Aguinaldo: qué parte está exenta y cuál paga ISR

Aguinaldo: conoce cuánto está exento de ISR en 2026, qué parte puede pagar impuesto y cómo revisar el cálculo en tu nómina.

El Aguinaldo es una prestación laboral que, además de representar un ingreso adicional al cierre del año, tiene un tratamiento fiscal específico. En México, no todo el monto recibido queda libre del Impuesto sobre la Renta (ISR), porque la Ley del ISR establece un límite para la parte exenta y señala que el excedente debe considerarse gravado.

La regla está relacionada con el artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica que el Aguinaldo está exento hasta 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Para 2026, la UMA diaria es de 117.31 pesos, por lo que el límite de 30 UMA equivale a 3,519.30 pesos. La actualización aplica desde el 1 de febrero de 2026.

Aguinaldo: cuál es la parte exenta de ISR

La cantidad que se encuentre dentro del límite de 30 UMA no paga ISR, siempre que corresponda a la gratificación prevista por la legislación fiscal. Esto significa que una persona puede recibir una prestación superior a ese monto y conservar exenta la parte que se encuentra dentro del tope establecido.

Por ejemplo, si una persona recibe 10,000 pesos de Aguinaldo, los primeros 3,519.30 pesos corresponden al monto exento de referencia para 2026. Los 6,480.70 pesos restantes forman parte de la cantidad que puede quedar sujeta al cálculo del ISR. El impuesto no se obtiene simplemente aplicando una tasa única sobre ese excedente, ya que el patrón debe realizar la retención conforme a las reglas fiscales aplicables a los salarios.

Aguinaldo: qué cantidad paga ISR

El excedente sobre la parte exenta se considera ingreso gravado. Por ello, cuando el pago rebasa el límite, el recibo de nómina puede mostrar una retención de ISR asociada con la prestación. El monto final depende del procedimiento utilizado por el patrón para calcular la retención y de los demás elementos de la nómina correspondientes al periodo.

La Ley del ISR también contempla que, si la gratificación es inferior al monto equivalente a 30 días de salario mínimo, la exención puede aplicarse hasta el monto efectivamente otorgado, de acuerdo con el artículo 151 del Reglamento de la Ley del ISR. Esta disposición evita interpretar el tope como una cantidad que deba entregarse obligatoriamente.

Aguinaldo: cómo revisar el descuento en nómina

Para comprobar cuánto quedó exento y cuánto se gravó, conviene revisar el recibo de nómina o el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) correspondiente al pago. El trabajador puede identificar el concepto de la prestación, los ingresos exentos, los ingresos gravados y la retención de ISR.

El procedimiento consiste en cuatro pasos: primero, identificar el monto bruto recibido; segundo, verificar la cantidad registrada como ingreso exento; tercero, revisar cuánto aparece como ingreso gravado; y cuarto, comprobar la retención de ISR. Si las cifras no son claras, se puede solicitar al área de nómina el desglose utilizado para determinar el impuesto.

Aguinaldo: qué pasa si trabajaste menos de un año

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas trabajadoras tienen derecho a una prestación anual de por lo menos 15 días de salario y que quienes no hayan cumplido un año de servicios tienen derecho a la parte proporcional correspondiente al tiempo trabajado.

Esto significa que la cantidad recibida puede ser menor cuando la relación laboral comenzó durante el año. La proporcionalidad laboral y el límite fiscal son cuestiones distintas: primero se determina cuánto corresponde por el tiempo trabajado y después se aplica el tratamiento fiscal que corresponda al monto pagado.

Aguinaldo: qué hacer si el cálculo parece incorrecto

Si el trabajador detecta una diferencia entre el monto que esperaba y el que aparece en su recibo, debe revisar primero el salario utilizado, los días considerados, la proporcionalidad y el desglose de ingresos exentos y gravados. No toda diferencia implica necesariamente un error de nómina, porque el cálculo fiscal puede modificar el importe neto recibido.

También es recomendable conservar el recibo y pedir una explicación cuando exista una discrepancia. Si el problema está relacionado con el pago de la prestación laboral, puede solicitarse orientación ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. En materia fiscal, el SAT dispone de información sobre el tratamiento de los ingresos exentos y las retenciones.

Giovanna Cancino
Giovanna Cancino
Giovanna Cancino es una experimentada profesional de la comunicación, Licenciada en Ciencias y Técnicas de la Comunicación. Con más de una década de trayectoria en medios impresos y digitales, se ha consolidado como reportera y editora. Su profundo conocimiento se refleja en sus colaboraciones en la sección deportiva 'Sport Judge', así como en las importantes secciones Nacional e Internacional, asegurando una cobertura fiable y relevante para nuestros lectores.
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