México amaneció este 3 de junio con tres nuevas reformas en vigor que impactarán la organización de las elecciones, la integración del Poder Judicial y los mecanismos para prevenir la participación de personas vinculadas con actividades delictivas en los procesos electorales.
Los decretos fueron publicados la tarde del 2 de junio en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y forman parte de un paquete legislativo aprobado durante el reciente periodo extraordinario del Congreso de la Unión. Dos de ellos modifican la Constitución y uno más reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Las nuevas disposiciones abordan tres temas distintos: la elección de integrantes del Poder Judicial, la creación de un mecanismo de verificación de integridad de candidaturas y la incorporación de una nueva causal de nulidad electoral por intervención extranjera.
Durante la conferencia matutina de este miércoles, la consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, aseguró que se trata de “tres reformas para fortalecer nuestra democracia”, mientras que la presidenta Claudia Sheinbaum sostuvo que forman parte de un proceso de transformación institucional iniciado con la reforma judicial aprobada en 2024.
AJUSTES A ELECCIÓN EN EL PODER JUDICIAL
La reforma más amplia corresponde al Poder Judicial y modifica diversos artículos de la Constitución para ajustar el sistema de elección popular de jueces, magistrados y ministros.
Uno de los cambios más relevantes consiste en que la siguiente etapa de renovación judicial ya no se realizará en 2027, sino en 2028. De esta manera, los cargos que no fueron sometidos a votación durante la elección extraordinaria de 2025 serán elegidos en los comicios federales de ese año.
De acuerdo con Luisa María Alcalde, el objetivo es evitar que coincidan dos procesos electorales de gran magnitud y permitir que la ciudadanía tenga más tiempo para conocer a quienes aspiran a ocupar cargos judiciales.
“Se mueve la fecha, ya no se realizaría en 2027, pasa a realizarse en 2028 para que no se combine con la elección que de por sí será una de las elecciones más grandes de la historia”, explicó.
La reforma también modifica el proceso de selección de candidaturas. Cada uno de los tres poderes de la Unión contará con un Comité de Evaluación integrado por cinco especialistas en materia jurídica. Además, se crea una Comisión Coordinadora encargada de homologar criterios, metodologías y exámenes de conocimientos.
Tras las evaluaciones, cada comité elaborará una lista de las cuatro personas mejor calificadas para cada cargo y posteriormente reducirá ese número mediante insaculación pública hasta dejar únicamente dos candidaturas por puesto. Según Alcalde, esta medida busca simplificar las boletas y facilitar la identificación de las opciones disponibles para los electores.
“Reduciendo el número de opciones es mucho más fácil que la ciudadanía pueda participar y conocer a las personas”, afirmó.
Otro cambio importante establece que las elecciones judiciales y las elecciones ordinarias compartirán ubicación y casillas. Asimismo, el escrutinio y cómputo de los votos se realizará en el mismo lugar donde fueron emitidos, evitando el traslado posterior de las boletas.
La reforma también introduce nuevas reglas para cubrir vacantes, obliga a que los juzgadores que aspiren a otro cargo renuncien previamente a su puesto y fortalece las facultades del Tribunal de Disciplina Judicial para evaluar el desempeño de jueces y magistrados electos durante su primer año de funciones.
La presidenta Claudia Sheinbaum defendió el nuevo esquema al señalar que la intención es que los integrantes del Poder Judicial sean elegidos directamente por la ciudadanía. “La propuesta es que los elige el pueblo, que ya no los elija el Senado y que ya no los elija, en este caso la Presidenta, sino que los elige el pueblo”, expresó.
INTEGRIDAD DE CANDIDATURAS Y REVISIÓN DE PERFILES
El segundo decreto crea una nueva figura dentro del Instituto Nacional Electoral (INE): la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas.
Su función será servir como enlace entre los partidos políticos y diversas instituciones de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y supervisión financiera para identificar posibles riesgos relacionados con aspirantes a cargos de elección popular.
La comisión estará integrada por tres consejeros electorales y deberá entrar en funcionamiento antes del inicio del proceso electoral de 2027.
El mecanismo será voluntario. Los partidos políticos podrán enviar, de manera total o parcial, los nombres de las personas que pretendan postular. Esa información será remitida a autoridades competentes para que realicen un análisis de riesgo. Entre las instituciones que participarán se encuentran la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad de Inteligencia Financiera y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Si alguna de estas instancias detecta elementos que permitan presumir una posible relación con actividades delictivas, notificará la existencia de un “riesgo razonable”, aunque sin revelar investigaciones, expedientes o carpetas específicas.
Posteriormente, la Comisión de Verificación de Integridad comunicará esa información al partido político correspondiente para que determine si mantiene o no la postulación.
Al presentar la reforma, Luisa María Alcalde subrayó que el INE no tendrá facultades para investigar ni para rechazar candidaturas. “El INE no investiga, no emite un juicio sobre la integridad de las candidaturas ni resuelve sobre su registro”, afirmó. La funcionaria explicó que el instituto únicamente fungirá como un canal institucional para intercambiar información entre las autoridades que poseen datos de inteligencia y los partidos políticos.
El gobierno federal también rechazó las críticas que señalan que el mecanismo podría utilizarse para perseguir adversarios políticos. “Es un mecanismo voluntario y confidencial, para que los partidos políticos tengan información relevante antes de postular y sean ellos quienes asuman con responsabilidad la decisión de hacerlo o no”, sostuvo Alcalde.
Aunque la reforma no contempla sanciones para los partidos que decidan registrar a una persona señalada como de riesgo, sí permite que las autoridades continúen o inicien investigaciones en caso de encontrar información relevante durante el proceso de revisión.
ELECCIONES ANULADAS POR INTERVENCIÓN EXTRANJERA
La tercera reforma modifica la Constitución para incorporar una nueva causal de nulidad de elecciones federales y locales. A partir de ahora, los procesos electorales podrán ser anulados cuando se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados de una elección.
La disposición es breve, pero introduce una consecuencia jurídica que hasta ahora no estaba expresamente prevista en la Constitución.
Según explicó Luisa María Alcalde, el texto constitucional ya contenía en el artículo 40 una prohibición respecto a la intervención extranjera en asuntos nacionales, particularmente en materia electoral. Lo novedoso es que ahora esa conducta puede derivar directamente en la nulidad de los comicios.
“¿Qué es lo novedoso? La consecuencia. Esa intervención puede derivar en una nulidad de la elección”, indicó.
La reforma no define qué debe entenderse exactamente por intervención extranjera ni establece criterios de prueba específicos. Tampoco precisa qué tipo de conductas serían suficientes para considerar afectado un resultado electoral.
Esos aspectos deberán desarrollarse mediante legislación secundaria y criterios jurisdiccionales.
“Ahora tocará la discusión sobre las leyes secundarias que permitan una discusión donde se desarrollen los criterios, los estándares de prueba y las reglas de aplicación”, señaló la consejera jurídica.
La decisión de anular una elección corresponderá a las autoridades electorales y a los tribunales especializados, particularmente al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
¿Se aplicará en 2027?
Durante la conferencia, surgió la pregunta sobre si esta nueva causal podría aplicarse a las elecciones de 2027. Luisa María Alcalde respondió que, al estar ya incorporada en la Constitución, podría existir una interpretación en ese sentido, aunque reconoció que aún faltan las normas reglamentarias.
“No tenemos todavía las normas secundarias, hay que esperar a las normas secundarias, pero dado que está en nuestra norma constitucional, podría haber una interpretación de que estableciéndose en la Carta Magna puede ser considerado”, dijo.
La presidenta Claudia Sheinbaum defendió la reforma y rechazó las críticas que advierten posibles usos discrecionales de la figura. “Si es evidente que hay intromisión del exterior debe ser causa de nulidad”, afirmó.
