El PJF puso en marcha nuevas medidas para atender el rezago de expedientes sin sentencia que se concentra en distintos órganos jurisdiccionales del país. El acuerdo aprobado por el Pleno del Órgano de Administración Judicial establece acciones para medir las cargas de trabajo, redistribuir asuntos, enviar personal de apoyo y, cuando sea necesario, suspender temporalmente el ingreso de nuevos casos en los órganos que presenten mayores niveles de saturación.
La decisión quedó formalizada mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se detallan las acciones que buscan mejorar el desempeño de los órganos jurisdiccionales y avanzar en la resolución de los asuntos pendientes. El objetivo establecido es favorecer el acceso a una justicia pronta y expedita y disminuir de manera efectiva el número de expedientes que permanecen sin sentencia.
Los datos que acompañan la medida muestran la dimensión del reto. De acuerdo con el análisis estadístico nacional del Poder Judicial de la Federación, 210 mil 459 asuntos presentan algún tipo de rezago. Esta cifra representa 62.70 por ciento del universo de asuntos reportados como integrados para resolverse, mientras que 37.3 por ciento permanece dentro del plazo legal previsto para su resolución.
El PJF identifica más de 210 mil asuntos en rezago
La fotografía estadística permite observar que el problema no se distribuye de manera uniforme entre los diferentes órganos judiciales. Los Tribunales Colegiados de Circuito concentran el porcentaje más elevado de rezago, con 66.30 por ciento de sus asuntos, de acuerdo con las cifras incluidas en el acuerdo.
Después aparecen los Tribunales Colegiados de Apelación, con 40.1 por ciento, mientras que los Juzgados de Distrito registran 26.90 por ciento. Considerando el universo general de órganos, el porcentaje de rezago señalado en el documento es de 62.70 por ciento.
Detrás de estas cifras se encuentra una enorme cantidad de expedientes que deben avanzar hacia una resolución. Por ello, las nuevas medidas no se limitan a establecer un objetivo general, sino que plantean mecanismos para identificar qué órganos presentan las mayores cargas y cuáles requieren apoyo adicional.
El acuerdo establece que los circuitos judiciales serán analizados de acuerdo con sus características particulares. La identificación de los órganos con mayor existencia final de asuntos y mayor dilación en el dictado de sentencias servirá como base para determinar las acciones que correspondan.
¿Qué medidas aplicará el Poder Judicial para reducir el rezago?
El acuerdo contempla diferentes herramientas para atender los órganos que presentan mayores cargas de trabajo. Una de ellas es la redistribución de asuntos, mientras que otra consiste en enviar personal de apoyo a los lugares donde sea necesario.
También se contempla la suspensión temporal del ingreso de nuevos casos en los órganos que se encuentren más saturados. De esta forma, la estrategia busca evitar que determinadas áreas continúen acumulando expedientes mientras trabajan para reducir los asuntos pendientes.
Las medidas también pueden incluir modificaciones en la organización de los propios órganos jurisdiccionales. La Comisión de Creación y Seguimiento de Órganos Jurisdiccionales tendrá que proponer, según las necesidades identificadas, acciones como la reorganización, conversión, ampliación de competencia, cambio de especialización o conclusión de funciones.
Estas decisiones estarán vinculadas con los programas específicos que se desarrollarán para los circuitos judiciales. El acuerdo señala que las acciones deberán considerar las particularidades de cada región y las necesidades concretas detectadas mediante el monitoreo de la actividad jurisdiccional.
El PJF también contempla cambios de adscripción y personal
Otra parte de la estrategia está relacionada con la distribución del personal judicial. La Comisión de Adscripción deberá realizar las acciones necesarias para proponer cambios de adscripción, readscripciones y reubicaciones.
También podrá plantear designaciones de personas secretarias en funciones para cubrir plazas vacantes de titulares en los diferentes órganos jurisdiccionales que resulten afectados por las medidas adoptadas.
La intención es que la estrategia para reducir el rezago no dependa únicamente de mover expedientes, sino que también pueda acompañarse de los recursos humanos necesarios para procesarlos.
A la par, se ordenó crear un Grupo de Trabajo en Apoyo a las Medidas. Este grupo estará integrado por una persona designada por cada integrante del Órgano de Administración Judicial y será coordinado por la Presidencia mediante la Coordinación General de Planeación Institucional.
Su función principal será apoyar al Pleno en el seguimiento y evaluación de las medidas implementadas.
Los tribunales auxiliares también podrán apoyar
El acuerdo contempla además la participación de los órganos jurisdiccionales auxiliares distribuidos en las diferentes regiones del país.
Son 10 tribunales colegiados auxiliares y 17 juzgados de Distrito auxiliares que conforman nueve regiones. Estos órganos podrán ser facultados para apoyar integralmente en el trámite de expedientes y en el dictado de sentencias, además de participar en la vigilancia del cumplimiento de sentencias de amparo.
La participación dependerá de lo que establezca el Pleno del Órgano de Administración Judicial en los programas correspondientes y de las capacidades operativas de cada órgano.
Este mecanismo permite incorporar recursos ya existentes dentro de una estrategia enfocada en los lugares donde la acumulación de asuntos sea mayor.
¿Cómo se medirá el rezago de los expedientes?
Una de las partes centrales del acuerdo consiste en establecer criterios operativos para identificar cuándo un expediente comienza a considerarse rezagado.
El punto de partida será el momento en que el asunto queda en condiciones de ser resuelto. A partir de ahí, se establecen diferentes periodos:
- De 0 a 90 días: se considera dentro del plazo legal y no constituye rezago.
- De 91 a 180 días: corresponde a rezago de baja temporalidad.
- De 181 a 360 días: se clasifica como rezago de media temporalidad.
- Más de 360 días: se considera rezago de alta temporalidad.
Esta clasificación permitirá distinguir entre expedientes que todavía se encuentran dentro del periodo establecido y aquellos que llevan un tiempo considerablemente mayor esperando una resolución.
Así, el seguimiento podrá concentrarse especialmente en los asuntos que acumulen los mayores periodos sin sentencia.
Factores que pueden provocar retrasos en las sentencias
El documento también establece una clasificación de las razones que pueden estar relacionadas con la dilación en el dictado de sentencias.
Por un lado están los factores de hecho, que incluyen cuestiones estructurales y operativas. Dentro de este grupo aparecen las cargas de trabajo inusuales, la falta de recursos materiales y la insuficiencia de órganos jurisdiccionales, entre otros elementos.
Por otro lado están los factores humanos, relacionados con el desempeño del personal jurisdiccional. Entre los ejemplos señalados aparecen conflictos entre titulares, baja productividad de secretarios y problemas de organización del trabajo.
El propio acuerdo precisa que esta clasificación tiene fines de diagnóstico y gestión institucional y que no implica prejuzgar responsabilidades individuales.
¿Cuándo entran en vigor las nuevas medidas?
El acuerdo publicado en el DOF establece que las medidas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. A partir de ese momento comenzará el proceso para desarrollar las acciones específicas que deberán aplicarse en los diferentes circuitos judiciales.
Las áreas administrativas competentes tendrán un plazo máximo de 90 días para elaborar y presentar al Pleno del Órgano de Administración Judicial las acciones derivadas de la aprobación de estas medidas.
Ese periodo será clave para convertir los lineamientos generales en programas concretos, tomando en cuenta las necesidades y características de cada circuito.
El objetivo establecido es reducir el rezago y mejorar el desempeño de los órganos jurisdiccionales, pero la estrategia parte de un diagnóstico detallado de las cargas de trabajo, los tiempos de resolución y las condiciones de cada órgano.
Con la publicación del acuerdo, el PJF establece así un esquema que combina medición de cargas, redistribución de asuntos, apoyo de personal, participación de órganos auxiliares y clasificación temporal de los expedientes para identificar dónde se concentra el mayor retraso.
La cifra de 210 mil 459 asuntos con algún tipo de rezago permite dimensionar el desafío señalado en el documento. Las nuevas medidas buscan que ese diagnóstico se convierta en acciones concretas para avanzar en la resolución de expedientes y fortalecer el objetivo de una justicia pronta y expedita. El PJF inicia así una nueva etapa de seguimiento y reorganización enfocada en atender los asuntos pendientes.


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