El Gobierno de México publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación un nuevo decreto de expropiación de tierras para continuar con las obras del Tren Maya, lo que permitirá avanzar en distintos frentes de construcción y adecuación de la vía ferroviaria en el sureste mexicano.
De acuerdo con el documento oficial, la expropiación abarca una superficie total de 51,187.83 metros cuadrados, lo que equivale aproximadamente a 5.12 hectáreas, distribuidas en 21 predios de propiedad privada. Estos terrenos serán incorporados al patrimonio federal para su uso directo en los tramos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del proyecto ferroviario.
Las tierras expropiadas se localizan en cinco estados del sureste. En Chiapas, los predios se ubican en el municipio de Palenque; en Tabasco, en Balancán; mientras que Campeche concentra superficies en Candelaria, Champotón, Campeche y Dzitbalché. En Yucatán, los terrenos se localizan en Izamal, Chocholá y Tinum, y en Quintana Roo, en los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos, Tulum y Felipe Carrillo Puerto.
El decreto establece que la expropiación se realiza por causa de utilidad pública, al tratarse de infraestructura ferroviaria considerada prioritaria para el desarrollo nacional. En este contexto, el Tren Maya es visto por el gobierno federal como un eje para mejorar la conectividad, el transporte de pasajeros y carga, así como para impulsar la economía regional del sur-sureste del país.
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) queda facultada para la ocupación inmediata de los inmuebles, aun cuando los propietarios interpongan algún medio de defensa legal. No obstante, el decreto aclara que las personas afectadas tienen derecho a una indemnización, la cual será cubierta por Tren Maya, S.A. de C.V., con base en avalúos oficiales realizados por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
Además, el documento precisa que los propietarios podrán acudir a un procedimiento judicial únicamente para controvertir el monto de la indemnización, sin que ello frene el uso de los terrenos para las obras. El pago deberá realizarse conforme a la ley y con cargo al presupuesto autorizado de la empresa estatal.
El decreto también incluye una salvaguarda: si los terrenos expropiados no son utilizados para el fin que dio origen a la expropiación en un plazo de cinco años, los antiguos propietarios podrán solicitar la reversión total o parcial de los bienes, conforme a lo establecido en la Ley de Expropiación.


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