Desde este viernes 9 de enero, entró en vigor el registro obligatorio de números de telefonía móvil en México. Esta nueva disposición legal, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece la necesidad de vincular de manera obligatoria cada línea telefónica móvil a la identidad de una persona física o moral.+1
Esta medida, impulsada por el Gobierno de México y aprobada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), tiene un objetivo claro: combatir delitos como la extorsión o el fraude telefónico al asociar cada número a una identidad oficial. El proceso es esencial para los usuarios de líneas de prepago, que son quienes deben realizar el registro obligatorio de números para validar sus datos.+1
Fecha límite para el registro obligatorio de números
Si usted cuenta con un número celular activo en modalidad de prepago, es crucial que realice el registro obligatorio de números antes de la fecha límite establecida por las autoridades.
La fecha límite para vincular su número telefónico a su identidad es el 30 de junio de 2026.
Para realizar este trámite, el número de celular deberá asociarse con una identificación oficial con fotografía y la Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona física. En el caso de personas morales, la vinculación se hará con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).+1
Es importante señalar que esta nueva regulación formaliza la identificación que ya realizan los operadores para el servicio de pospago. Por lo tanto, si su línea telefónica ya cuenta con un servicio de pospago, no es necesario realizar este procedimiento, ya que su número ya está asociado a sus datos de identidad.
Consecuencias de no realizar el registro antes del 30 de junio
Tomando en cuenta que el registro obligatorio de números tiene como fecha límite el 30 de junio de 2026, existen consecuencias directas si no se cumple con el trámite.
A partir del 1 de julio de 2026, todas las líneas telefónicas que no estén debidamente registradas y vinculadas serán suspendidas de manera temporal.
Durante el periodo de suspensión, los usuarios únicamente tendrán permitido realizar llamadas a números de emergencia y atención ciudadana. Esto incluye servicios vitales como el 911, 089 (denuncia anónima), 088 (Policía Federal) y las líneas de soporte técnico de su operador móvil.
Es fundamental entender que, aunque el servicio de voz y datos sea suspendido, esta medida no elimina las obligaciones contractuales. Si usted tiene un plan de pospago, deberá seguir cubriendo los pagos correspondientes a su plan o al equipo adquirido, incluso si el servicio está limitado. El usuario podrá recuperar el servicio completo una vez que complete el registro obligatorio de números.
¿Qué hacer si hay un número no reconocido?
Otra medida importante que acompaña el registro obligatorio de números es la protección de datos personales. En caso de que una persona detecte una línea de celular registrada con su CURP que no reconoce, tiene derecho a solicitar una aclaración.
Para iniciar este proceso, el usuario podrá acudir a un Centro de Atención a Clientes de su operador móvil. En este lugar, podrá solicitar la aclaración pertinente y, en caso de que proceda, la desvinculación de sus datos personales de esa línea telefónica no reconocida.
La entrada en vigor de estos Lineamientos busca generar un ambiente digital más seguro para los ciudadanos, lo que implica la responsabilidad de todos los usuarios de prepago de cumplir con el registro obligatorio de números antes del 30 de junio de 2026.
