Cuando una persona deja su empleo, una de las primeras preguntas que suele hacerse es cuánto dinero debe recibir de la empresa. La indemnización de 90 días de salario es una de las prestaciones más conocidas, pero no se paga automáticamente cada vez que termina una relación laboral.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) distingue entre la renuncia voluntaria, el despido justificado y la separación injustificada. Cada situación tiene consecuencias diferentes, por lo que conocerlas ayuda a identificar qué cantidades puedes reclamar y cuándo necesitas asesoría laboral.

El creador de contenido conocido como Abogado del Trabajo explicó estas diferencias en redes sociales. Sin embargo, para determinar qué corresponde en cada caso, es necesario revisar las disposiciones legales y las circunstancias concretas de la separación.

¿En qué casos no corresponde la indemnización de 90 días?

Existen dos situaciones generales en las que no procede la indemnización constitucional por despido injustificado: cuando el trabajador renuncia voluntariamente y cuando el patrón acredita una causa legal de rescisión que justifica el despido.

Esto no significa que la empresa pueda quedarse con el dinero que el trabajador ya generó. Los salarios pendientes y las prestaciones devengadas deben revisarse por separado, incluso cuando la terminación de la relación laboral se produce por una causa justificada.

Por eso, antes de firmar documentos o aceptar una cantidad, conviene identificar qué tipo de terminación ocurrió y solicitar el desglose de los conceptos que integran el pago final.

Caso 1: renuncia voluntaria

Si una persona decide dejar su empleo por iniciativa propia, generalmente no tiene derecho a reclamar los tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional. No obstante, sí puede exigir el pago de las prestaciones que haya generado durante su relación laboral.

El finiquito puede incluir salarios pendientes, la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y otras prestaciones contractuales que correspondan. La cantidad depende del tiempo trabajado, el salario y las condiciones aplicables.

También existe la prima de antigüedad, pero en caso de renuncia voluntaria, por regla general, se requiere haber cumplido al menos 15 años de servicio. Esta prestación se calcula con base en 12 días de salario por año trabajado, conforme a los límites legales aplicables.

Caso 2: despido justificado

La empresa puede rescindir una relación laboral sin pagar la indemnización de tres meses cuando existe una causa legal prevista en el artículo 47 de la LFT y se cumplen los requisitos correspondientes.

Entre las conductas que pueden constituir causas de rescisión están determinados actos de violencia, acumular más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días y presentarse a trabajar en estado de embriaguez, conforme a las condiciones establecidas por la ley.

Sin embargo, no basta con que el patrón afirme que existió una falta. La causa debe sustentarse y la empresa debe cumplir las formalidades legales para comunicar la rescisión.

En este escenario, el trabajador conserva el derecho a recibir las prestaciones pendientes que le correspondan. Además, puede tener derecho a la prima de antigüedad sin necesidad de cumplir 15 años de servicio.

¿Qué pasa si el patrón dice que fue justificado, pero no estás de acuerdo?

Imagina que llegas al trabajo y te informan que estás despedido por supuestas faltas injustificadas. Si consideras que la razón no es válida o que la empresa no cumplió el procedimiento, puedes buscar asesoría para determinar si procede reclamar un despido injustificado.

El artículo 47 establece requisitos para el aviso de rescisión. La falta de ese aviso genera una presunción de separación injustificada, salvo prueba en contrario.

En esos casos, el artículo 48 contempla la posibilidad de solicitar la reinstalación o la indemnización correspondiente, según las condiciones legales aplicables. El plazo general para ejercer acciones por despido es de dos meses, sujeto a las reglas legales de suspensión del cómputo.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece orientación y asesoría gratuita para quienes necesitan revisar su situación.

Diferencias entre renuncia y despido

  • Renuncia voluntaria: no corresponden los 90 días por regla general; puede proceder la prima de antigüedad después de 15 años de servicio.
  • Despido justificado: no corresponde la indemnización constitucional por despido injustificado, pero pueden proceder el finiquito y la prima de antigüedad.
  • Despido injustificado: puede reclamarse la reinstalación o la indemnización de tres meses, según corresponda, además de las prestaciones aplicables.

La indemnización depende de cómo terminó la relación laboral y de los hechos que puedan acreditarse. Antes de aceptar un finiquito, revisa los conceptos incluidos y solicita asesoría si existen dudas sobre tus derechos.