Una discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha generado incertidumbre sobre el futuro de los recursos acumulados en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).
El debate se generó tras la duda sobre si los beneficiarios de un trabajador fallecido deben pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR) al recibir los recursos de la Afore.
Aunque actualmente estos recursos se entregan libres de este impuesto, el tema llegó al máximo tribunal del país tras criterios judiciales contradictorios. Si bien la Corte ya manifestó una postura mayoritaria, el asunto aún no está resuelto de forma definitiva.
¿Qué ocurre con la Afore cuando fallece un trabajador?
Cuando una persona fallece, el dinero acumulado en su cuenta individual de Afore no se pierde. De acuerdo con las administradoras de fondos para el retiro, estos recursos forman parte del patrimonio del trabajador y pueden ser reclamados por sus beneficiarios legales o por las personas que hayan sido designadas previamente.
Dependiendo de cada caso, el dinero puede entregarse mediante una pensión o en una sola exhibición. Hasta ahora, estos recursos no generan el pago de ISR cuando son entregados a los beneficiarios.

¿Quién puede reclamar el dinero de una Afore?
La legislación establece un orden para acceder a los recursos del trabajador fallecido. Los primeros con derecho son los beneficiarios legales, entre los que se encuentran:
- El cónyuge o concubina (o concubinario).
- Hijos menores de edad.
- Hijos mayores que dependían económicamente del trabajador.
- Padre o madre, cuando dependían económicamente del titular.
También existen los beneficiarios designados, que son las personas nombradas directamente por el trabajador, incluso cuando no exista un vínculo familiar. Si no hay beneficiarios legales ni designados, los recursos podrán reclamarse mediante una resolución emitida por la autoridad competente.
¿Por qué la SCJN analiza este tema?
La discusión surgió porque dos tribunales colegiados emitieron resoluciones completamente distintas sobre el tratamiento fiscal de estos recursos.
Uno de ellos concluyó que el dinero entregado a los beneficiarios constituye un ingreso gravable y por lo tanto, debería pagar ISR, al considerar que no encuadra dentro de la exención prevista para las herencias y los legados en el artículo 93 de la Ley del ISR.
En cambio, otro tribunal determinó que los recursos de la Afore son equiparables a una herencia o un legado, por lo que deben permanecer exentos del impuesto. Ante estas diferencias, la Suprema Corte atrajo el caso para fijar un criterio único.
¿Qué dicen los ministros?
Durante la discusión, seis ministros votaron a favor de considerar que los recursos entregados a los beneficiarios no deben gravarse con ISR.
La mayoría de los ministros sostuvo que el ahorro acumulado en la Afore forma parte del patrimonio construido por el trabajador durante toda su vida laboral y que su propósito es brindar protección económica a las personas que dependían de él.
El debate cobró mayor relevancia tras la postura expresada por la ministra Lenia Batres Guadarrama.
Durante la sesión, señaló que considera injusto que las herencias y los legados estén exentos del pago de impuestos, ya que representan recursos que no fueron obtenidos mediante el esfuerzo directo de quien los recibe.
Sin embargo, el asunto todavía no concluye. El Pleno decidió retirar el proyecto para elaborar una nueva propuesta que incorpore las observaciones realizadas durante el debate, por lo que la contradicción de criterios continúa pendiente de una resolución definitiva.