El IMSS contempla una pensión por ascendencia para los padres de un trabajador o pensionado fallecido cuando se cumplen determinadas condiciones. Este beneficio adquirió especial relevancia a partir de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que consideró inconstitucional que los ascendientes recibieran solo 20% de la pensión cuando no existían otros beneficiarios con derecho y, en cambio, la pensión de viudez pudiera alcanzar 90%.
La resolución corresponde al Amparo en Revisión 252/2023, resuelto por la Segunda Sala de la Corte el 29 de noviembre de 2023. Es importante aclarar que no se trata de un aumento general para todas las personas pensionadas ni de un incremento automático de 70%. El criterio se refiere a la pensión por ascendencia en casos específicos.
Así, el IMSS puede reconocer una pensión de hasta 90% cuando los padres son los beneficiarios que cumplen las condiciones previstas. Para determinar si un caso puede acceder a este porcentaje es necesario revisar el régimen pensionario, la relación familiar, la dependencia económica y la existencia de otros beneficiarios.
IMSS: ¿quiénes pueden recibir hasta 90%?
El grupo al que se refiere la resolución está integrado por los padres de un trabajador asegurado o pensionado fallecido que dependían económicamente de él y que no tienen otros beneficiarios preferentes con derecho a la pensión. La Corte concluyó que no había justificación para mantener el porcentaje de 20% cuando los ascendientes eran los únicos beneficiarios.
Para solicitar una pensión de ascendencia, el propio IMSS establece que el padre o la madre debe acreditar el parentesco y la dependencia económica con el asegurado o pensionado fallecido. Además, no debe existir cónyuge, concubina, concubinario o hijos con derecho a la prestación.
En otras palabras, no basta con ser padre o madre de una persona que cotizó ante el instituto. La situación familiar y económica debe cumplir con los requisitos aplicables para que pueda reconocerse este tipo de pensión.
IMSS: ¿El aumento aplica a todos los pensionados?
No. El IMSS no aumentará automáticamente todas las pensiones de quienes están bajo la Ley 73. El criterio de la SCJN está relacionado con la pensión por ascendencia y con un supuesto concreto: padres dependientes económicamente que sean beneficiarios cuando no existan otros familiares con derecho preferente.
Por eso, la diferencia entre 20% y 90% no debe interpretarse como un aumento de 70% para todos los pensionados. Se trata de dos porcentajes aplicados sobre la pensión de referencia. El cambio beneficia a quienes se encuentran en el supuesto analizado por la Corte.
La Ley 73 corresponde al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. Para identificar si una persona está protegida por este esquema es necesario revisar su historia de cotización y la fecha en que comenzó a cotizar.
IMSS: requisitos para la pensión de ascendencia
Para solicitar la prestación, el IMSS establece como punto central acreditar el parentesco y la dependencia económica. También deben cumplirse las condiciones relacionadas con la situación del asegurado fallecido.
Entre los elementos que pueden solicitarse están:
- Acta de nacimiento del padre o madre solicitante.
- Documento que acredite el parentesco con el asegurado o pensionado fallecido.
- Acta de defunción del trabajador o pensionado.
- Pruebas o resolución que acrediten la dependencia económica.
- Identificación oficial vigente.
- Documentación relacionada con la situación pensionaria del fallecido.
- Información necesaria para comprobar que no existen otros beneficiarios con derecho preferente.
Hay una precisión importante: el requisito de semanas cotizadas no debe confundirse con los datos difundidos en algunas versiones sobre un mínimo universal de 500 semanas. El propio IMSS señala actualmente que, para la pensión de ascendientes derivada del fallecimiento de un asegurado, se requieren al menos 150 semanas de cotización y vigencia de derechos; si la muerte ocurrió por riesgo de trabajo, no se exige ese periodo. Si falleció una persona que ya era pensionada, debe haber estado vigente en sus derechos.
¿Cómo solicitar la pensión paso a paso?
El trámite de pensión por ascendencia se realiza ante el instituto. Antes de acudir, es recomendable reunir los documentos que acrediten parentesco, dependencia económica y la situación del trabajador fallecido.
El procedimiento general consiste en:
- Reunir los documentos: prepara actas, identificación y pruebas relacionadas con la dependencia económica.
- Verificar el régimen: confirma la situación del asegurado o pensionado fallecido y sus semanas de cotización.
- Revisar beneficiarios: comprueba que no exista cónyuge, concubina, concubinario o hijos con derecho preferente.
- Acudir al IMSS: presenta la solicitud ante la instancia correspondiente del instituto.
- Acreditar la dependencia económica: entrega las pruebas solicitadas para demostrar que el padre o madre dependía económicamente del fallecido.
- Esperar la resolución: la autoridad analizará la documentación y determinará si procede la pensión.
- Revisar el porcentaje reconocido: si se cumplen las condiciones del criterio de la SCJN, debe analizarse la aplicación del porcentaje correspondiente.
El instituto señala que la pensión de ascendientes puede otorgarse a cada uno de los padres que dependían económicamente del asegurado o pensionado fallecido, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
IMSS: ¿qué pasa si ya recibes 20%?
Si una persona ya recibe una pensión por ascendencia equivalente al 20%, no debe asumir que el depósito aumentará automáticamente. La resolución de la Corte surgió de un caso particular y su aplicación a situaciones concretas requiere revisar las circunstancias de cada beneficiario.
El IMSS cuenta con un trámite de modificación de pensión cuando existen hechos que afectan el monto de la cuantía o del pago. Entre los supuestos contempla modificaciones relacionadas con beneficiarios de pensiones de ascendencia, siempre que se acrediten el vínculo filial, la dependencia económica y los demás requisitos aplicables.
Por ello, quien considere que su pensión de ascendencia fue calculada de acuerdo con el porcentaje anterior puede acudir al instituto y solicitar que se revise su situación, llevando la documentación que respalde su derecho.
¿Qué dijo la Suprema Corte?
La SCJN determinó que el artículo 159 de la Ley del Seguro Social de 1973 vulneraba el derecho a la igualdad y no discriminación al establecer 20% para los ascendientes, mientras que la pensión de viudez podía ser de 90%. La Segunda Sala sostuvo que, cuando los padres dependientes son los únicos beneficiarios, no existía una justificación para otorgarles un nivel de protección inferior.
La resolución también destaca que la pensión se construye con las aportaciones realizadas por el trabajador durante su vida laboral y tiene como finalidad proteger económicamente a sus beneficiarios después de su fallecimiento.
El punto central, por tanto, no es que todos los pensionados vayan a recibir un aumento, sino que determinados padres dependientes pueden tener derecho a que se revise el porcentaje de su pensión por ascendencia cuando son los únicos beneficiarios con derecho.
IMSS: ¿qué debes revisar antes de solicitar el cambio?
Antes de iniciar cualquier gestión, conviene verificar cuatro aspectos: si el trabajador estaba protegido por la Ley 73, si el padre o madre puede demostrar dependencia económica, si existen otros beneficiarios con derecho y qué porcentaje fue reconocido originalmente.
También es recomendable conservar la resolución de pensión, comprobantes de pago y todos los documentos utilizados para acreditar la relación familiar y la dependencia económica. Si existen dudas sobre la aplicación del criterio judicial a un caso concreto, puede ser conveniente solicitar asesoría especializada.
El objetivo de la resolución es evitar una diferencia de trato que la Corte consideró injustificada en el supuesto analizado. Por ello, los padres que dependían económicamente de un trabajador fallecido y que quedaron como beneficiarios de una pensión de ascendencia deben revisar si su situación coincide con las condiciones del criterio.
En 2026, el tema continúa generando interés porque el porcentaje de 90% puede representar una diferencia importante para las personas que sí cumplen con todos los requisitos. Sin embargo, la aplicación debe analizarse caso por caso y no debe confundirse con un aumento generalizado para quienes reciben una pensión bajo la Ley 73.

