SCJN y desalojos vuelven al centro del debate público en la Ciudad de México, luego de que colectivos, organizaciones sociales y personas desalojadas solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación posponer la discusión de un proyecto de sentencia que podría validar una norma acusada de permitir desalojos arbitrarios. La exigencia no busca retrasar la justicia, sino evitar que una resolución apresurada consolide un marco legal que debilita el derecho humano a la vivienda.

El llamado se dirige a frenar la discusión del proyecto que avala la constitucionalidad del artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, una disposición cuya redacción ambigua, señalan los colectivos, ha sido utilizada para justificar desalojos sin garantías mínimas para las personas afectadas.
SCJN: El artículo 60 y su origen polémico
La ley fue expedida originalmente el 8 de febrero de 2019, con una redacción que incluía protecciones claras para quienes enfrentaban un desalojo. Entre ellas, la obligación de los jueces de escuchar en audiencia a las personas afectadas y el deber de las autoridades de garantizar un realojamiento adecuado.
Sin embargo, apenas cuatro meses después, en junio de 2019, el Congreso de la Ciudad de México modificó el texto del artículo 60. De acuerdo con el abogado Arturo Aparício, este cambio respondió a presiones del sector inmobiliario, eliminando salvaguardas clave y dejando un marco legal que hoy permite interpretaciones discrecionales.
Para los colectivos, ese cambio representó un retroceso en derechos humanos, al suprimir obligaciones que protegían a familias en situación de vulnerabilidad frente a desalojos forzosos.
La acción de inconstitucionalidad y el principio de progresividad
Ante esta modificación, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) promovió una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN. El argumento central fue que el Congreso local violó el principio de progresividad y no regresividad, un pilar del derecho internacional de los derechos humanos que prohíbe reducir el nivel de protección ya alcanzado.
Para la CDHCM, eliminar la obligación de audiencias previas y de realojamiento no solo debilitó la ley, sino que normalizó prácticas de despojo que afectan de forma desproporcionada a jóvenes, adultos mayores y familias de bajos ingresos en zonas presionadas por la gentrificación.
El proyecto que enciende las alarmas
Casi siete años después, la ministra María Estela Ríos González presentó un proyecto de sentencia que propone declarar infundada la acción de la CDHCM y validar el artículo 60 en su redacción actual. El proyecto será discutido en sesión del pleno el próximo lunes.
Para los colectivos, esta resolución legitimaría un marco legal incompleto, que deja a las personas desalojadas sin mecanismos efectivos de defensa y abre la puerta a desalojos exprés, sin evaluación del impacto social ni alternativas habitacionales.
Exigen debate público y audiencias abiertas
Desde el campamento de personas desalojadas en República de Cuba 11, organizaciones y activistas pidieron a la Corte retirar temporalmente el asunto y convocar a foros públicos de discusión, similares a los realizados en otros casos relevantes, como los relacionados con los derechos de las personas con discapacidad.
Arturo Aparício fue claro: no se trata de congelar el caso indefinidamente, sino de resolverlo bien. “Urge que se resuelva, pero no como lo está proponiendo la ministra”, advirtió, subrayando que una sentencia sin escucha social puede tener consecuencias irreversibles para miles de personas.
Vivienda, gentrificación y justicia constitucional
El debate sobre el artículo 60 no ocurre en el vacío. La Ciudad de México enfrenta una crisis de vivienda, marcada por el aumento de rentas, la especulación inmobiliaria y procesos acelerados de desplazamiento urbano. En ese contexto, una norma ambigua puede convertirse en una herramienta legal para expulsar a comunidades enteras.
Colectivos como el Frente Antigentrificación, el Frente por la Vivienda Joven, el Observatorio Vecinal Escandón, la Clínica Jurídica María Luis Marín de la Universidad Iberoamericana y Habitat International Coalition–América Latina coinciden en que la SCJN tiene la oportunidad de sentar un precedente histórico en favor del derecho a la vivienda digna.
Lo que está en juego
La discusión en la Suprema Corte no es solo jurídica. Está en juego cómo se entiende y protege el derecho a la vivienda en una de las ciudades más desiguales del país. Validar el artículo 60 sin ajustes podría consolidar una lógica donde el desarrollo urbano pesa más que los derechos humanos.
Para los colectivos, posponer para debatir no es un obstáculo, sino una condición mínima de justicia. Resolver sin escuchar, advierten, sería legitimar un sistema que normaliza el desalojo como política urbana.