Viajar al extranjero podría implicar un nuevo gasto a partir de 2026, luego de que la Cámara de Diputados aprobó las reformas a la Ley Federal de Derechos que establecen un cobro de $294.01 pesos por emitir la autorización de salida del país de niñas, niños, adolescentes o personas bajo tutela jurídica que viajen solos o sin ambos padres o tutores.
¿Quién deberá pagar el nuevo cobro del SAT?
El pago aplicará únicamente cuando un menor de edad o una persona bajo tutela salga de México sin sus dos padres o tutores. Esto incluye los casos en que el menor:
- Viaje solo.
- Viaje acompañado por una persona que no sea su tutor legal.
- Viaje solo con uno de sus padres.
Actualmente, este trámite se realiza mediante el Formato de Autorización de Salida del Territorio Nacional (SAM), que es gratuito. Sin embargo, con la reforma aprobada, el SAT será quien administre el cobro y la emisión del documento como un derecho federal.
¿Quiénes no tendrán que pagar?
Las autoridades aclararon que no habrá cobro para personas adultas que salgan del país, ni para los menores que viajen acompañados por ambos padres o tutores con pasaportes vigentes y documentación completa.
En esos casos, el SAM no es necesario y el viaje se realiza bajo las condiciones habituales.
¿Por qué se aplicará este cobro?
De acuerdo con la propuesta, la cuota de $294.01 forma parte del paquete fiscal federal y busca financiar y ordenar los servicios migratorios relacionados con la protección de menores.
Las autoridades explicaron que el trámite implica verificaciones de identidad, validación de documentos y controles preventivos orientados a proteger el interés superior de la niñez, por lo que el cobro se considera un “derecho federal” y no un impuesto.
¿Cuándo entrará en vigor?
El cobro entrará en vigor en 2026, una vez que la reforma sea avalada por el Senado y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Hasta entonces, todo continúa igual: el formato SAM seguirá siendo gratuito y podrá tramitarse en las oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) o en línea.
Es importante tener en cuenta que el nuevo derecho no sustituye ni afecta otros cargos incluidos en los boletos de avión. Por ejemplo:
- La TUA (Tarifa de Uso de Aeropuerto) la cobran los aeropuertos.
- El DNR (Derecho de Visitante) aplica a ciertos extranjeros que ingresan a México.
Por tanto, no se trata de un “impuesto por viajar”, sino de un cobro exclusivo para quienes tramiten la autorización de salida de menores sin ambos padres.


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