A partir del 1 de enero de 2027, algunas trabajadoras del Estado podrán solicitar su pensión por jubilación desde los 56 años, mientras que para los hombres la edad mínima será de 58 años. El beneficio forma parte de la reducción gradual establecida por un decreto de la presidenta Claudia Sheinbaum, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de junio de 2025. El ISSSTE confirmó que este esquema aplica únicamente a quienes cumplen los requisitos del régimen del Décimo Transitorio y no eligieron el Bono de Pensión.
La medida no significa que todas las personas afiliadas al ISSSTE puedan retirarse a esas edades. Para acceder a esta modalidad, las mujeres deben acreditar al menos 28 años de cotización y los hombres 30 años, además de encontrarse en el supuesto establecido por el artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE.
¿Quiénes podrán jubilarse a los 56 años en 2027?
De acuerdo con el calendario oficial, en 2027 las trabajadoras al servicio del Estado podrán acceder a la pensión por jubilación desde los 56 años, siempre que hayan cotizado al menos 28 años y cumplan las demás condiciones del régimen.
En el caso de los hombres, la edad mínima será de 58 años y deberán contar con al menos 30 años de cotización.
El beneficio está dirigido a quienes permanecieron en el régimen del Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, publicada en 2007, y no optaron por la acreditación de bonos de pensión. Por lo tanto, no se extiende automáticamente a quienes cotizan bajo el régimen de cuentas individuales.
¿Cómo disminuirá la edad de jubilación del ISSSTE de 2027 a 2034?
El decreto establece que la reducción será gradual y que la edad mínima disminuirá un año cada tres años, hasta llegar a 53 años para las mujeres y 55 para los hombres en 2034.
El calendario oficial queda de la siguiente manera:
| Año | Mujeres | Hombres |
| 2025 | 56 años | 58 años |
| 2026 | 56 años | 58 años |
| 2027 | 56 años | 58 años |
| 2028 | 55 años | 57 años |
| 2029 | 55 años | 57 años |
| 2030 | 55 años | 57 años |
| 2031 | 54 años | 56 años |
| 2032 | 54 años | 56 años |
| 2033 | 54 años | 56 años |
| 2034 en adelante | 53 años | 55 años |
Estas edades corresponden a la modalidad de pensión por jubilación del Décimo Transitorio.
¿Cuántos años debes cotizar para jubilarte con el nuevo esquema del ISSSTE?
Además de cumplir con la edad mínima correspondiente al año en que se solicite la pensión, las personas trabajadoras deben acreditar una antigüedad mínima de cotización:
- Mujeres: 28 años o más cotizados al ISSSTE.
- Hombres: 30 años o más cotizados al ISSSTE.
También es indispensable pertenecer al supuesto del artículo Décimo Transitorio y no haber elegido la acreditación de bonos de pensión del Instituto.
Esto quiere decir que cumplir 56 años en 2027 no garantiza por sí solo que una trabajadora pueda jubilarse. Debe reunir también los años de cotización y las condiciones del régimen pensionario que establece el decreto.
¿El decreto aplica a todos los pensionados del ISSSTE?
No. La reducción de edad está dirigida exclusivamente a las personas trabajadoras que cumplen los requisitos de la pensión por jubilación del Décimo Transitorio.
De acuerdo con la información de PENSIONISSSTE, el cambio no modifica las condiciones de las modalidades de pensión por Edad y Tiempo de Servicios ni de Cesantía en Edad Avanzada del Décimo Transitorio. Tampoco beneficia a quienes eligieron el Bono de Pensión o cotizan bajo el régimen de cuentas individuales.
Por eso, antes de iniciar un trámite, es importante identificar bajo qué régimen se cotiza y revisar el tiempo reconocido por el Instituto.
¿Dónde consultar el decreto de jubilación del ISSSTE?
Las personas interesadas pueden revisar las condiciones directamente en el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025.
Además, el ISSSTE publicó el 29 de diciembre de 2025 el acuerdo que da cumplimiento al decreto presidencial y establece las acciones para aplicar la reducción gradual de la edad mínima de jubilación.
El decreto puede consultarse en este enlace oficial: Diario Oficial de la Federación, 24 de junio de 2025.
La modificación representa una reducción en la edad mínima para un grupo específico de trabajadores del Estado, pero no elimina los requisitos de antigüedad ni cambia todos los regímenes pensionarios del ISSSTE.

