Con la llegada de los últimos meses del año, miles de pensionados comienzan a organizar sus gastos para las fiestas decembrinas, medicamentos y pagos pendientes. Por eso, cualquier noticia sobre una reducción del aguinaldo genera dudas entre quienes dependen de su pensión. Sin embargo, la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene un alcance específico y no implica un recorte generalizado en México.
El fallo avaló la constitucionalidad de una reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC), que disminuyó de 60 a 30 días de pensión el cálculo de esta prestación anual. La modificación fue publicada el 10 de agosto de 2024 y busca contribuir a la sostenibilidad financiera del organismo estatal.
La medida se relaciona con las personas que comenzaron a cotizar después de la entrada en vigor de la reforma y que posteriormente se pensionen bajo ese marco legal. Por tanto, no significa que todos los jubilados del país deban recibir la mitad de su prestación en diciembre de 2026.
¿Quiénes recibirán menos aguinaldo y quiénes conservarán el pago completo?
La resolución establece diferencias según la situación de cada persona frente al sistema de pensiones de Zacatecas. Estos son los puntos principales que deben considerar los beneficiarios:
- Futuros pensionados del ISSSTEZAC: quienes comenzaron a cotizar después de la reforma y se pensionen conforme a las nuevas reglas tendrán un aguinaldo equivalente a 30 días de pensión.
- Pensionados actuales del ISSSTEZAC: conservarán el cálculo equivalente a 60 días cuando su derecho esté protegido por las condiciones anteriores.
- Trabajadores que ya cotizaban antes de la reforma: también quedan protegidos quienes comenzaron a cotizar o solicitaron su pensión antes del 11 de agosto de 2024.
- Jubilados del IMSS y del ISSSTE federal: la sentencia sobre el instituto zacatecano no modifica automáticamente sus prestaciones.
La SCJN consideró que la reducción puede aplicarse a quienes ingresaron al sistema después de la reforma sin vulnerar su derecho a la seguridad social. Al mismo tiempo, determinó que deben respetarse las condiciones de quienes ya cotizaban o tenían una pensión antes de la entrada en vigor del cambio.
¿Por qué se redujo el aguinaldo de los pensionados de Zacatecas?
El cambio se enmarca en los ajustes a las finanzas del ISSSTEZAC. De acuerdo con los argumentos examinados por la Corte, la reforma buscó mejorar la suficiencia presupuestaria del organismo y contribuir a la continuidad de sus obligaciones con los derechohabientes.
El tribunal consideró que el aguinaldo de las personas pensionadas es una prestación adicional a la pensión periódica y que su cálculo puede modificarse para quienes ingresen al sistema bajo las nuevas condiciones, siempre que se respeten los derechos adquiridos.
Esto significa que la resolución no elimina el aguinaldo de los futuros pensionados afectados, sino que reduce de 60 a 30 los días utilizados para calcularlo. La diferencia dependerá del monto de la pensión de cada persona.
¿Cuándo recibirán el aguinaldo los pensionados del IMSS y del ISSSTE en 2026?
Para quienes reciben una pensión federal, es importante distinguir el fallo local de los calendarios ordinarios de pago. El ISSSTE informó que la primera parte del aguinaldo de 2026 se entregará durante la primera quincena de noviembre, mientras que la segunda parte se pagará posteriormente, conforme al esquema correspondiente.
En el caso del IMSS, los pensionados deben consultar la información oficial de su prestación y los avisos de pago del Instituto. La resolución sobre el ISSSTEZAC no cambia por sí misma el cálculo de su aguinaldo.
Antes de hacer planes con ese dinero, conviene verificar el régimen de pensión, la institución responsable y las fechas oficiales. Así se evitan confusiones causadas por publicaciones que presentan el cambio estatal como una medida aplicable a todos los jubilados.
En conclusión, el aguinaldo de 2026 no tendrá una reducción generalizada en México: el ajuste de 60 a 30 días corresponde a determinadas personas que ingresaron al sistema de pensiones del ISSSTEZAC después de la reforma. Quienes ya cotizaban antes de su entrada en vigor y los pensionados protegidos por las reglas anteriores conservan el cálculo de 60 días, mientras que los sistemas federales mantienen sus propias disposiciones.




