lunes, diciembre 22, 2025

¿EEUU designará a cárteles mexicanos como terroristas? Aquí los detalles

El 20 de enero, el expresidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó una orden ejecutiva para designar a los cárteles mexicanos como Organizaciones Terroristas Extranjeras (FTO, por sus siglas en inglés). Esta decisión busca abordar la creciente amenaza que representan estas organizaciones para la seguridad de Estados Unidos.

Entre los cárteles señalados se encuentran grupos de gran alcance como el Cártel de Sinaloa y el CJNG, además de otras organizaciones con actividades significativas tanto dentro como fuera de México.

Criterios para la designación como organización terrorista

De acuerdo con la legislación estadounidense, una organización puede ser designada como terrorista si cumple con los siguientes requisitos:

  1. Ubicación fuera de Estados Unidos: Debe operar principalmente en el extranjero.
  2. Actividades terroristas: Debe participar o tener capacidad para realizar actos violentos, como asesinatos, secuestros o el uso de armas químicas.
  3. Amenaza significativa: Sus acciones deben representar un riesgo para la seguridad nacional o los ciudadanos estadounidenses.

Estos criterios permitirían aplicar sanciones más severas, como el congelamiento de activos, juicios extraterritoriales y el aumento de cooperación internacional para combatir a estas organizaciones.

Los 9 cárteles que serían incluidos en la lista

  1. Cártel de Sinaloa: Con una estructura global, es uno de los cárteles más poderosos. Trafica cocaína, metanfetaminas y opioides como el fentanilo.
  2. CJNG (Cártel Jalisco Nueva Generación): Conocido por su violencia extrema y expansión internacional, es liderado por Nemesio Oseguera Cervantes, alias «El Mencho».
  3. Cártel del Golfo: Una organización histórica con actividades de tráfico de drogas, personas y pesca ilícita en el Golfo de México.
  4. Los Zetas: Aunque fragmentado, este cártel sigue activo a través de facciones como el Cártel del Noreste.
  5. Cártel del Noreste (CDN): Una escisión de Los Zetas, conocido por su capacidad armamentista y violencia en el noreste de México.
  6. Cártel de Juárez: Antiguo pero aún activo, mantiene disputas territoriales en Chihuahua a través de su brazo armado, La Línea.
  7. Cártel de Tijuana (Arellano Félix): Aunque debilitado, sigue operando en Baja California.
  8. Organización de los Beltrán Leyva: Fragmentado en células como Los Rojos y Guerreros Unidos, mantiene presencia en Guerrero.
  9. La Familia Michoacana: Enfocado en tráfico de drogas y extorsión, ha ampliado su influencia en Guerrero y el Estado de México.

Impacto de esta designación

Consecuencias legales y operativas

Con esta designación, los cárteles tendrían restricciones similares a grupos como Al-Qaeda y el Estado Islámico (ISIS). Las sanciones incluyen:

  • Congelamiento de activos: Cualquier propiedad en EEUU vinculada a estas organizaciones sería bloqueada.
  • Jurisdicción extraterritorial: Facilitaría la extradición y juicio de líderes criminales en tribunales estadounidenses.
  • Delito grave por apoyo material: Proveer recursos a estos grupos podría implicar penas de hasta 20 años de prisión o incluso cadena perpetua.

Críticas y desafíos

Aunque algunos sectores políticos apoyan esta medida, expertos advierten que clasificar a los cárteles como organizaciones terroristas podría:

  1. Dificultar las relaciones diplomáticas con México: El gobierno mexicano ha expresado su rechazo a esta propuesta, argumentando que podría violar la soberanía nacional.
  2. Aumentar tensiones internacionales: Podría justificar acciones unilaterales de EEUU en territorio mexicano.
  • Ampliar el enfoque militar: Podría desviar recursos de programas sociales y de prevención en favor de estrategias armadas.

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