Amparo a El Chapo: Corte mexicana niega revisar acciones de autoridades de Estados Unidos
Amparo a El Chapo volvió a colocarse en el centro del debate jurídico luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazara analizar un recurso presentado por la defensa de Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera. Con esta decisión, el máximo tribunal mexicano cerró la posibilidad de que el ex líder del Cártel de Sinaloa utilice el juicio de amparo para impugnar presuntas violaciones a sus derechos humanos cometidas por autoridades de Estados Unidos.

El caso gira en torno a la intención de la defensa del narcotraficante de cuestionar la legalidad de su proceso y condena en territorio estadounidense. Sin embargo, los ministros determinaron que el juicio de amparo en México solo procede contra actos de autoridades nacionales con jurisdicción dentro del país, por lo que no puede aplicarse contra tribunales o instituciones extranjeras.
SCJN determina que el amparo no aplica contra autoridades extranjeras
La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó por improcedente el recurso de revisión presentado por el abogado Christian Camacho Ruiz, integrante del equipo legal de Guzmán Loera. La decisión se dio tras considerar que el caso no corresponde a un asunto constitucional que amerite el análisis del máximo tribunal.
En listas electrónicas, la Corte explicó que el recurso buscaba impugnar la negativa de tribunales inferiores que previamente rechazaron conceder el amparo al ex líder del narcotráfico. El argumento central de esos tribunales fue que el amparo únicamente puede dirigirse contra actos de autoridades mexicanas, no contra instituciones o funcionarios de otro país.
Con esta resolución, la Corte no analizó el fondo de la demanda, pero sí dejó firme la sentencia emitida el 6 de febrero por el Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, que confirmó la decisión inicial de desechar la solicitud.
La sentencia previa que cerró el camino legal
El origen del proceso se encuentra en una resolución del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California, que en noviembre de 2025 desechó la demanda de amparo presentada por Guzmán Loera.
En esa demanda, el ex líder del Cártel de Sinaloa denunció presuntas violaciones a sus derechos humanos, incluyendo ilegal privación de la libertad, detención arbitraria, retención e incomunicación en territorio estadounidense.
No obstante, tanto el juez de distrito como el tribunal colegiado coincidieron en que los tribunales mexicanos carecen de jurisdicción para pronunciarse sobre actos realizados por autoridades extranjeras. Según su interpretación, permitir lo contrario implicaría vulnerar principios fundamentales del derecho internacional, como la soberanía de los Estados y la no intervención.
La defensa de Guzmán Loera y su argumento constitucional
La defensa del narcotraficante sostuvo que el desechamiento del amparo le causaba un agravio grave, ya que actualmente cumple una condena que considera violatoria de la Constitución mexicana.
Guzmán Loera fue extraditado de México a Estados Unidos el 19 de enero de 2017 y posteriormente condenado el 17 de julio de 2019 a cadena perpetua más 30 años adicionales de prisión, además de la confiscación de más de 12 mil millones de dólares por delitos relacionados con el tráfico internacional de drogas.
El equipo legal argumentó que la cadena perpetua impuesta por el juez federal estadounidense Brian M. Cogan constituye una pena inusitada que contraviene el artículo 22 de la Constitución mexicana, el cual prohíbe castigos excesivos.
Además, señalaron que en procesos de extradición, el Estado solicitante debe comprometerse a no imponer prisión vitalicia si la legislación del país que entrega al acusado no contempla esa sanción.
Señalamientos contra autoridades estadounidenses
En la demanda de amparo también se acusó directamente a diversas autoridades estadounidenses de violar los derechos humanos del ex capo.
Entre las instituciones señaladas se encuentran el juez Brian M. Cogan, la Corte Suprema de Justicia de Massachusetts en Nueva York y la prisión federal de máxima seguridad ADX Florence, en Colorado, donde actualmente se encuentra recluido.
La defensa también argumentó que el Estado mexicano tiene la obligación de proteger a sus ciudadanos, investigar posibles actos de tortura y garantizar que el juicio de amparo sea un mecanismo efectivo para reparar violaciones a los derechos humanos, incluso cuando estas ocurran fuera del territorio nacional.
Asimismo, mencionaron estándares internacionales como el Protocolo de Estambul, utilizado para investigar posibles actos de tortura.

La decisión final y sus implicaciones jurídicas
A pesar de estos argumentos, los tribunales mexicanos determinaron que el juicio de amparo no puede utilizarse para cuestionar decisiones tomadas por autoridades extranjeras.
La SCJN subrayó que el recurso presentado impugnaba una resolución emitida por un tribunal colegiado en un recurso de queja, lo que no encaja en los supuestos establecidos por el artículo 81 de la Ley de Amparo.
Por ello, concluyó que la resolución impugnada es una decisión definitiva e inatacable, lo que significa que ya no existen recursos legales dentro del sistema judicial mexicano para revisar ese caso.
Además, la Corte aclaró que el principio pro persona, que busca favorecer la protección más amplia de los derechos humanos, no puede utilizarse para ignorar los requisitos legales que determinan cuándo procede un juicio de amparo.
Un caso emblemático que sigue generando debate
La resolución marca un nuevo capítulo en la larga batalla legal del ex líder del narcotráfico, quien permanece recluido en una de las prisiones más seguras de Estados Unidos.
El caso también reabre el debate sobre los límites del juicio de amparo, la protección de los derechos humanos de ciudadanos mexicanos en el extranjero y el alcance de la cooperación judicial entre países.

Aunque la Suprema Corte no abordó el fondo de las acusaciones presentadas por la defensa, su decisión deja claro que los tribunales mexicanos no pueden intervenir en procesos judiciales que se desarrollan fuera de su jurisdicción.
De esta manera, el intento de Guzmán Loera por utilizar el sistema judicial mexicano para cuestionar su condena en Estados Unidos queda definitivamente cerrado, al menos dentro del marco del juicio de amparo.


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