Recibir una transferencia de tus padres para pagar la renta, ayudar a un hijo con sus estudios o compartir los gastos del hogar con tu pareja es algo habitual en México. Sin embargo, cuando el dinero llega a una cuenta bancaria, puede surgir una preocupación: ¿el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría cobrar impuestos por ese depósito?
La respuesta depende del origen del dinero, el parentesco entre quien lo entrega y quien lo recibe, y las obligaciones fiscales aplicables. La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) contempla exenciones para determinados donativos familiares, pero también establece condiciones para informar algunas cantidades en la declaración anual.
Por eso, además de realizar la transferencia, conviene conservar documentos que permitan explicar por qué se recibió el dinero. Así podrás acreditar su procedencia si necesitas aclarar una operación ante la autoridad fiscal.
¿Qué transferencias entre familiares están exentas ante el SAT?
El artículo 93, fracción XXIII, de la LISR establece tratamientos fiscales para determinados donativos. Entre ellos se encuentran los recibidos entre cónyuges y los que reciben los descendientes de sus ascendientes en línea recta, sin importar el monto, así como los que reciben los ascendientes de sus descendientes, siempre que se cumplan las condiciones legales.
Esto significa que un padre puede entregar dinero a su hijo o una persona puede hacer un donativo a su cónyuge sin que, por ese solo hecho, se genere automáticamente el pago del impuesto sobre la renta (ISR).
No obstante, es importante identificar correctamente la operación. Una transferencia que corresponde al pago de un servicio, una venta o una actividad económica no se convierte en donativo familiar únicamente por llevar el nombre de un pariente.
También conviene distinguir entre un regalo y un préstamo. Si el dinero debe devolverse, documentar las condiciones del préstamo ayuda a explicar la naturaleza de la operación.
¿Qué ocurre con las transferencias entre hermanos, tíos y primos?
Cuando el dinero se entrega entre familiares que no están comprendidos en las exenciones anteriores, el tratamiento fiscal puede ser distinto.
El artículo 93 contempla una exención limitada para otros donativos: el valor total de los recibidos durante el año no debe exceder tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año. El excedente puede quedar sujeto al ISR conforme a las disposiciones aplicables.
Por eso, si una persona recibe dinero de un hermano, un tío o un primo, no debe asumir que la operación está libre de impuestos por tratarse de familiares. Es necesario revisar el monto acumulado y las circunstancias de cada donativo.
En estos casos, guardar los comprobantes bancarios y un documento que explique el motivo de la entrega puede facilitar la aclaración del origen de los recursos.
¿El SAT puede considerar un depósito como ingreso no declarado?
La discrepancia fiscal es una de las razones por las que conviene mantener en orden los movimientos bancarios. El artículo 91 de la LISR regula los casos en que las erogaciones de una persona física superan sus ingresos declarados y establece el procedimiento correspondiente.
Sin embargo, recibir una transferencia no significa que exista automáticamente una discrepancia fiscal ni que se genere un cobro de impuestos. La naturaleza de la operación y la documentación disponible son relevantes para determinar su tratamiento.
A mitad de estas precauciones, la regla práctica es sencilla: si recibes dinero de un familiar, conserva evidencia de quién lo envió, cuál fue el motivo y si se trató de un donativo, préstamo o apoyo para gastos compartidos.
¿Debes informar al SAT si recibes más de 600 mil pesos?
El artículo 90 de la LISR establece que las personas físicas residentes en México deben informar en su declaración anual sobre los préstamos, donativos y premios obtenidos cuando, individualmente o en conjunto, excedan los 600,000 pesos durante el ejercicio.
Esta obligación de informar no significa que todos esos recursos deban pagar impuestos. El tratamiento fiscal depende de la naturaleza del dinero y de las exenciones que correspondan.
Si recibes un donativo de monto elevado, revisa cómo debes reportarlo y conserva los documentos que acrediten su origen. Omitir la información exigida puede generar consecuencias fiscales, incluso cuando el recurso pudiera estar exento.
¿Cómo evitar problemas fiscales por transferencias familiares?
Para mantener tus operaciones en orden, sigue estas recomendaciones:
- Escribe conceptos claros: utiliza descripciones verdaderas, como “donativo familiar” o “préstamo”, según corresponda.
- Conserva comprobantes: guarda los registros bancarios y los documentos que expliquen el motivo de la transferencia.
- Formaliza cantidades elevadas: considera documentar los donativos o préstamos importantes.
- Revisa tus obligaciones: consulta la LISR y las indicaciones oficiales del SAT antes de presentar tu declaración anual.
Apoyar económicamente a tu familia no implica pagar impuestos en todos los casos. La clave está en identificar correctamente la operación, cumplir las obligaciones de información y conservar pruebas suficientes. Con estas precauciones, podrás aclarar tus movimientos bancarios y atender cualquier revisión del SAT con mayor tranquilidad.




