La muerte de un trabajador asegurado o pensionado no solo representa un momento difícil para su familia, también puede abrir el acceso a distintos apoyos económicos. Uno de ellos es la pensión por orfandad del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), una prestación destinada a proteger a los hijos del asegurado cuando éste fallece.
Este beneficio está contemplado en la Ley del Seguro Social y puede otorgarse tanto a menores de edad como a jóvenes que continúan estudiando o a personas con una discapacidad que les impida trabajar. Sin embargo, para obtenerlo es necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente.
¿En qué casos aplica la pensión por orfandad del IMSS?
La pensión por orfandad puede solicitarse cuando fallece un trabajador asegurado o un pensionado del IMSS y existen hijos con derecho al beneficio.
En términos generales, aplica para los hijos menores de 16 años del asegurado fallecido. No obstante, el apoyo puede extenderse hasta los 25 años cuando el beneficiario continúa estudiando en una institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional y no cuenta con un empleo registrado ante el IMSS.
También tienen derecho a recibir esta pensión los hijos mayores de 16 años que padezcan una enfermedad crónica, discapacidad física o condición mental que les impida mantenerse por sí mismos. En estos casos, el apoyo puede conservarse mientras persista la incapacidad. Por el contrario, si un hijo mayor de 16 años comienza a trabajar y queda incorporado al régimen obligatorio del Seguro Social, perderá el derecho a la pensión, salvo que exista una incapacidad reconocida por el propio IMSS.
De acuerdo con la Ley del Seguro Social, el monto de la pensión por orfandad equivale al 20% de la pensión por invalidez que recibía o le habría correspondido al asegurado al momento de fallecer.
¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador fallecido?
Para que los familiares puedan acceder a esta prestación, el trabajador debe haber reunido al menos 150 semanas de cotización y encontrarse vigente en sus derechos al momento de su fallecimiento.
Sin embargo, la ley contempla excepciones. Cuando la muerte ocurre a consecuencia de un riesgo de trabajo no se exige el requisito de las semanas cotizadas. Tampoco aplica este mínimo cuando el asegurado disfrutaba de una pensión por incapacidad permanente total con una duración menor a cinco años.
Documentos para solicitar la pensión
El IMSS solicita documentos tanto del trabajador fallecido como del beneficiario. En el caso del asegurado, se requiere el Número de Seguridad Social, la copia certificada del acta de defunción, la CURP y, si comenzó a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, un estado de cuenta de la AFORE con antigüedad no mayor a seis meses.
Por parte del beneficiario deberá presentarse una identificación oficial vigente, la CURP, un comprobante de domicilio reciente y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Además, tratándose de una pensión por orfandad será indispensable entregar la copia certificada del acta de nacimiento que acredite el parentesco con el asegurado fallecido.
Hay requisitos adicionales según cada caso
Cuando el beneficiario tiene entre 16 y 25 años y continúa estudiando, el IMSS solicita una constancia de estudios vigente expedida por una institución reconocida por la Secretaría de Educación Pública (SEP). El documento debe incluir los datos completos del alumno, el nombre del plantel, el grado escolar, el periodo que cursa y la firma o validación correspondiente.
Si el solicitante es mayor de 16 años y busca la pensión por presentar una discapacidad o enfermedad que le impide trabajar, deberá anexar el Dictamen de Invalidez para Beneficiario, conocido como formato ST-6, emitido por los servicios médicos del IMSS.
En los casos de orfandad doble, es decir, cuando han fallecido ambos padres, será necesario presentar las actas de defunción de los dos asegurados.
¿Cómo se tramita la pensión por orfandad del IMSS?
El trámite se realiza de forma presencial en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda al domicilio del beneficiario.
Los menores de edad deberán acudir representados por su tutor legal, mientras que las personas mayores de edad pueden presentar la solicitud directamente.
Una vez entregada toda la documentación, el IMSS dispone de un plazo máximo de 12 días hábiles para emitir una resolución, contados a partir del siguiente día hábil a la recepción formal de la solicitud.
Antes de acudir a la clínica, los interesados pueden consultar los requisitos actualizados y realizar una presolicitud a través del portal oficial del IMSS, con el fin de agilizar el proceso y verificar que cuentan con toda la documentación necesaria.


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