SAT. Tener un adeudo fiscal puede convertirse en una preocupación cuando las multas, recargos y otros gastos hacen que la cantidad pendiente aumente con el paso del tiempo. Para algunos contribuyentes, 2026 ofrece una alternativa para ponerse al corriente mediante el Programa de Regularización Fiscal.
El SAT estableció este programa para facilitar el pago de determinados adeudos y permitir una disminución de hasta 100% en multas, recargos y gastos de ejecución, siempre que se cumplan las condiciones establecidas. El beneficio no significa que desaparezca el impuesto pendiente: el estímulo está dirigido a determinados accesorios del adeudo.
Además, existe una fecha que los contribuyentes deben tener presente: la solicitud puede presentarse hasta el 31 de octubre de 2026.
¿Qué es el Programa de Regularización Fiscal 2026 del SAT?
El programa busca que determinadas personas físicas y morales puedan regularizar adeudos correspondientes a ejercicios fiscales de 2024 o anteriores. Entre los conceptos que pueden recibir el estímulo se encuentran recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias, además de determinadas multas fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
En determinados casos, el estímulo puede llegar al 100%. Por ejemplo, el SAT señala que las multas pueden recibir ese porcentaje cuando se determinen conjuntamente con contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias omitidas.
Cuando se trata de créditos fiscales firmes constituidos exclusivamente por multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas al pago, el estímulo establecido es de hasta 90%, siempre que se cumpla con la obligación que originó la multa.
¿Quién puede solicitar el beneficio del SAT?
No todas las personas con un adeudo pueden utilizar automáticamente el programa. Uno de los principales requisitos es que los ingresos totales del contribuyente no hayan excedido de 300 millones de pesos durante el ejercicio fiscal 2024. El programa contempla tanto a personas físicas como morales.
También existen otras condiciones. Entre ellas, no haber recibido determinadas condonaciones de créditos fiscales en programas anteriores, no haber obtenido el estímulo fiscal previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para 2025 y no haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
El SAT también establece restricciones relacionadas con los listados de los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación, así como otros supuestos previstos en la normatividad.
Por eso, antes de iniciar el trámite conviene identificar exactamente qué adeudo existe, a qué ejercicio corresponde y cuál es la situación ante la autoridad fiscal.
¿Qué adeudos pueden entrar en la regularización?
El programa contempla tres situaciones principales. La primera corresponde a contribuciones que el propio contribuyente tiene pendientes y que todavía no han sido determinadas por la autoridad. La segunda se presenta cuando la persona está sujeta a facultades de comprobación. La tercera corresponde a quienes ya tienen créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal.
El procedimiento cambia dependiendo de cada escenario.
Si existen contribuciones omitidas que todavía no han sido determinadas, el contribuyente debe presentar las declaraciones correspondientes y manifestar las cantidades pendientes. Después, debe aplicar el estímulo en el apartado correspondiente de la declaración y realizar el pago conforme a las condiciones establecidas.
¿Cómo solicitar el estímulo del SAT?
Para algunos casos, el trámite se realiza mediante el portal del SAT, mientras que quienes tienen un crédito fiscal firme pueden presentar una solicitud en Mi Portal, dentro de los servicios de Internet, utilizando la opción correspondiente al estímulo fiscal LIF 2026.
Si el sistema de Declaraciones y Pagos no habilita la opción para aplicar el estímulo, el SAT contempla la posibilidad de presentar un caso de aclaración en Mi Portal para solicitar la línea de captura correspondiente.
Además, determinados contribuyentes pueden solicitar pagar las contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias hasta en seis parcialidades, de acuerdo con las condiciones del programa.
La fecha límite para solicitar el beneficio es el 31 de octubre de 2026. También existen plazos específicos para realizar los pagos una vez que la autoridad entrega el formulario correspondiente.
Por ello, si una persona identifica un adeudo que podría entrar en el programa, revisar su situación fiscal antes de la fecha límite puede ser importante. El SAT establece requisitos diferentes según el tipo de contribuyente y la situación del crédito, por lo que el beneficio no se aplica de manera automática a todos los adeudos.


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