ISSSTE permite que algunas personas que dejaron de trabajar antes de alcanzar la edad para pensionarse puedan solicitar una pensión posteriormente. La posibilidad depende del régimen. Para quienes están en el Décimo Transitorio, separarse del empleo no elimina automáticamente el derecho pensionario.

Una situación común ocurre cuando una persona cotizó al menos 15 años y dejó el servicio sin solicitar la indemnización global. En ese escenario puede conservar la posibilidad de obtener una pensión por edad y tiempo de servicio al cumplir la edad requerida.

ISSSTE: ¿quién puede conservar este derecho?

El primer paso es identificar si pertenece al Décimo Transitorio. Corresponde, en general, a quienes estaban activos al 31 de marzo de 2007 y permanecieron en el régimen anterior modificado.

Para la pensión por edad y tiempo de servicio se requieren 60 años de edad y 15 años de servicio. El porcentaje parte de 50% con 15 años y aumenta conforme se acumulan más años, hasta 95% con 29 años. El cálculo toma como referencia el sueldo básico del último año anterior a la baja.

Dejar el empleo antes de cumplir 60 años no necesariamente impide pensionarse después. Debes haber reunido los años requeridos y no haber dispuesto de la indemnización global.

ISSSTE: la indemnización global es determinante

La indemnización global puede cambiar el escenario. Antes de solicitarla conviene conocer sus efectos sobre una futura prestación. El Gobierno de México señala que este trámite corresponde a determinados extrabajadores del Décimo Transitorio que no reúnen los requisitos para una pensión dentro del plazo establecido después de su baja.

También hay que distinguir la pensión por edad y tiempo de servicio de la jubilación. Para esta última se exige mayor antigüedad: 30 años de cotización para trabajadores y 28 para trabajadoras, además de la edad correspondiente. En el esquema vigente, las edades de esta modalidad tienen una reducción específica establecida por decreto.

ISSSTE: ¿qué pasa si dejaste de trabajar?

La baja no significa que debas volver a trabajar para alcanzar la edad de una pensión por edad y tiempo de servicio. Si ya reuniste los 15 años de servicio y perteneces al régimen correspondiente, puedes esperar a cumplir la edad exigida y gestionar el reconocimiento de tu pensión.

Antes de acudir al ISSSTE, reúne tus documentos y verifica que los años de servicio estén reconocidos.

Paso a paso para revisar tu pensión

  1. Confirma tu régimen. Revisa si estás en Décimo Transitorio o Cuentas Individuales.
  2. Consulta tus años de servicio. Para edad y tiempo de servicio se requieren al menos 15 años.
  3. Verifica tu fecha de baja. Es necesaria para revisar el sueldo básico de referencia.
  4. Comprueba la indemnización global. Este punto puede modificar tu situación pensionaria.
  5. Revisa tu edad. Para edad y tiempo de servicio son 60 años; para cesantía en edad avanzada se contemplan 65 años y al menos 10 años de servicio.
  6. Solicita orientación. Acude al área de pensiones correspondiente con identificación y documentos.
  7. Presenta la solicitud. El ISSSTE revisará el expediente y determinará la modalidad procedente.

ISSSTE: cuentas individuales tienen otras reglas

No todas las personas que dejaron de trabajar pueden utilizar las reglas del Décimo Transitorio. Quienes pertenecen a Cuentas Individuales tienen un esquema distinto, basado en los recursos acumulados y las condiciones previstas para ese sistema. Por eso, el requisito de 15 años no aplica automáticamente a todos.

El Décimo Transitorio corresponde a quienes eligieron permanecer en el régimen modificado de la Ley de 2007. En cambio, quienes comenzaron a cotizar desde el 1 de abril de 2007 o eligieron el bono de pensión se encuentran en Cuentas Individuales.

ISSSTE: qué revisar antes de iniciar

La baja laboral no significa por sí sola que se pierda la posibilidad de pensionarse. Si una persona pertenece al Décimo Transitorio, cuenta con los años requeridos y no recibió la indemnización global, puede existir una vía para obtener una pensión ante el ISSSTE y solicitar orientación al cumplir la edad correspondiente.

Cada expediente puede variar por régimen, años reconocidos y baja. Antes de presentar una solicitud, conviene pedir al ISSSTE una revisión para conocer qué prestación corresponde.

En conclusión, dejar de trabajar antes de jubilarte no elimina automáticamente una pensión. El resultado depende del régimen y de las condiciones vigentes cumplidas. Revisar estos datos con anticipación puede ayudarte a preparar correctamente el trámite.