La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó, por 20 votos a favor, la iniciativa que prohíbe la venta y suministro de bebidas energizantes a menores de 18 años en establecimientos comerciales y mercantiles. La propuesta busca reducir riesgos para la salud derivados del consumo de estos productos.
La reforma adiciona la fracción II Bis al artículo 215, suma el artículo 216 Ter y modifica el artículo 419 de la Ley General de Salud, estableciendo que quienes incumplan la prohibición serán sancionados con multas de hasta 2 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Riesgos para la salud y justificación de la medida
El proyecto define a las bebidas energizantes como aquellas no alcohólicas que contienen combinaciones de cafeína, taurina, glucoronolactona, tiamina u otras sustancias con efectos estimulantes.
El consumo de estas bebidas ha crecido de manera exponencial en jóvenes de 15 a 18 años, contribuyendo al aumento de obesidad infantil, diabetes tipo 2 y trastornos del sueño. La Organización Mundial de la Salud (OMS) también ha advertido sobre los riesgos del exceso de cafeína y azúcares, recomendando limitar su ingesta especialmente en menores de edad.
Diversos estudios, incluidos los de la Agencia Francesa de Seguridad Alimentaria y la Secretaría de Salud, documentan que el consumo frecuente de energizantes puede provocar afecciones cardiovasculares, trastornos neurológicos y psicológicos, como hipertensión, arritmias, ansiedad, insomnio, convulsiones y alucinaciones.
La iniciativa ahora avanzará para su discusión en el pleno, con el objetivo de establecer una regulación más estricta y proteger la salud de los jóvenes mexicanos.
