La conmoción exterior en Venezuela marca un nuevo punto de inflexión en la ya prolongada crisis política y de derechos humanos del país. La declaración, anunciada por la vicepresidenta Delcy Rodríguez y formalizada mediante el Decreto N° 5.200, habilita al régimen chavista a aplicar medidas extraordinarias de seguridad, control social y persecución penal, bajo el argumento de una supuesta “agresión armada” por parte de Estados Unidos.
El texto, firmado por Nicolás Maduro antes de su detención y refrendado por su gabinete, fue publicado en la Gaceta Oficial y tiene fuerza de ley inmediata. Su alcance es amplio y profundo: desde la movilización total de las fuerzas armadas hasta la autorización explícita para la búsqueda y captura de ciudadanos señalados como colaboradores del ataque denunciado.
Qué es el Estado de Conmoción Exterior en Venezuela
La figura de Estado de Conmoción Exterior está prevista en los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución venezolana y desarrollada por la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción. En teoría, se trata de un mecanismo legal para responder a amenazas externas graves que comprometan la soberanía nacional.
En la práctica, esta herramienta ha sido utilizada históricamente para concentrar poder en el Ejecutivo y suspender garantías fundamentales. Con la actual Conmoción Exterior Venezuela, el gobierno justifica la adopción de medidas excepcionales en los ámbitos político, económico, social y militar, alegando un escenario de “hostilidad externa sin precedentes”.
El decreto cita de manera explícita la Carta de las Naciones Unidas y califica la presunta agresión como una violación al Derecho Internacional, aunque sin presentar pruebas verificables ante organismos multilaterales.
Búsqueda y captura: el punto más polémico del decreto
Uno de los apartados más alarmantes del documento es la orden directa a los cuerpos de seguridad para emprender la búsqueda y captura de personas consideradas responsables de promover o apoyar el supuesto ataque.
El texto instruye a policías nacionales, estadales y municipales a actuar de forma coordinada en todo el territorio, con la obligación de remitir a los detenidos al Ministerio Público para su juzgamiento. La redacción amplia y ambigua del decreto abre la puerta a detenciones discrecionales, una práctica ya documentada por organismos internacionales en contextos similares.
A mitad del decreto, la Conmoción Exterior en Venezuela deja claro que la persecución no se limita a actores armados, sino que puede extenderse a civiles, organizaciones o individuos señalados por “apoyo” o “promoción”, términos que no son definidos con precisión jurídica.
Militarización y control de sectores estratégicos
El decreto también ordena la militarización transitoria de infraestructuras críticas y sectores clave de la economía. Servicios públicos, industria petrolera e industrias básicas quedan bajo control militar, y sus trabajadores pasan temporalmente a un régimen especial.
Además, se refuerza el control de fronteras terrestres, aéreas y marítimas, y se autoriza al Ejecutivo a cerrar accesos al país, restringir el ingreso de personas y limitar el libre tránsito dentro del territorio nacional.
Estas medidas consolidan el rol central de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y de la Milicia Nacional dentro del llamado Sistema Defensivo Territorial.
Atribuciones extraordinarias y suspensión de derechos
Entre las atribuciones excepcionales otorgadas al Ejecutivo destacan la requisición de bienes considerados esenciales para la defensa nacional, la imposición de servicios obligatorios a personas naturales y jurídicas, y la suspensión de reuniones y manifestaciones públicas.
Aunque el decreto señala que las medidas deberán ser “proporcionales”, expertos advierten que, en contextos de estados de excepción prolongados, este principio suele quedar subordinado a decisiones políticas.
La Conmoción Exterior Venezuela suspende de facto normas legales incompatibles con el decreto y limita derechos fundamentales, lo que genera preocupación entre defensores de derechos humanos y observadores internacionales.
Duración y control institucional
La vigencia inicial del Estado de Conmoción Exterior es de 90 días, prorrogables una sola vez. El decreto será remitido a la Asamblea Nacional y al Tribunal Supremo de Justicia para su revisión, aunque ambos órganos se encuentran bajo control del oficialismo.
Finalmente, el gobierno exhortó a la población a colaborar activamente con las autoridades en una supuesta “unión cívico-militar-policial”, reforzando una narrativa de movilización total frente a un enemigo externo.
Un escenario de mayor tensión interna
La Conmoción Exterior Venezuela no solo redefine el marco legal del país, sino que profundiza el clima de incertidumbre y temor entre la población. Más allá del discurso de defensa nacional, el decreto consolida un esquema de control que amplía las capacidades del Estado para vigilar, detener y restringir libertades, en un momento crítico para el futuro político y social del país.
Al cierre, el impacto real de esta medida dependerá menos del enemigo externo denunciado y más de cómo el régimen utilice estos poderes extraordinarios dentro de sus propias fronteras.
