Las transferencias bancarias forman parte de la vida diaria de millones de personas en México. Se usan para pagar servicios, recibir sueldos, enviar dinero a familiares o cobrar ventas. Sin embargo, en este 2026 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reforzó la vigilancia sobre estos movimientos, lo que ha generado dudas sobre posibles multas o impuestos.
Aunque la autoridad fiscal aclaró que no existe un nuevo cobro por transferir dinero. Lo cierto es que si se vigilan los ingresos no declarados y operaciones que no pueden justificarse ante la ley.
Mayor fiscalización sobre transferencias
El SAT no sanciona por el simple hecho de recibir o enviar transferencias electrónicas. Las multas solo aplican cuando los depósitos representan ingresos que no fueron reportados o no tienen un respaldo documental válido.
Este endurecimiento de la supervisión ocurre junto con nuevas medidas de seguridad bancaria, como el Monto Transaccional del Usuario (MTU). Este mecanismo, impulsado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, establece límites y validaciones adicionales para transferencias de montos elevados. Aunque no genera multas fiscales, sí facilita el rastreo de operaciones inusuales.

¿Cuándo sí hay multas por transferencias?
Las sanciones aparecen cuando el SAT detecta irregularidades fiscales. Esto ocurre, por ejemplo, cuando se reciben depósitos sin contratos, facturas o comprobantes fiscales que expliquen su origen. También cuando los pagos por servicios, ventas u honorarios no se incluyen en la declaración anual.
Otro foco de atención son los préstamos informales, es decir, dinero recibido sin un contrato que respalde la operación. A esto se suman las transferencias frecuentes por montos elevados, especialmente superiores a 15 mil pesos, que no coinciden con el perfil fiscal del contribuyente.
En estos casos, el SAT puede imponer multas que superan los 22 mil pesos, iniciar revisiones de gabinete e incluso solicitar el bloqueo temporal de cuentas mientras se aclara el origen del dinero.
Casos en los que no hay sanciones
No todas las transferencias están bajo riesgo. Cuando los movimientos cuentan con respaldo legal y fiscal, no generan multas. Esto incluye pagos entre cuentas del mismo titular, depósitos de nómina, transferencias amparadas con contratos o CFDI, y operaciones correctamente declaradas.
La clave está en que el dinero no represente un ingreso oculto ni una discrepancia entre lo que se recibe y lo que se reporta ante el SAT.
Depósitos en efectivo, el principal foco de atención
Además de las transferencias electrónicas, los depósitos en efectivo siguen siendo vigilados. En 2026, los bancos están obligados a reportar al SAT los depósitos en efectivo que superen los 15 mil pesos mensuales en una misma institución.
Si el contribuyente no puede demostrar el origen de esos recursos, la autoridad puede tratarlos como ingresos no declarados y cobrar el ISR correspondiente, además de aplicar sanciones.
Recomendaciones para evitar problemas fiscales
Especialistas fiscales sugieren mantener orden y respaldo documental de cada transferencia relevante. Declarar ingresos extraordinarios, evitar préstamos informales y revisar los límites de transferencia en la banca digital ayuda a reducir riesgos.
Las transferencias electrónicas no están prohibidas ni gravadas en 2026, pero sí están bajo mayor vigilancia. La transparencia fiscal y la correcta declaración de ingresos siguen siendo la mejor protección ante posibles multas.