SCJN: Afores podrán embargarse para pagar pensión alimenticia

SCJN: Afores podrán embargarse para pagar pensión alimenticia
SCJN: Afores podrán embargarse para pagar pensión alimenticia

En una decisión trascendental, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los fondos de las Afores pueden ser embargados para asegurar el pago de pensiones alimenticias, priorizando el bienestar de los menores de edad sobre la inembargabilidad del ahorro para el retiro.

   Un fallo histórico de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sacudido los cimientos del derecho familiar y de la seguridad social en México. La Corte ha establecido que los recursos depositados en la subcuenta de retiro de un trabajador, conocida como Afore, sí pueden ser embargados para garantizar el pago de la pensión alimenticia de sus hijos, una medida que busca proteger a miles de menores en situación de vulnerabilidad.

   Esta decisión se aplicará de manera excepcional, específicamente cuando el deudor alimentario se encuentre desempleado y no disponga de otros ingresos o bienes para cumplir con su obligación.

   ¿Cómo Funcionará el Embargo? Los Detalles del Fallo

   La resolución de la Corte no es un cheque en blanco. El embargo está estrictamente regulado y topado para no dejar desprotegido al trabajador en su totalidad. La SCJN, al analizar la constitucionalidad del artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, estableció límites claros para la retención de fondos.

La cantidad a embargar será la que resulte menor entre estas dos opciones, asegurando un equilibrio entre el derecho del menor y la situación del progenitor desempleado.

El Interés Superior del Menor: La Clave de la Decisión

El razonamiento jurídico y moral detrás de este fallo es contundente: el «interés superior de la infancia» prevalece sobre las normativas que protegen el ahorro para el retiro. La Corte argumentó que si un trabajador desempleado ya tiene derecho a disponer de una parte de sus ahorros, no existe impedimento para que, de forma excepcional, esos mismos recursos se destinen a garantizar el derecho fundamental a los alimentos de un menor de edad.

«La Corte determinó que el interés superior de la infancia prevalece sobre las reglas que protegen ese ahorro.» – Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Este enfoque representa un cambio de paradigma, posicionando a la SCJN como un protector activo de los derechos de los niños y adolescentes, y enviando un mensaje claro contra la evasión de responsabilidades parentales. La narrativa se centra en la justicia social, protegiendo a los más vulnerables frente a los deudores alimentarios.

Reacciones y Consecuencias: ¿Qué Significa para Millones de Familias?

La decisión tendrá un impacto directo y profundo en millones de familias mexicanas, especialmente en hogares monoparentales donde la falta de pago de la pensión alimenticia es una lucha constante. Este fallo otorga una nueva y poderosa herramienta legal para exigir el cumplimiento de esta obligación.

Se espera que la medida disuada a muchos deudores alimentarios que, amparados en el desempleo, dejaban de proveer para sus hijos. Abogados y activistas por los derechos de la infancia han celebrado la resolución, calificándola como un avance significativo en la procuración de justicia para las familias. Sin embargo, también se plantean desafíos en su implementación, que requerirá una coordinación eficaz entre los juzgados familiares y las administradoras de fondos para el retiro (Afores).

En conclusión, la SCJN no solo ha resuelto un caso particular, sino que ha sentado un precedente que redefine las reglas del juego en materia de pensiones alimenticias. Es un paso firme hacia la garantía de los derechos de la niñez y un recordatorio de que las obligaciones parentales no desaparecen con la pérdida de un empleo.

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