El calendario de 2026 será ligeramente más favorable para las personas trabajadoras en México, ya que permitirá más fines de semana largos que los habituales. Además de los tres “puentes” oficiales tradicionales por el aniversario de la Constitución, el natalicio de Benito Juárez y el aniversario de la Revolución, el próximo año se suman dos descansos adicionales gracias a la forma en que caen algunas fechas.
En particular, el Día del Trabajo (1 de mayo) y la Navidad (25 de diciembre) se celebrarán en viernes, lo que amplía las posibilidades de descanso prolongado dentro de los días festivos establecidos como obligatorios por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Aunque el calendario incluye siete días inhábiles oficiales, la LFT permite que se laboren previo acuerdo entre empleador y trabajador, siempre que exista una compensación especial. En estos casos, la ley establece el pago del salario normal más el doble, lo que se conoce comúnmente como “pago triple” por trabajar en día festivo.
Multas por incumplimiento
La legislación laboral también contempla sanciones económicas para los empleadores que no paguen correctamente este día. Las multas van de 5,187 a 518,700 pesos, y pueden aplicarse por cada trabajador afectado.
Además, sigue pendiente la definición sobre el jueves 11 de junio de 2026, fecha de inauguración del Mundial. Autoridades locales y federales han mencionado en distintos momentos la posibilidad de que ese día se declare asueto, aunque hasta ahora no existe una confirmación oficial.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO EN 2026
De acuerdo con la legislación laboral vigente, estos son los siete días inhábiles oficiales para la fuerza laboral en 2026:
Jueves 1 de enero: Año Nuevo
Lunes 2 de febrero: Aniversario de la Constitución (5 de febrero) Puente
Lunes 16 de marzo: Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo) Puente
Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo Puente
Miércoles 16 de septiembre: Aniversario de la Independencia
Lunes 16 de noviembre: Aniversario de la Revolución (20 de noviembre) Puente
Viernes 25 de diciembre: Navidad Puente
OTRAS FECHAS RELEVANTES A CONSIDERAR EN 2026
Más allá de los días de descanso obligatorio, la Secretaría de Educación Pública (SEP) contempla varias fechas de suspensión de clases que suelen influir en la dinámica laboral, aunque no son festivos oficiales. En algunos casos, las empresas optan por otorgarlos como descanso.
Con excepción del Día de las Madres (10 de mayo) y del Día de la Virgen de Guadalupe y del empleado bancario (12 de diciembre), que en 2026 caen en sábado, estas son algunas fechas a considerar:
Regreso a clases tras vacaciones de invierno: lunes 12 de enero
Semana Santa: lunes 30 de marzo al domingo 5 de abril
Vacaciones de primavera: lunes 30 de marzo al viernes 10 de abril
Consejos Técnicos Escolares (viernes sin clases): 30 de enero, 27 de febrero, 27 de marzo, 29 de mayo y 26 de junio
Suspensión de clases no oficial: miércoles 5 de mayo (Batalla de Puebla), viernes 15 de mayo (Día del Maestro) y lunes 2 de noviembre (Día de Muertos)
Fin del ciclo escolar: miércoles 15 de julio


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