La pensión de viudez es un derecho que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a la esposa o concubina de un asegurado o pensionado fallecido. Este beneficio varía dependiendo del tipo de pensión que tenía el titular y los años de relación con el beneficiario.
A continuación, te explicamos qué porcentaje le corresponde a la viuda, los requisitos para solicitarla y cómo tramitarla.
¿Cuánto le corresponde a la viuda de la pensión del esposo?
Según la Ley del Seguro Social y Profuturo, la pensión de viudez puede representar entre 40% y 90% del monto que recibía el pensionado:
- 40% de la pensión de incapacidad.
- 90% de la pensión de invalidez o retiro, dependiendo del seguro contratado.
Además, se otorgan pagos adicionales por aguinaldo:
- 15 días de pensión si es bajo el seguro de Riesgo de Trabajo.
- 30 días de pensión si es bajo el seguro de Invalidez y Vida.
Requisitos para obtener la pensión de viudez
El IMSS establece que pueden solicitar la pensión de viudez:
- Esposa/o del fallecido (con acta de matrimonio).
- Concubina/o (mínimo 5 años de convivencia o hijos en común).
- Padres del asegurado, en caso de no existir viuda o hijos.
Casos en los que NO se otorga la pensión:
- Si el matrimonio duró menos de 6 meses antes del fallecimiento.
- Si existieron varias parejas en concubinato simultáneo.
Documentos para tramitar la pensión de viudez
Para solicitar este beneficio, el IMSS requiere los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
- CURP y RFC con homoclave.
- Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
- Número de cuenta bancaria para el depósito.
- Acta de matrimonio certificada (si es esposa).
- Resolución de concubinato o acta de nacimiento de hijos en común (si es concubina).
- Acta de nacimiento del pensionado fallecido.
¿Dónde hacer el trámite?
- Unidades de Medicina Familiar (UMF) o Subdelegaciones del IMSS.
- Horario: De 08:00 a 15:00 horas (consulta horarios ampliados según tu alcaldía).
- Costo: Gratuito.
¿Qué pasa si la viuda vuelve a casarse?
Si la beneficiaria decide casarse de nuevo o entrar en concubinato, la pensión de viudez se suspenderá. Sin embargo, recibirá un pago único equivalente a tres anualidades de la pensión que estaba recibiendo.
Si la viuda trabaja, podrá seguir recibiendo su pensión sin restricciones.
¿Cuánto se otorga según la Ley del IMSS de 1973?
Si el fallecido estaba bajo la Ley del Seguro Social de 1973, la pensión se distribuye de la siguiente manera:
- 15% para la viuda o concubina.
- 10% por cada hijo menor de 16 años.
- 10% por cada hijo de 16 a 25 años (si estudia y no trabaja).
- 10% para los padres del pensionado (si dependían económicamente de él).
En casos de discapacidad, los hijos pueden seguir recibiendo el beneficio sin importar su edad.
La pensión de viudez del IMSS es un apoyo económico clave para las esposas o concubinas de asegurados fallecidos. El porcentaje varía según el tipo de pensión y puede alcanzar hasta el 90% del monto original.
Para recibirla, es importante cumplir con los requisitos y presentar los documentos en las oficinas del IMSS.
Si tienes dudas, consulta el portal oficial del IMSS o acude a tu Unidad de Medicina Familiar más cercana.
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