SAT: Cómo funciona el régimen fiscal para jubilados y qué deben pagar

¿Los jubilados pagan ISR? Conoce qué parte de la pensión está exenta, cuándo deben declarar ante el SAT y qué pasa con la Pensión Bienestar.

Ser jubilado o pensionado no significa necesariamente pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR). El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece una exención para las jubilaciones, pensiones y haberes de retiro, aunque existen casos en los que una parte de estos ingresos sí puede quedar sujeta al impuesto.

En México, los pensionados y jubilados tributan bajo el Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios del SAT. Y aunque la mayoría está exento de pago de impuestos, existen casos en donde los adultos mayores sí deben cumplir con obligaciones fiscales ante el fisco.

¿Las pensiones y jubilaciones pagan ISR al SAT?

La Ley del ISR establece que las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro y otras formas de retiro están exentas hasta el límite previsto en el artículo 93. El excedente queda sujeto al pago del impuesto.

Además, cuando una persona recibe pensiones de dos o más instituciones, para determinar la exención se debe considerar la totalidad de las pensiones y haberes de retiro, independientemente de quién realice los pagos.

Por ello, no basta con revisar cada pensión por separado. Si una persona recibe pagos del IMSS, ISSSTE, una aseguradora, AFORE u otra institución, los ingresos deben analizarse en conjunto para determinar qué parte está exenta y si existe una cantidad gravable.

¿Cuándo debe un jubilado presentar la Declaración Anual ante el SAT?

No todos los pensionados están obligados a presentar una declaración anual. Sin embargo, existen situaciones que pueden generar esta obligación.

Entre ellas están obtener ingresos anuales superiores a 400 mil pesos, recibir ingresos de dos o más patrones o fuentes en los supuestos aplicables, y obtener otros ingresos acumulables, como honorarios, arrendamiento o actividades empresariales. El propio SAT contempla estos supuestos para quienes reciben ingresos bajo el régimen de salarios.

En el caso específico de las pensiones, también es importante revisar si existe un excedente gravado y las retenciones efectuadas durante el año.

Por eso, una persona que únicamente recibe una pensión y tiene ingresos bajos puede encontrarse en una situación fiscal distinta a la de un jubilado que combina dos pensiones con rentas, intereses u otra actividad económica.

¿La Pensión para el Bienestar paga ISR?

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores no se considera un ingreso sujeto al pago de ISR. El artículo 90 de la Ley del ISR establece que los apoyos económicos o monetarios recibidos mediante programas previstos en los presupuestos de egresos de la Federación o de las entidades federativas no se consideran ingresos para efectos de este impuesto.

Por lo tanto, recibir este apoyo social no significa que el beneficiario tenga que pagar ISR por el dinero que recibe del programa.

¿Qué pasa si un pensionado tiene otros ingresos?

La situación cambia cuando además de la pensión existen otras fuentes de ingresos. Por ejemplo, una persona jubilada que renta una propiedad, cobra honorarios, tiene actividades empresariales o recibe determinados rendimientos financieros puede adquirir obligaciones fiscales adicionales.

El SAT señala que quienes obtienen otros ingresos acumulables además de los salarios deben presentar la declaración anual en los casos establecidos por la ley.

También es importante distinguir entre tener que presentar una declaración y tener que pagar ISR. Presentar la declaración no significa automáticamente que exista un impuesto a cargo; el resultado puede ser un saldo a pagar, quedar en ceros o incluso generar un saldo a favor.

¿Un jubilado puede presentar su declaración aunque no esté obligado por el SAT?

Sí. Presentar una declaración anual puede ser conveniente cuando existen deducciones personales o retenciones de ISR que podrían generar un saldo a favor.

Entre los conceptos que pueden ser deducibles, siempre que cumplan los requisitos fiscales, se encuentran determinados gastos médicos, hospitalarios, seguros de gastos médicos, donativos y colegiaturas.

Por ello, antes de asumir que una pensión está completamente fuera del sistema fiscal, conviene revisar los comprobantes de ingresos, las retenciones y cualquier otra fuente de recursos obtenida durante el año.

El punto clave es que no todos los jubilados pagan ISR por su pensión. La ley contempla una parte exenta y el impuesto puede aplicarse al excedente conforme a las reglas fiscales. Además, otros ingresos pueden modificar las obligaciones del pensionado ante el SAT.

Paloma Franco
Paloma Franco
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