Pagar con tarjeta de crédito o débito es una práctica habitual para comprar alimentos, ropa, artículos para el hogar y otros productos. Sin embargo, al momento de cubrir la cuenta, algunos establecimientos agregan un porcentaje adicional por utilizar la terminal bancaria. Este cargo puede aparecer como comisión por pago con tarjeta o recargo por uso de terminal.

Ante esta situación, la Profeco recuerda que el precio informado al consumidor debe respetarse y que los establecimientos no deben trasladar automáticamente a sus clientes las comisiones que les cobra el banco por aceptar pagos con tarjeta. Por eso, si el precio anunciado cambia cuando eliges esta forma de pago, conviene conocer tus derechos y saber cómo actuar.

La diferencia es importante: no se trata de un descuento que el comercio decide ofrecer, sino de un cargo adicional que puede vulnerar las disposiciones de protección al consumidor y las condiciones del contrato de la terminal bancaria.

¿Qué dice la Profeco sobre las comisiones por pagar con tarjeta?

La Ley Federal de Protección al Consumidor establece obligaciones para los proveedores respecto de los precios y la información que ofrecen al público. Su artículo 7 Bis dispone que deben informar de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios, incluidos los impuestos y otros cargos aplicables.

En este contexto, la Profeco ha señalado que cobrar una comisión adicional por pagar con tarjeta constituye una práctica indebida cuando el comercio traslada al consumidor el costo que le corresponde asumir por aceptar ese medio de pago.

Por ejemplo, si un producto cuesta 1,000 pesos y el establecimiento agrega 30 pesos por pagar con tarjeta, el consumidor puede cuestionar el cargo si no corresponde al precio total informado ni a una condición válida de la operación. Un aviso en la caja que anuncie el recargo no convierte automáticamente esa práctica en legal.

También es importante, según la Profeco, distinguir entre una comisión impuesta por el comercio y los intereses o cargos que pudiera aplicar una institución financiera conforme a un contrato de crédito. Son conceptos distintos y deben revisarse por separado.

¿De cuánto es la multa por cobrar comisión con tarjeta?

Los establecimientos que incumplen las disposiciones de protección al consumidor pueden recibir sanciones económicas. El artículo 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor contempla multas que, para 2026, van de $760.89 a $2,434,847.42 pesos, conforme a los montos actualizados para este año.

La sanción aplicable depende de las circunstancias del caso y de la infracción acreditada. Además, los contratos de afiliación que los comercios celebran con las instituciones bancarias pueden establecer restricciones al traslado de comisiones a los tarjetahabientes, incluso con consecuencias para el uso de la terminal.

Por ello, si un negocio te exige pagar un porcentaje extra por utilizar una tarjeta, puedes documentar lo ocurrido y solicitar orientación a la autoridad correspondiente.

Profeco: paso a paso para denunciar un cobro extra

Si un establecimiento te agregó una comisión al pagar, sigue estas recomendaciones para respaldar tu reclamación:

  1. Solicita que respeten el precio anunciado. Explica que el importe debe corresponder al precio total informado y pregunta por qué aparece un cargo adicional.
  2. Guarda el comprobante. Conserva el ticket, recibo o comprobante bancario donde se identifique el monto pagado.
  3. Reúne pruebas. Fotografía los precios exhibidos y, si existe, el aviso que anuncia la comisión. También puedes guardar capturas de mensajes o publicidad relacionada con la compra.
  4. Identifica al establecimiento. Anota su nombre comercial, dirección, fecha de la operación y, si es posible, el nombre que aparece en el comprobante.
  5. Contacta a la autoridad. La Profeco dispone de canales de orientación para indicarte cómo proceder y qué información necesitas presentar.

No es indispensable discutir con el personal del negocio. Si no aceptan retirar el cargo, puedes valorar si continúas con la compra y posteriormente presentar tu reclamación con las pruebas disponibles.

¿Dónde presentar la queja ante la Profeco?

Existen distintas vías para solicitar orientación o iniciar un procedimiento. La opción adecuada depende del proveedor y de las características del caso.

  • Teléfono del Consumidor: llama al 55 5568 8722 desde la Ciudad de México y su área metropolitana, o al 800 468 8722 desde el resto del país.
  • Concilianet: consulta el portal oficial https://concilianet.profeco.gob.mx/ para verificar si el proveedor participa en este mecanismo de conciliación en línea.
  • Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO): si el establecimiento no participa en Concilianet, consulta la oficina que corresponda a tu domicilio para conocer las opciones disponibles.

Para utilizar Concilianet, primero debes registrarte, crear tus datos de acceso y comprobar que el proveedor esté incluido en la plataforma. Después, presenta la reclamación con la información solicitada y adjunta los documentos relacionados con la operación. Si la autoridad admite el caso, te indicará cómo continuar con el procedimiento conciliatorio.

La Profeco también puede orientarte sobre la diferencia entre presentar una denuncia para reportar una práctica comercial y una queja que busca resolver un conflicto particular con un proveedor.

¿Qué debes recordar antes de pagar con tarjeta?

El precio anunciado debe respetarse y un comercio no puede justificar automáticamente un recargo alegando que el banco le cobra por utilizar una terminal. Revisar la cuenta antes de autorizar el pago y conservar los comprobantes ayuda a identificar posibles irregularidades.

Si detectas un cargo adicional, reúne las pruebas y utiliza los canales oficiales para solicitar orientación. Así podrás conocer las opciones disponibles para tu caso y ejercer tus derechos como consumidor.