejecute la expropiación.
En Tabasco, se expropió una superficie mucho menor: 0.0154 hectáreas (154 metros cuadrados) del ejido Cerro Norte, en el municipio de Tenosique. El área forma parte del Tramo 1, que conecta Palenque con Escárcega, y se destinará también a obras ferroviarias y de operación del tren.
En este caso, la indemnización establecida asciende a 5 mil 419 pesos, también determinada por el Indaabin. Se trata de tierras de uso parcelado que ya habían sido ocupadas de forma provisional tras un convenio firmado en 2023 entre el ejido y Fonatur Tren Maya.
Las autoridades subrayan que ambas expropiaciones cumplen con la causa de utilidad pública prevista en la Ley Agraria, al tratarse de infraestructura ferroviaria que, además de transportar pasajeros, funcionará como medio de carga para impulsar el comercio regional.
El gobierno federal sostiene que el Tren Maya contribuirá al desarrollo económico y turístico del sur-sureste, generando empleos y facilitando el traslado de personas y mercancías, así como la atención a comunidades alejadas.
Según los decretos, si los terrenos no se usan para el fin establecido en un plazo de cinco años, o se destinan a otro propósito, los ejidos podrán reclamar su devolución.


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