
INE analiza sanciones por uso de “acordeones” en campañas judiciales
La elección judicial en México vivió un nuevo episodio este 28 de julio de 2025, cuando el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) debatió posibles sanciones a candidaturas que habrían incurrido en irregularidades durante la campaña. En particular, la atención se centró en el uso de los llamados “acordeones”, una forma de propaganda que habría beneficiado injustamente a algunos aspirantes.
Durante la sesión, la consejera Carla Humphrey Jordan, quien preside la Unidad de Fiscalización, propuso sancionar a las candidaturas que aparecieron en estos materiales de campaña, incluso si no resultaron ganadoras. En el caso de quienes sí fueron electos, planteó aplicar una multa del 10% del tope de gastos de campaña, como establece la normativa.
¿Qué son los “acordeones” y por qué se sancionarían?
Los llamados acordeones consisten en impresos de pequeño formato que algunos votantes portaban con los nombres de las candidaturas que debían marcar en la boleta. Estos papeles, aunque no están directamente ligados a un gasto reportado por los candidatos, sí pueden representar una ventaja indebida si no se registraron como parte de sus estrategias publicitarias oficiales.
De acuerdo con el dictamen presentado por la Unidad de Fiscalización del INE, la inclusión de nombres en estos acordeones constituye un beneficio propagandístico directo, aunque los aspirantes no lo hayan solicitado o financiado directamente. Para Humphrey, esta situación vulnera los principios de legalidad y equidad, esenciales en cualquier proceso democrático.
La propuesta de sanciones: impacto en ganadores y perdedores
Durante la discusión del pleno del INE, Humphrey argumentó que las sanciones no deben limitarse solo a quienes ganaron, ya que el beneficio electoral existió independientemente del resultado. Por ello, también propuso amonestar a personas candidatas que no obtuvieron el cargo, pero cuyos nombres aparecieron en los acordeones.
El criterio central es que la aparición en estos materiales implica recepción de propaganda electoral no registrada, lo cual debe tener consecuencias. Así, la multa del 10% del tope de gastos de campaña autorizado aplicaría a los ganadores, mientras que los no electos podrían recibir una sanción pública o medidas similares, dependiendo de cada caso.
Un precedente relevante en la fiscalización electoral
Esta discusión en el INE podría sentar un precedente importante en materia de fiscalización y regulación de las campañas judiciales. El uso de recursos ajenos o no declarados es uno de los temas que más preocupa a los órganos electorales, especialmente cuando pueden influir en la decisión del electorado.
La propuesta de Humphrey busca fortalecer la rendición de cuentas en todos los niveles del proceso electoral, y dejar claro que el uso de propaganda no registrada tendrá consecuencias, incluso si se recurre a formatos aparentemente informales como los acordeones.
El dictamen todavía debe ser votado formalmente por el Consejo General, pero hasta ahora ha recibido apoyo de otros consejeros y consejeras que coinciden en la necesidad de sancionar toda práctica que altere la equidad de la contienda.
Un llamado a la transparencia y la equidad
Más allá del caso específico, esta discusión refleja una preocupación creciente en el INE: garantizar que todas las campañas se desarrollen dentro de los márgenes legales y sin ventajas indebidas. El uso de propaganda encubierta, como en el caso de los acordeones, puede afectar la percepción ciudadana y el resultado final de una elección, especialmente en procesos tan sensibles como el judicial.
La consejera Humphrey concluyó su intervención reafirmando el compromiso del INE con la transparencia electoral y advirtió que este tipo de prácticas seguirán siendo fiscalizadas y sancionadas conforme a la ley.