ISSSTE: requisitos para cobrar gastos de funeral de jubilados

¿Falleció un jubilado del ISSSTE? Conoce quién puede solicitar el pago de gastos de funeral, los requisitos, documentos y cuánto tarda el trámite.

Cuando fallece un pensionado o jubilado afiliado al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Trabajadores del Estado (ISSSTE), la familia debe enfrentar no solo el proceso de duelo, sino también los gastos relacionados con el funeral. Para estos casos existe una prestación que permite recuperar parte de ese desembolso, se tratadel pago de gastos de funeral para pensionados y jubilados del ISSSTE, conocido también como pago de marcha.

Este apoyo está dirigido a la persona que haya cubierto los gastos funerarios del derechohabiente fallecido. De acuerdo con el ISSSTE, el trámite puede realizarlo los familiares o personas cercados al fallecido, siempre que pueda acreditar que pagó los servicios funerarios.

¿Cuánto paga el ISSSTE por gastos funerarios?

El pago de gastos de funeral corresponde a un apoyo equivalente a 120 días de la pensión o sueldo básico que percibía el derechohabiente, de acuerdo con la información proporcionada para esta prestación. Por ejemplo, si el jubilado cobraba 10 mil pesos mensuales, el pago en marcha sería de 40 mil pesos, equivalente a los cuatro meses de pago que estipula el instituto.

Por ello, el monto no es una cantidad fija para todos los casos, sino que depende de la pensión o sueldo básico que tenía el jubilado o pensionado al momento de su fallecimiento.

¿Quién puede solicitar el pago de marcha del ISSSTE?

Uno de los puntos importantes es que no es necesario ser familiar del pensionado o jubilado fallecido. El instituto establece que puede solicitarlo cualquier persona que haya cubierto los gastos del funeral y presente la documentación requerida.

Esto significa que la persona que pagó los servicios funerarios es quien debe realizar el trámite para solicitar el reembolso correspondiente.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el pago de gastos funerarios?

Para iniciar el trámite se debe presentar la documentación solicitada por el ISSSTE. Entre los requisitos se encuentran el certificado de defunción en original y la factura original de los gastos funerarios.

También se necesita la identificación oficial vigente de la persona que pagó el funeral, así como su CURP. Además, debe presentarse la credencial de pensionado expedida por el ISSSTE y el reporte de cheques cancelados por fallecimiento, cuando corresponda.

Es importante conservar la factura de los servicios funerarios, ya que este documento permite acreditar que el solicitante fue quien realizó el gasto.

¿Cómo se solicita el pago de marcha del ISSSTE?

El trámite se realiza de manera presencial. La persona interesada debe acudir al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE más cercano a su domicilio y presentar la documentación correspondiente.

El paso a paso:

  • Primero, asegúrate de reunir todos los documentos necesarios, incluyendo: Certificado de defunción, facturas de los servicios funerarios, identificación del solicitante, CURP del solicitante, credencial de pensionado o último comprobante de pago del derechohabiente fallecido y reporte de cheques cancelados por fallecimiento (en caso de aplicar).
  • Una vez que tengas toda la documentación en orden, dirígete al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del instituto más cercano a tu domicilio y solicitar iniciar el trámite. 
  • Presenta tus documentos y rellena el formato de solicitud. Es importante ser preciso y claro al proporcionar la información requerida para evitar demoras en el proceso.
  • Una vez entregados los documentos, se realiza la solicitud para que el Instituto revise el caso. El trámite es gratuito y no es necesario solicitar una cita previamente, según la información oficial del ISSSTE.

¿Cuánto tarda el ISSSTE en pagar los gastos funerarios?

El instituto establece un plazo de respuesta de hasta 90 días hábiles para obtener la resolución del trámite. Por ello, después de presentar la solicitud es necesario esperar a que el Instituto revise la documentación y determine si procede el pago.

¿Qué pasa si no se solicita el pago de gastos funerarios?

Si la persona que pagó el funeral no realiza el trámite, no podrá obtener el beneficio de recuperar el dinero que desembolsó por los servicios funerarios, de acuerdo con el propio ISSSTE.

Por eso, después del fallecimiento de un jubilado o pensionado, es importante conservar el certificado de defunción, la factura de los servicios funerarios y los documentos de identificación necesarios para solicitar esta prestación.

La prestación, también conocida como reembolso de gastos funerarios ISSSTE, continúa contemplada dentro de los trámites y apoyos que el instituto ofrece actualmente a pensionados y jubilados.

Paloma Franco
Paloma Franco
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