SCJN anula normas en Quintana Roo que negaba matrimonio a personas con discapacidad

SCJN anula normas en Quintana Roo que negaba matrimonio a personas con discapacidad
SCJN anula normas en Quintana Roo que negaba matrimonio a personas con discapacidad

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidas varias disposiciones del Código Civil de Quintana Roo por considerar que vulneran el derecho a la igualdad y no discriminación de personas con discapacidad y personas con enfermedades, sean reversibles o irreversibles. La decisión fue avalada con nueve votos a favor y obliga al Congreso local a realizar reformas en un plazo de 12 meses.

La sentencia responde a una acción de inconstitucionalidad contra las reformas publicadas en diciembre de 2023, las cuales impedían a personas con ciertos padecimientos o condiciones de discapacidad contraer matrimonio, además de imponer el certificado médico como requisito obligatorio, con posibilidad de invalidar el contrato con base en el diagnóstico.

Durante la sesión celebrada este martes, el ministro ponente Javier Laynez Potisek advirtió que tales disposiciones transgreden derechos fundamentales, ya que:

“El certificado médico en caso de este grupo deja de ser una formalidad administrativa y se convierte en un medio de exclusión al permitir que el mismo active impedimentos para el matrimonio sin considerar medidas de apoyo para ejercer la capacidad jurídica”, expresó Laynez ante el Pleno.

El derecho al matrimonio no puede condicionarse a la salud

Entre los artículos invalidados por la Corte se encuentran fragmentos que prohibían expresamente el matrimonio de personas con enfermedades físicas, sensoriales, mentales o múltiples discapacidades, bajo el argumento de que “impiden gobernarse, obligarse o manifestar su voluntad”. 

De acuerdo con la SCJN, estas restricciones ignoran el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica que deben gozar todas las personas, independientemente de su condición de salud o discapacidad.

Además, se cuestionó la exigencia del certificado médico previo al matrimonio, particularmente el apartado que ordenaba detallar los efectos y riesgos de las enfermedades detectadas, así como su prevención, para que ambas personas estén debidamente informadas de su decisión.

El Congreso local deberá reformar con base en consulta

La resolución establece que el Congreso de Quintana Roo deberá eliminar los artículos declarados inconstitucionales y, en su lugar, legislar respetando el principio de no discriminación y el derecho a la personalidad jurídica. 

Para ello, deberán realizar una consulta previa, libre e informada a personas con discapacidad y organizaciones representativas del sector.

Cabe mencionar que la sentencia aún no ha sido publicada de forma oficial, pero el Congreso del estado ya está obligado a iniciar el proceso legislativo conforme a los lineamientos de la Corte.

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