El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) ha tomado una decisión histórica al rechazar la solicitud de revocación de mandato contra el gobernador Rubén Rocha Moya, citando como principal argumento el principio de no retroactividad de la ley. Esta resolución, basada en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, protege la seguridad jurídica de los ciudadanos y evita que se aplique una ley de manera retroactiva. A pesar de esta decisión, Rocha Moya ha expresado su voluntad de someterse a la consulta ciudadana, destacando su compromiso con la democracia y la voluntad popular.
¿Por qué no es posible la revocación de mandato en Sinaloa?
La figura de la revocación de mandato ha cobrado fuerza en México en los últimos años como un mecanismo de rendición de cuentas, pero en el caso de Sinaloa, el contexto legal impide que se aplique a Rocha Moya.
En las elecciones del 6 de junio de 2021, los sinaloenses eligieron a Rubén Rocha Moya como gobernador para un periodo de seis años, que comenzó el 1 de noviembre de 2021 y concluye el 31 de octubre de 2027. En aquel proceso electoral, no existía en el estado ninguna disposición legal que permitiera la terminación anticipada del mandato. Sin embargo, con el decreto número 138 publicado en junio de 2022, se incluyó la figura de la revocación de mandato en la Constitución de Sinaloa y, posteriormente, en febrero de 2024, se promulgó una ley específica para este proceso.
El IEES argumenta que aplicar la ley de revocación de mandato al actual gobernador resultaría en una medida retroactiva, lo que no solo afectaría los derechos de Rocha Moya, sino también los de la ciudadanía, que votó bajo un marco legal distinto.
La postura de Rocha Moya: compromiso con la consulta popular
A pesar de la decisión del IEES, el gobernador Rubén Rocha Moya sigue firme en su intención de someterse a la voluntad popular. Como uno de los impulsores de esta reforma en su etapa como senador, Rocha Moya ha defendido la revocación de mandato como una herramienta democrática clave. En sus declaraciones recientes, afirmó que enviará un oficio al IEES para solicitar formalmente la consulta ciudadana y así acatar la voluntad del pueblo.
Desde un evento en el ejido Primero de Mayo, Rocha Moya manifestó: “Yo quiero someterme, para eso fui yo quien mandó la iniciativa de ley y estoy en la idea de que se aplique conmigo”. Sus palabras reflejan un compromiso con los principios democráticos y una apuesta por el respeto a la voz de la ciudadanía, pese a las barreras legales.
Análisis de la decisión: retroactividad y seguridad jurídica
La negativa del IEES se apoya en el principio constitucional de no retroactividad, que busca proteger los derechos adquiridos y evitar que una ley se aplique a hechos previos a su promulgación. Esta decisión subraya un aspecto esencial del marco jurídico mexicano: la ley no puede aplicarse en perjuicio de derechos consolidados en un momento anterior.
Este principio tiene profundas implicaciones, ya que evita que cambios legales afecten decisiones del pasado. En el caso de Rocha Moya, el IEES argumenta que cualquier intento de revocación sería inconstitucional y dañaría la estabilidad jurídica del estado.
Contexto histórico: la figura de revocación de mandato en México
La revocación de mandato es una figura relativamente reciente en la política mexicana, adoptada en varios estados como una manera de fomentar la rendición de cuentas y el compromiso de los funcionarios públicos con sus ciudadanos. Sin embargo, el caso de Sinaloa marca un precedente interesante, al colocar en primer plano la pregunta de si debe prevalecer la ley por encima de la voluntad del funcionario de ser evaluado en medio de su mandato.
Para el gobernador Rocha Moya, esta resolución podría ser una oportunidad para profundizar en el debate público sobre el alcance y las limitaciones de la revocación de mandato en México, un tema que seguirá siendo de interés en los próximos años.
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