SAT contempla diversos gastos relacionados con la salud dentro de las deducciones personales que pueden aplicarse en la Declaración Anual. Ser jubilado no elimina esta posibilidad, aunque primero es necesario revisar si la persona está obligada a presentar declaración y si sus ingresos generan impuesto. Las deducciones pueden disminuir los ingresos acumulables y, en determinados casos, contribuir a obtener un saldo a favor.
¿Qué gastos médicos puede deducir un jubilado?
Entre los gastos médicos que pueden considerarse se encuentran los honorarios pagados a médicos y dentistas, así como los servicios profesionales de psicología y nutrición. También pueden incluirse gastos hospitalarios, honorarios de enfermería, análisis y estudios clínicos, prótesis y determinados aparatos utilizados para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
La lista también contempla los lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales, aunque este concepto tiene un límite específico de deducción. En este caso, el monto deducible puede llegar hasta 2,500 pesos por persona durante el ejercicio, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para el comprobante o exista el diagnóstico correspondiente.
Otro punto importante es que las medicinas compradas en una farmacia, por sí solas, no son deducibles. En cambio, los medicamentos incluidos dentro de las facturas emitidas por hospitales sí pueden formar parte de los gastos médicos considerados por la autoridad fiscal.
SAT también considera seguros de gastos médicos
Además de los servicios recibidos directamente, SAT contempla las primas pagadas por seguros de gastos médicos, siempre que correspondan a las condiciones fiscales aplicables. Esto puede ser relevante para jubilados que mantienen una póliza particular además de contar con servicios de instituciones públicas de seguridad social.
Los gastos médicos pueden corresponder al propio contribuyente y, bajo los requisitos previstos por la legislación, también a determinadas personas de su familia. La Ley del Impuesto sobre la Renta contempla al cónyuge o concubino, ascendientes y descendientes en línea recta, siempre que se cumplan las condiciones relacionadas con sus ingresos.
Por ello, antes de incluir una factura, conviene revisar a quién corresponde el servicio, quién realizó el pago y si la persona beneficiaria cumple con los requisitos establecidos. No basta con que el gasto esté relacionado con una consulta o tratamiento médico.
SAT exige factura y una forma de pago específica
Para que el gasto pueda considerarse, SAT establece requisitos relacionados con el comprobante fiscal y la forma en que se realizó el pago. La factura debe amparar correctamente el servicio y contener los datos fiscales correspondientes. Además, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicios, o cheque nominativo. El efectivo no permite aplicar la deducción.
También es importante que el pago salga de una cuenta a nombre del contribuyente cuando se utilice transferencia electrónica. Revisar estos datos desde el momento en que se solicita la factura puede evitar que un gasto válido quede fuera de la declaración por un error en la documentación.
Paso a paso para revisar los gastos médicos
- Solicita la factura por cada servicio médico o gasto que pueda ser deducible.
- Revisa que tu RFC aparezca correctamente en el CFDI.
- Verifica la descripción del servicio y el uso fiscal del comprobante.
- Comprueba que el pago se haya realizado con un medio permitido.
- Conserva las facturas y comprobantes de pago.
- Ingresa al Visor de deducciones personales para verificar que el gasto aparezca.
- Al presentar la Declaración Anual, revisa la información precargada antes de aceptarla.
SAT tiene un límite para las deducciones personales
Las deducciones personales tienen un límite general. Para la mayoría de estos gastos, el total no puede superar cinco UMA anuales o 15% de los ingresos anuales, incluidos los exentos, tomando el monto que resulte menor. Existen conceptos que tienen reglas particulares, por lo que no todos los gastos médicos necesariamente quedan sujetos de la misma manera a ese límite.
En el caso de una persona jubilada, también es importante revisar la naturaleza de sus ingresos. La legislación contempla una parte exenta para determinadas jubilaciones, pensiones y haberes de retiro, mientras que el excedente puede estar sujeto al impuesto correspondiente.
Por esta razón, tener gastos médicos facturados no significa automáticamente que habrá una devolución. El resultado depende de los ingresos, retenciones, deducciones y demás información fiscal del ejercicio.
SAT permite consultar las deducciones antes de declarar
Una herramienta útil es el Visor de deducciones personales, donde pueden revisarse datos como el RFC del emisor, folio fiscal, importe, forma de pago y tipo de deducción. El acceso requiere RFC y contraseña o e.firma.
Si un jubilado encuentra un gasto que no aparece o detecta información incorrecta, conviene revisar primero la factura y los datos proporcionados por el prestador del servicio. De esta manera puede corregir inconsistencias antes de presentar la declaración y conservar evidencia suficiente sobre el gasto realizado.
También debe considerarse que no todos los jubilados necesariamente tienen que presentar una Declaración Anual bajo las mismas condiciones. La obligación depende del tipo y monto de los ingresos y de otras circunstancias fiscales del contribuyente.
Por eso, antes de presentar la declaración, lo recomendable es revisar tanto los ingresos por pensión o jubilación como otros ingresos obtenidos durante el año y después verificar las deducciones personales disponibles.


TE PODRÍA INTERESAR