Billete de Depósito: así puedes frenar embargos y bloqueo de cuentas

El Billete de Depósito (BIDE) permite suspender embargos, proteger sellos digitales y frenar cobros del SAT; así funciona.

Billete de Depósito así puedes frenar embargos y bloqueos del SAT

A partir de la reforma al Código Fiscal de la Federación, se incorporó el Billete de Depósito (BIDE) para proteger a los contribuyentes frente a embargos, bloqueos de cuentas y cancelación de sellos digitales. Este instrumento permite garantizar el interés fiscal sin que el contribuyente pierda el derecho a defenderse o vea paralizadas sus operaciones.

¿Qué es el Billete de Depósito (BIDE)?

El Billete de Depósito es un documento oficial previsto en el Código Fiscal de la Federación que sirve para garantizar el interés fiscal cuando existe un adeudo, crédito fiscal o procedimiento ante una autoridad administrativa o judicial.

En términos prácticos, acredita que el contribuyente depositó una cantidad de dinero para que quede bajo resguardo de la autoridad competente. Este depósito no implica aceptar la deuda ni renunciar a medios de defensa, pero sí suspende actos de cobro mientras se resuelve el asunto.

¿Para qué sirve el BIDE?

El BIDE tiene diversas aplicaciones legales y fiscales. Su principal función es suspender el cobro de créditos fiscales y evitar embargos, aseguramientos o medidas de apremio por parte del SAT u otras autoridades.

Además, protege los sellos digitales, lo que permite que los negocios continúen emitiendo facturas electrónicas. También se utiliza como garantía en juicios fiscales, administrativos o judiciales, así como en otros supuestos legales, como pensiones alimenticias.

Billete de Depósito: la alternativa para evitar embargos y bloqueos del SAT
Billete de Depósito emitido por el Banco del Bienestar.

Instituciones autorizadas para emitir el Billete de Depósito

La emisión del Billete de Depósito está estrictamente regulada. En México, únicamente dos instituciones están autorizadas para expedirlo: el Banco del Bienestar y el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjercito).

Cualquier trámite fuera de estas instituciones carece de validez legal y no protege al contribuyente frente a actos de cobro.

Características y beneficios del Billete de Depósito

El BIDE es un instrumento accesible y con alta seguridad jurídica. Su expedición es completamente gratuita y no genera intereses ni comisiones adicionales durante su vigencia.

No es cancelable ni negociable y solo puede pagarse al beneficiario designado mediante orden expresa de la autoridad competente. Además, no requiere aval y no tiene prescripción, lo que brinda certeza al contribuyente mientras dura el procedimiento.

Casos en los que se utiliza un BIDE

El Billete de Depósito puede utilizarse en una amplia variedad de situaciones legales y administrativas. Entre los casos más comunes se encuentran créditos fiscales, multas, rentas y pensiones alimenticias.

También se emplea para garantizar libertad provisional, posturas de remate, internación de extranjeros, asuntos civiles, laborales y mercantiles, así como en procedimientos de obra pública, adquisiciones y suspensiones en juicios de amparo.

Autoridades que aceptan Billetes de Depósito

El servicio de BIDE involucra a la mayoría de las autoridades del país. Entre ellas se encuentran el Poder Judicial de la Federación, el SAT, la Tesorería de la Federación y diversas secretarías de Estado.

También participan fiscalías, tribunales federales y estatales, juntas de conciliación y arbitraje, PROFECO, el Instituto Nacional de Migración y tribunales agrarios, lo que amplía su utilidad en distintos ámbitos legales.

Requisitos para la expedición del BIDE: persona física

Las personas físicas deben cubrir el importe mediante transferencia electrónica y presentar el Comprobante Electrónico de Pago. Solo en montos menores a 50 mil pesos se permite efectivo o transferencia.

Se solicita identificación oficial vigente, comprobante de domicilio reciente, datos completos del depositante y de la autoridad ante la que se consigna la garantía. También es necesario llenar el formato F-44 o F-45 y, en su caso, presentar poder notarial si actúa un representante legal.

Requisitos para la expedición del BIDE: persona moral

Las personas morales deben presentar transferencia electrónica con su CEP, identificación del representante legal y poder notarial vigente. Se requiere comprobante de domicilio de la empresa y del representante, así como constancia de situación fiscal reciente.

Al igual que en personas físicas, se debe llenar el formato correspondiente y toda la información es validada conforme a las políticas de prevención de lavado de dinero.

Requisitos para el pago del Billete de Depósito

El pago del BIDE solo puede realizarse al beneficiario designado por la autoridad o a su representante legal acreditado. No se aceptan documentos con alteraciones ni enmendaduras.

El pago se realiza mediante transferencia electrónica y solo en montos menores a 40 mil pesos se permite efectivo para personas físicas. En ambos casos, se solicita identificación vigente y estado de cuenta reciente.

Para quienes buscan evitar la inmovilización de recursos, existe una opción adicional. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) ofrece el Acuerdo Conclusivo, un mecanismo de diálogo directo con el SAT durante una auditoría.

Este procedimiento permite corregir irregularidades de forma voluntaria, alcanzar acuerdos y evitar litigios largos y costosos, sin necesidad de constituir un Billete de Depósito.

Esta información es con fines informativos. Cada lector es responsable de evaluar su situación financiera antes de tomar una decisión.

Salir de la versión móvil