El SAT puede revisar las declaraciones y operaciones de personas físicas y empresas cuando detecta inconsistencias que podrían indicar incumplimientos fiscales. Para un contribuyente, esto vuelve importante una tarea que a veces se deja para después: comprobar que sus facturas, ingresos, deducciones y declaraciones coincidan con sus registros contables.
Con noviembre de 2026 en el horizonte, las dudas sobre posibles auditorías aumentan entre quienes tienen un negocio, trabajan por cuenta propia o presentan declaraciones ante el Servicio de Administración Tributaria. Sin embargo, hay una diferencia importante: que una conducta aparezca entre los criterios de riesgo fiscal no significa que todas las personas que la presenten serán auditadas durante ese mes.
La selección de contribuyentes depende de la información disponible y de las circunstancias de cada caso. Por eso, conocer las principales señales de riesgo permite identificar posibles errores y revisar la documentación antes de recibir un requerimiento oficial.
Qué contribuyentes podrían enfrentar auditorías del SAT
La autoridad fiscal contempla distintas conductas que pueden justificar una revisión. Entre ellas se encuentran las diferencias entre los ingresos declarados y las operaciones registradas, así como el uso de comprobantes fiscales que no corresponden a transacciones reales.
Estos son algunos de los casos que pueden llamar la atención del organismo:
- Operaciones con factureras o nomineras: transacciones relacionadas con empresas que emiten comprobantes por operaciones inexistentes o participan en esquemas irregulares de nómina.
- Ingresos omitidos: diferencias entre los ingresos obtenidos y los reportados en las declaraciones fiscales.
- Deducciones improcedentes: gastos inexistentes o deducciones que no cumplen con los requisitos fiscales.
- Pérdidas fiscales recurrentes: declaraciones de pérdidas reiteradas que presentan inconsistencias y ameritan una revisión.
- Devoluciones sin sustento: solicitudes de saldos a favor sin documentación suficiente para respaldarlas.
- Estímulos fiscales indebidos: uso de beneficios tributarios sin cumplir las condiciones establecidas.
- Inconsistencias comerciales: diferencias entre compras, importaciones y ventas registradas.
- Retenciones no enteradas: casos en los que los patrones descuentan impuestos a sus trabajadores, pero no entregan los recursos correspondientes al fisco.
- Operaciones internacionales: transacciones con territorios de baja tributación que requieren revisar su tratamiento fiscal.
También pueden analizarse empresas cuya tasa efectiva de impuestos sea considerablemente inferior a la de otras compañías de su sector. Esto no significa que exista automáticamente una infracción, pues cada situación debe evaluarse conforme a sus características y a las disposiciones aplicables.
¿Habrá auditorías del SAT específicamente en noviembre de 2026?
Una de las principales dudas es si existe una lista de contribuyentes que serán auditados durante noviembre. La información proporcionada no establece un padrón público de personas físicas o morales seleccionadas para ese mes ni un calendario general de inspecciones.
Por ello, no es correcto afirmar que todos los contribuyentes con alguna inconsistencia recibirán una auditoría en noviembre. Los criterios de riesgo sirven para orientar las revisiones, pero no constituyen por sí mismos una notificación de inicio de procedimiento.
Para quienes tienen un negocio o presentan declaraciones periódicas, lo recomendable es mantener actualizados los registros contables, conservar los comprobantes de las operaciones y verificar que la información presentada coincida con los documentos disponibles.
Estas medidas también facilitan la atención de posibles aclaraciones si la autoridad solicita información adicional.
Qué tipos de auditoría puede realizar el SAT
La revisión fiscal puede desarrollarse mediante distintas modalidades, dependiendo de la información que necesite verificar la autoridad y del procedimiento aplicable.
Revisión electrónica. Se realiza utilizando información digital, declaraciones y comprobantes fiscales. Las comunicaciones y los requerimientos correspondientes pueden gestionarse a través del Buzón Tributario, conforme al procedimiento aplicable.
Revisión de gabinete. Consiste en solicitar documentos, declaraciones y registros contables para examinarlos. El contribuyente debe atender el requerimiento dentro de los plazos señalados por la autoridad.
Visita domiciliaria. Implica que personal autorizado acuda al domicilio fiscal o establecimiento para revisar documentación y otros elementos relacionados con las obligaciones tributarias.
Cada modalidad tiene requisitos y procedimientos específicos. Recibir una comunicación del SAT tampoco significa, por sí solo, que el contribuyente ya haya cometido una infracción.
Cómo prepararte ante una posible revisión fiscal
Antes de que termine octubre y comience noviembre, las personas físicas y morales pueden aprovechar para comprobar que sus documentos estén en orden. Una revisión preventiva ayuda a detectar diferencias que podrían necesitar una aclaración.
Conviene verificar que los ingresos coincidan con las declaraciones, revisar que las deducciones tengan respaldo documental y conservar las facturas correspondientes a operaciones reales. También es importante consultar periódicamente el Buzón Tributario para identificar notificaciones oficiales y atenderlas oportunamente.
Si llega un requerimiento, se deben revisar su contenido, los plazos y la documentación solicitada. Cuando existan dudas sobre cómo responder, puede ser conveniente buscar asesoría contable o fiscal.
En definitiva, el SAT puede fiscalizar a contribuyentes cuyas operaciones presenten indicadores de riesgo, pero no existe una garantía de que una revisión ocurrirá en noviembre de 2026 por el simple hecho de pertenecer a alguno de esos grupos. Mantener declaraciones congruentes y documentación completa es una medida útil para cumplir con las obligaciones fiscales.




