¿Recibiste dinero como regalo? Así puedes comprobarlo ante el SAT

¿Te regalaron dinero? Conoce qué debes hacer para acreditar su origen y evitar problemas con el SAT al depositarlo en tu cuenta.

Si una persona te regaló dinero y estás pensando en depositarlo en tu cuenta bancaria, hay un paso que puede ayudarte a evitar complicaciones con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se trata de conservar documentos que acrediten que se trató de un donativo y quién entregó los recursos.

El punto importante no es únicamente cuánto dinero depositas, sino qué representa ese recurso. Un depósito puede corresponder a un ingreso gravado, un préstamo, una donación u otro concepto con un tratamiento fiscal diferente.

¿El SAT cobra impuestos por depositar efectivo?

No existe actualmente un impuesto por el simple hecho de depositar efectivo en una cuenta bancaria. El antiguo Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) fue eliminado en 2014. Sin embargo, la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece que las personas físicas residentes en México deben pagar ISR por los ingresos que obtengan, salvo aquellos que tengan un tratamiento fiscal distinto.

Por eso, si recibes una cantidad importante, es conveniente tener claro de dónde proviene y contar con evidencia que permita demostrarlo.

¿Qué pasa con los depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos?

La LISR establece que las instituciones financieras deben informar mensualmente al SAT sobre los depósitos en efectivo que, acumulados, excedan de 15 mil pesos en las cuentas de un mismo contribuyente. Esto no significa que si depositas 15 mil 20 pesos automáticamente tendrás que pagar ISR; la obligación corresponde al banco, que debe proporcionar esa información a la autoridad fiscal.

Además, la disposición se refiere específicamente a depósitos en efectivo. Las transferencias electrónicas, traspasos de cuenta y otros movimientos contemplados por la ley tienen un tratamiento diferente.

Por ejemplo, recibir 20 mil pesos mediante una transferencia bancaria no es lo mismo que acudir a una sucursal y depositar 20 mil pesos en billetes.

¿Cómo puedes demostra que te regalaron dinero?

Supongamos que un familiar te entrega 20 mil pesos como regalo y posteriormente decides depositarlos en tu cuenta. En ese caso, conviene conservar documentación que permita demostrar que se trató de una donación.

La LISR contempla determinados donativos como ingresos exentos. Entre ellos se encuentran los realizados entre cónyuges y los que reciben los descendientes de sus ascendientes en línea recta, como los hijos que reciben recursos de sus padres, bajo las condiciones establecidas por la legislación.

Para acreditar el origen del dinero pueden ser útiles un contrato de donación, fichas de depósito, estados de cuenta, comprobantes de transferencia y documentos que acrediten el parentesco.

Cuando se trata de cantidades elevadas, la formalización de la operación cobra mayor importancia y, dependiendo de las circunstancias, puede ser recomendable realizarla ante un notario.

La misma LISR establece una obligación de informar en la declaración anual cuando una persona recibe durante el año préstamos, donativos y premios que, individualmente o en conjunto, excedan de 600 mil pesos. Esto no significa que todos esos recursos se conviertan automáticamente en ingresos gravados. Se trata de una obligación informativa que permite al contribuyente dejar constancia de esos recursos ante la autoridad.

No informar cantidades que deben declararse puede generar problemas posteriormente, especialmente si el SAT detecta movimientos financieros que no corresponden con los ingresos reportados.

¿Qué es la discrepancia fiscal?

La discrepancia fiscal puede presentarse cuando las erogaciones de una persona son mayores a los ingresos que declaró ante el SAT. Para determinarla, la autoridad puede considerar gastos, adquisiciones de bienes, depósitos bancarios, inversiones financieras y pagos realizados con tarjetas de crédito, entre otros conceptos.

Si el SAT detecta una posible discrepancia, puede iniciar el procedimiento correspondiente y notificar al contribuyente. A partir del día siguiente a la notificación, la persona cuenta con 20 días hábiles para explicar por escrito el origen o fuente del dinero y presentar las pruebas que considere necesarias.

Por eso, si recibiste un regalo de dinero, lo más recomendable es no limitarte a depositarlo y guardar únicamente el comprobante bancario. Conserva también la documentación que explique por qué recibiste ese dinero y quién te lo entregó. Esto puede ser clave si posteriormente necesitas acreditar su procedencia ante la autoridad fiscal.

Redacción Mercados
Redacción Mercados
Unidad de análisis económico y financiero de La Verdad Noticias. Un equipo dedicado a desglosar las tendencias de mercado, inversiones y economía personal con rigor y claridad para el contexto latinoamericano
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