El Congreso de Quintana Roo aprobó con 18 votos a favor la expedición de la Ley para la Declarlación Especial de Ausencia Por Desaparición de Personas, una iniciativa con la cual se establecen los lineamientos legales que deberán de seguir los familiares de una persona desaparecida, para acceder a derechos patrimoniales, seguridad social y representación legal sin la necesidad de esperar largos procesos judiciales ni pruebas de defunción.
La propuesta, impulsada por Morena, se unificó con la presentada en marzo de este año por el diputado del Partido del Trabajo, Hugo Alday, elaborada en conjunto con colectivos, abogados e integrantes de la legislatura, con el propósito de identificar y eliminar los obstáculos legales que enfrentan las familias de personas desaparecidas.
«En el caso de la desaparición, un delito de gran magnitud en el estado, muchas veces las familias de las personas desaparecidas continúan enfrentando procesos judiciales, pensiones alimentarias, deudas y pagos de nóminas de los que no pueden hacer uso.
“Además, cuando las familias dependen de un solo proveedor, la desaparición de este impide el acceso a los recursos que pudieran estar disponibles en el banco o los ingresos que recibía de su empleador”, explicó Hugo Alday.
Un documento que abrirá las puertas a los familiares
El diputado explicó que como parte de los lineamientos aprobados se crea un documento denominado como Declaración de Ausencia que deberá ser emitida por un juez civil, el cual estará vinculado a la carpeta de investigación de la desaparición.
«Teníamos una gran laguna porque a nivel estatal aún no está vigente este código. Lo que buscamos es establecer un enlace entre la desaparición forzada y la posibilidad de que los familiares de las víctimas puedan, por un lado, suspender temporalmente el pago de deudas del desaparecido, y por otro, acceder a los ingresos que esta persona recibía, pero que ellos no pueden utilizar por no ser la persona desaparecida”, dijo.
En ese sentido, la nueva ley establece un procedimiento mediante el cual el Ministerio Público o los familiares, al presentar la carpeta de investigación, puedan solicitar a un juez civil una declaratoria de ausencia.
Con esta declaratoria, podrán acudir a diversas instancias, como bancos o empresas, para notificar que el sujeto está desaparecido, congelar cualquier proceso financiero y, en algunos casos, incluso recibir el salario del familiar hasta su aparición.
Avanza ley para mejorar la búsqueda de personas desaparecidas
Como parte del paquete de iniciativas presentadas en materia de desaparición de personas, el diputado también impulsa la Ley de Desaparición Forzada de Personas en Quintana Roo que tiene como objetivo el mejoramiento de los procedimientos de búsqueda y localización de personas desaparecidas en el estado.
El diputado Hugo Alday mencionó que aunque en Quintana Roo ya se cuenta con una Ley enfocada en la atención de este delito, se requiere de una redacción actualizada con medidas y mecanismos que buscan agilizar los procesos, resolver lagunas legales y garantizar la eficiencia en la búsqueda.
«Primero fue la Ley de Desaparición de Personas de Quintana Roo, con la que ya se establecieron las reglas para que la ley general a nivel nacional tenga particularidades en nuestra entidad. Ahora, lo que queremos es contar con procedimientos específicos para las autoridades de Quintana Roo y para los comités de búsqueda en el estado, con el fin de evitar lagunas legales en la materia», explicó.
Uno de los aspectos clave de la nueva propuesta es la organización de un comité de búsqueda de personas desaparecidas que será dirigido por un enfoque ciudadano y será responsable de coordinar las acciones de búsqueda y asegurar que los esfuerzos estén alineados con las necesidades de las familias afectadas.
«En esta ley, lo que estamos proponiendo es establecer una estructura clara para el comité de búsqueda en Quintana Roo, con una dirección ciudadana que garantice una mayor transparencia y eficiencia en los procesos.
“También estamos trabajando en la creación de un banco de datos que conecte a personas desaparecidas con aquellos que ya han sido identificados como fallecidos y no reclamados, con el fin de facilitar las búsquedas. Esto permitirá acelerar las búsquedas y hacer más eficiente la identificación de personas», comentó.
Avanza identificación de personas desaparecidas
En Quintana Roo, la Fiscalía General del Estado (FGE) informó avances en la identificación de personas fallecidas que permanecían sin reclamar desde 2017. De acuerdo con la dependencia, de un total de 800 cuerpos no identificados, ya se logró reconocer a 191, aunque 60 de ellos aún no han sido entregados a sus familias.
El fiscal Raciel López Salazar destacó que esto ha sido gracias al micrositio que funciona como base de datos para que los familiares puedan consultar los registros. Explicó que las huellas dactilares de las personas fallecidas fueron cotejadas con la base del Instituto Nacional Electoral (INE), lo que permitió confirmar identidades con el uso de un escáner de alta precisión.
“Esta herramienta moderniza las capacidades forenses de la institución y cumple con una recomendación del Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas”, mencionó el fiscal.
Aunque el anuncio representa un avance en la identificación de cuerpos, las desapariciones en Quintana Roo van en aumento. De acuerdo con el “Informe Estatal sobre Desapariciones 2025” del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD) y Red Lupa, los casos se han incrementado en un 162% desde 2022.
Ese año se registraron 591 personas desaparecidas; en contraste, para mayo de 2025 la cifra alcanzó mil 552 casos, de los cuales 155 corresponden a nuevos reportes. En lo que va del año, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) contabiliza 450 casos en la entidad.
Los municipios con mayor número de desapariciones son Benito Juárez, Othón P. Blanco, Solidaridad, Felipe Carrillo Puerto y Tulum. El 31% de los casos corresponde a mujeres entre 15 y 19 años.
¿Qué significa la Declaración de Ausencia y para qué sirve?
La llamada Declaración Especial de Ausencia puede ser pedida por la familia directa, la pareja sentimental, personas cercanas, representantes legales, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, e incluso la Fiscalía, cuando no exista un tutor para los hijos menores.
La solicitud puede hacerse después de tres meses de haber denunciado la desaparición, y una vez que un juez la aprueba, se activan beneficios que buscan cuidar tanto a la familia como al patrimonio de la persona ausente.
ALCANCES DE LA DECLARATORIA DE AUSENCIA
- Reconocer legalmente la ausencia desde la fecha en que se hizo la denuncia.
- Proteger a los hijos menores de 18 años, garantizando que conserven sus derechos y, de ser necesario, designando un tutor.
- Cuidar el patrimonio de la persona desaparecida, como casas, terrenos o bienes que estén a crédito o hipotecados.
- Permitir que la familia pueda acceder al dinero en el banco o a los bienes, siempre bajo la supervisión de un juez.
- Mantener la seguridad social, de manera que la familia continúe recibiendo prestaciones, servicios médicos o apoyos derivados de la relación laboral.
- Suspender pagos u obligaciones provisionales, como créditos o deudas, mientras dure la ausencia.
- Dar la opción al cónyuge presente de disolver el matrimonio si así lo desea, sin perder el derecho de hacerlo después.


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