Aquellas familias que se enfrenten problemas con escuelas privadas por cobros indebidos, aumentos injustificados de colegiaturas o negativa a devolver pagos tienen una nueva herramienta legal para defender sus derechos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sí puede intervenir en conflictos relacionados con los servicios que prestan los planteles particulares.
La resolución representa un precedente importante para madres, padres y tutores que buscan recuperar pagos o denunciar prácticas abusivas en instituciones educativas privadas.
Suprema Corte respalda intervención de Profeco
Durante la sesión del 22 de junio, la Suprema Corte resolvió el amparo directo en revisión 1762/2026 y determinó que existe una relación de carácter mercantil entre las escuelas privadas y las familias que contratan sus servicios. La ministra, Sara Irene Herrerías Guerra, sostuvo en su proyecto que los servicios educativos particulares pueden ser revisados por Profeco debido a que existe una contratación de servicios entre consumidores y proveedores.
La decisión pone fin a una discusión jurídica que llevaba más de una década y fortalece las facultades de la procuraduría para proteger a quienes pagan colegiaturas, inscripciones y otros servicios escolares.
El origen del litigio se resolvió tras diez años, correspondiente al ciclo escolar 2015-2016. En aquel momento, un padre de familia presentó una queja ante Profeco luego de que una escuela privada de educación básica se negara a devolver el dinero correspondiente a inscripción, colegiaturas y útiles escolares, después de que decidió retirar a su hijo antes del inicio del ciclo.
Profeco inició un procedimiento conciliatorio e incluso impuso una sanción económica al plantel. Sin embargo, la escuela impugnó la decisión argumentando que los servicios educativos constituían una actividad profesional excluida de la competencia de la procuraduría. Tras varios años de litigio, la Suprema Corte finalmente confirmó que Profeco sí puede actuar en este tipo de casos.
¿Cómo denunciar una escuela privada ante Profeco?
Las familias que consideren haber sido afectadas por una escuela privada pueden presentar una denuncia mediante distintas vías.
- Una de las opciones más utilizadas es Concilianet, la plataforma digital de Profeco que permite realizar procedimientos de conciliación sin acudir físicamente a una oficina.
- El usuario debe ingresar al portal oficial, crear una cuenta, registrar la queja y adjuntar la documentación correspondiente en formato digital.
- También es posible acudir directamente a una Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO), donde personal especializado brinda atención presencial y orientación sobre el procedimiento.
- Otra alternativa consiste en comunicarse al Teléfono del Consumidor, donde se puede recibir asesoría sobre los pasos a seguir dependiendo de cada situación.
¿Qué documentos se necesitan?
Para iniciar una queja formal, Profeco solicita información que permita acreditar la relación contractual con la escuela. Para ello se requiere una identificación oficial vigente, un comprobante de domicilio reciente, contratos escolares, recibos de pago, facturas o cualquier documento que demuestre los cobros realizados.
Además, es recomendable presentar un escrito breve explicando los hechos, indicando fechas, montos involucrados y el motivo de la inconformidad.
Entre más evidencia exista sobre el caso, mayores serán las posibilidades de que la autoridad pueda intervenir de manera efectiva.
Los derechos que tienen las familias en escuelas privadas
La Profeco recuerda que existen lineamientos vigentes publicados en el Diario Oficial de la Federación desde 1992 que protegen a quienes contratan servicios educativos particulares.
Las escuelas privadas están obligadas a informar si cuentan con reconocimiento oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP), además de proporcionar con claridad todos los costos relacionados con inscripción, reinscripción, colegiaturas y servicios adicionales.
Asimismo, deben transparentar los precios de actividades complementarias, transporte escolar, alimentación, exámenes extraordinarios, credenciales y otros conceptos que puedan generar cobros adicionales.
Uno de los puntos más importantes es que las colegiaturas no pueden incrementarse durante el ciclo escolar, salvo que exista aprobación por parte de la mayoría de madres y padres de familia.
Profeco también señala que las escuelas privadas no tienen facultad para imponer proveedores determinados para la compra de uniformes, libros o materiales escolares.
Las familias pueden adquirir estos productos donde consideren más conveniente, siempre que cumplan con las características requeridas por la institución. De igual manera, los planteles deben aceptar uniformes usados en buen estado y libros correspondientes a ediciones vigentes.


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