El Senado de la República aprobó una reforma que amplía las facultades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y modifica por completo el escenario de defensa para los contribuyentes.
Con 64 votos a favor y 33 en contra, legisladores de Morena y aliados avalaron cambios a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo que permiten al SAT apelar sentencias que antes quedaban firmes.
La reforma establece que, cuando el SAT pierda juicios relacionados con devoluciones de impuestos o bloqueo de cuentas, ahora podrá impugnar estas resoluciones ante los Tribunales Colegiados de lo Contencioso Administrativo, quienes tendrán la última palabra.
¿De qué va la nueva reforma al SAT?
Bancadas del PAN y del PRI cuestionaron que la reforma incline la balanza a favor de la autoridad fiscal.
La senadora del PAN, Guadalupe Murguía, alertó que la modificación “le regala a la autoridad que ha perdido un asunto un medio de impugnación específico”, lo que, según su interpretación, deja al contribuyente en desventaja.
Por su parte, la priista Claudia Edith Anaya criticó que la reforma elimine la suspensión del acto reclamado en casos de daño irreparable.
“Si quieren que pase un tren en medio de mi casa, no se va a suspender el acto hasta que la autoridad determine. Para entonces ya tendría el vagón encima”, afirmó.
La reforma también prohíbe que los contribuyentes soliciten la recusación de jueces, magistrados o ministros que conocerán de sus procesos.

Morena defiende la reforma
Desde Morena, el senador Javier Corral Jurado argumentó que el objetivo es acelerar los litigios y modernizar los procedimientos. Señaló que los nuevos plazos permitirán resolver juicios en un máximo de seis meses, en concordancia con el artículo 17 constitucional.
Según Corral, los cambios impulsan el uso de herramientas digitales, juicios en línea y notificaciones electrónicas para agilizar la interacción entre contribuyentes y autoridades.
Tras una accidentada sesión en la que no se reunió quórum para la votación en lo particular, la reforma finalmente fue aprobada con 67 votos a favor, 12 en contra y 15 abstenciones. La minuta fue enviada a la Cámara de Diputados.
Lo que cambiará en el SAT con la reforma
Uno de los puntos centrales es que el SAT podrá impugnar sentencias que declaren la nulidad por vicios de forma cuando el asunto tenga un valor superior a 27 mil UMA, es decir, más de 3 millones de pesos.
Con esto, el organismo podrá solicitar la reposición del procedimiento en lugar de perder definitivamente un crédito fiscal por errores técnicos.
La reforma también permite al SAT litigar en formato digital incluso cuando el contribuyente inició su juicio en papel, lo que representa una ampliación operativa para la autoridad.
Plazos más estrictos y juicios en línea
El Senado también aprobó plazos uniformes de cinco días para diversas actuaciones procesales, así como la ampliación del uso del boletín judicial y de juicios digitales.
Estos ajustes buscan homologar la operación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y crear un esquema más rápido para resolver controversias fiscales.
Además, la reforma incorpora lenguaje incluyente, sustituyendo expresiones como “Magistrado Instructor” por “la Magistrada o el Magistrado Instructor”.


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