Licencia para scooters eléctricos: cómo tramitarla por primera vez y cuánto cuesta

Conoce cómo tramitar la licencia para scooters eléctricos en CDMX, cuánto cuesta y las multas.

Licencia para scooters eléctricos: cómo tramitarla por primera vez y cuánto cuesta
Licencia para scooters eléctricos: cómo tramitarla por primera vez y cuánto cuestaLicencia para scooters eléctricos: cómo tramitarla por primera vez y cuánto cuesta

Desde el 1 de julio de 2026 entró en vigor una nueva regulación que obliga a los conductores de scooters eléctricos de alta potencia, bicimotos y algunas bicicletas eléctricas a contar con licencia de conducir, placas y tarjeta de circulación, siempre que el vehículo cumpla determinadas características.

La medida, impulsada por la Secretaría de Movilidad (Semovi), busca ordenar el uso de estos vehículos y reducir los riesgos de accidentes en las calles de la capital. Si acabas de comprar un scooter o ya tienes uno, esto es lo que debes saber para tramitar la licencia por primera vez.

¿Qué scooters necesitan licencia?

La nueva normativa creó la categoría de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), en la que entran los scooters y bicicletas eléctricas que funcionan prácticamente como una motocicleta ligera.

Para que un vehículo sea considerado VEMEPE debe cumplir con cuatro características al mismo tiempo: tener dos o más ruedas, contar con un acelerador independiente que permita avanzar sin pedalear, desarrollar una velocidad superior a los 25 kilómetros por hora y contar con un motor cuya potencia se ubique entre 250 watts y un kilowatt.

Si el vehículo no supera esos parámetros, se clasifica como Vehículo Eléctrico Personal (VEP), por lo que únicamente deberá portar el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME), cuyo trámite es gratuito. Las bicicletas de pedaleo asistido y los patines eléctricos sin acelerador quedan fuera de esta obligación.

¿Qué licencia necesitas?

La Semovi establece que los conductores de un VEMEPE deberán contar con una licencia tipo A1 o A2. La licencia A1 permite conducir motocicletas, motonetas, bicimotos y scooters eléctricos clasificados como VEMEPE. Tiene una vigencia de tres años y un costo de 572 pesos.

Por su parte, la licencia A2 también autoriza conducir automóviles particulares, además de motocicletas y scooters eléctricos. Su costo es de 1,049 pesos y también tiene una vigencia de tres años.

Las personas que aún conservan una licencia permanente tipo A expedida entre el 31 de diciembre de 2003 y el 31 de diciembre de 2007 podrán seguir utilizándola para conducir estos vehículos.

Sin embargo, quienes obtuvieron la nueva licencia permanente emitida a partir del 16 de noviembre de 2024 deberán tramitar una A1 o una A2 si desean conducir un scooter eléctrico que entre en la categoría VEMEPE.

¿Cómo tramitar la licencia por primera vez?

El trámite se realiza en los módulos habilitados por la Secretaría de Movilidad (SEMOVI); incluye una evaluación práctica para demostrar que el solicitante cuenta con los conocimientos y habilidades necesarias para conducir este tipo de vehículos.

Después de aprobar la capacitación y la evaluación en uno de los centros autorizados por la Semovi, la dependencia expedirá la licencia correspondiente.

Así puedes registrar tu scooter

Además de la licencia, será obligatorio registrar el vehículo en la plataforma oficial de la Semovi. El trámite tiene un costo de 355 pesos para los VEMEPE, tanto de tipo A como de tipo B. Para realizar el registro será necesario presentar una identificación oficial vigente, un comprobante de domicilio de la Ciudad de México con una antigüedad no mayor a 90 días, la factura o carta factura que acredite la propiedad del vehículo y el comprobante del pago de derechos.

Una vez validada la información, el sistema asignará una cita en un Módulo de Control Vehicular para entregar las placas, la tarjeta de circulación y el Distintivo de Movilidad Eléctrica.

¿Qué reglas deberán cumplir los conductores?

La nueva regulación también establece obligaciones de seguridad para quienes conduzcan estos vehículos. Será obligatorio utilizar casco certificado para motociclista, además de rodilleras y coderas. Asimismo, deberán circular con las luces encendidas cuando las condiciones de visibilidad lo requieran y contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

Los scooters clasificados como VEMEPE no podrán circular sobre banquetas, ciclovías, carriles exclusivos para transporte público ni en vialidades cuyo límite de velocidad sea superior a 50 kilómetros por hora.

¿Cuándo comenzarán las multas?

La Semovi informó que los propietarios tendrán hasta el 20 de noviembre de 2026 para regularizar los vehículos adquiridos antes del 1 de julio. En el caso de los scooters comprados después de esa fecha, deberán entregarse ya emplacados desde el establecimiento donde fueron adquiridos.

Las sanciones comenzarán a aplicarse a partir del 1 de septiembre de 2026 para quienes circulen sin placas.

La primera infracción será de aproximadamente 1,130 pesos, equivalente a 10 UMA. Las reincidencias podrán elevar la multa hasta 2,260 pesos, mientras que conducir sin casco, sin luces o hacerlo en zonas prohibidas puede generar sanciones cercanas a 3,394 pesos. En casos de reincidencia, las autoridades también podrán enviar el vehículo al corralón.

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